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RESOLUCIÓN de 17 de noviembre de 2015, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se modifica el concierto educativo del centro "Internacional Ánfora", de Cuarte de Huerva

Publicado el 30/12/2015 (Nº 250)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Con fecha 18 de junio de 2015 se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", la Orden de 12 de junio de 2015, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se resuelven los expedientes de acceso y modificación de los conciertos educativos para el curso académico 2015/2016. A la vista de la misma, el concierto del centro Internacional Ánfora, de Cuarte de Huerva, quedaba configurado de la forma siguiente:

Educación Infantil: 4 unidades

Educación Primaria: 6 unidades

Educación Secundaria:

- Primer ciclo: 2 unidades

Total: 12 unidades

Concluido el proceso de escolarización y a la vista de los datos del Programa de Gestión Integral en Red (GIR), se considera justificada la modificación del concierto.

Con fecha 4 de noviembre de 2015 se procedió a la notificación de la Resolución provisional, de 26 de octubre de 2015, en la que se concedió al interesado un plazo de 10 días para practicar alegaciones o presentar la documentación que estimara pertinente.

Con fecha 12 de noviembre de 2015, el centro presentó escrito de alegaciones. Los fundamentos expuestos en el mismo hacen referencia a consideraciones que ya se han tenido en cuenta para la elaboración del Infome de la Inspección educativa que consta en el procedimiento.

En cuanto a lo señalado en el párrafo cuarto de la alegación tercera sobre la situación del profesorado en los meses de septiembre a noviembre, será abordado en el procedimiento correspondiente.

Revisada la documentación presentada y en virtud del Decreto 108/2015, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, con relación explícita al artículo 9 del Decreto 336/2011, de 6 de octubre, por el que se aprobó la estructura orgánica del anterior Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, y de conformidad con la base Décima de la Orden de 30 de diciembre de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se convoca el procedimiento para el acceso y modificación de los conciertos educativos curso académico 2015/2016, esta Dirección General resuelve

Primero.- Aprobar la modificación del concierto educativo para el curso 2015/2016 para el centro Internacional Ánfora, código 50019378, sito en C/ Pirineos, s/n., 50410 de Cuarte de Huerva (Zaragoza), quedando establecido el concierto educativo para las unidades y enseñanzas que se indican a continuación:

Educación Infantil: 2 unidades (1 unidad en primer curso de Infantil y 1 unidad mixta de 2.º y 3.º de Infantil).

Educación Primaria: 5 unidades (1 unidad mixta en 3.º y 4.º curso de Primaria)

Educación Secundaria:

- Primer ciclo: 2 unidades

Total: 9 unidades

Segundo.- El concierto educativo que se modifica por esta resolución tendrá efectos desde el inicio de curso 2015/2016, generando desde esa misma fecha los derechos u obligaciones derivados de la aplicación de esta norma.

Tercero.- Esta Dirección General dará traslado de la presente resolución al Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, para su conocimiento y a los efectos oportunos.

El Servicio Provincial citará al representante de la entidad Ánfora Sociedad Cooperativa Aragonesa para la firma de la modificación del concierto, en aplicación del contenido de esta resolución.

Cuarto.- Una vez suscrito el concierto, la Dirección General de Planificación y Formación Profesional remitirá mediante notificación la resolución por la que se determina el número de horas por nivel educativo que se reconocen a los centros privados concertados en virtud de la cláusula Decimotercera del Acuerdo de 14 de septiembre de 2005 de la Mesa Sectorial de enseñanza concertada.

Quinto.- Con objeto iniciar los trámites para atender la solicitud presentada por el centro con fecha 9 de octubre en la que manifiesta su interés de acceder a la modalidad de pago directo para los socios cooperativistas, una vez recibida la resolución mencionada en el apartado anterior, el centro procederá a presentar en el Servicio Provincial de Zaragoza el listado del personal cooperativista y no cooperativista detallando el número de horas que imparten en cada nivel educativo, con sujeción estricta al total de horas recogido en la misma, así como cualquier otra documentación que se requiera por ese Servicio para la comprobación del cumplimiento de los requisitos del personal docente en centros concertados.

Asimismo y en el caso de que hubiera profesorado no cooperativista perteneciente al Régimen General de la Seguridad Social, deberán aportar copia de la resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social en la que se asigna el Código de Cuenta de Cotización a la empresa.

Sexto.- En cuanto a la liquidación de los gastos de funcionamiento asociados a las unidades concertadas, deberá presentar la FICHA DE TERCEROS que se adjunta, debidamente cumplimentada y con la mayor brevedad posible en las oficinas del Departamento de Hacienda y Administración Pública.

Séptimo.- Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción establecida por la Ley 4/1999, de 13 de enero y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 17 de noviembre de 2015.

El Director General de Planificación y Formación Profesional,

RICARDO ALMALÉ BANDRÉS