Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN HAP/81/2019, de 13 febrero, por la que se da publicidad al Acuerdo de 12 de febrero de 2019, del Gobierno de Aragón, por el que se encomienda a la Dirección General de Contratación, Patrimonio y Organización (Servicio de Patrimonio), la gestión unificada para la tramitación del pago de tributos por parte del deudor -Diputación General de Aragón- (NIF S5011001D) y se acuerda la retención de cantidades a cuenta asignadas a diversos Departamentos.

Publicado el 18/02/2019 (Nº 33)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

Aprobado por el Gobierno de Aragón el día 12 de febrero de 2019, un Acuerdo por el que se encomienda a la Dirección General de Contratación, Patrimonio y Organización (Servicio de Patrimonio) la gestión unificada para la tramitación del pago de tributos por parte del deudor -Diputación General de Aragón- (NIF S5011001D) y se acuerda la retención de cantidades a cuenta asignadas a diversos Departamentos, se procede a su publicación como anexo a la presente Orden.

Zaragoza,13 de febrero de 2019.

El Consejero de Hacienda y Administración Pública, FERNANDO GIMENO MARÍN

ACUERDO DE 12 DE FEBRERO DE 2019 DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE ENCOMIENDA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIÓN, PATRIMONIO Y ORGANIZACIÓN (SERVICIO DE PATRIMONIO), LA GESTIÓN UNIFICADA PARA LA TRAMITACIÓN DEL PAGO DE TRIBUTOS POR PARTE DEL DEUDOR -DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN- (NIF S5011001D) Y SE ACUERDA LA RETENCIÓN DE CANTIDADES A CUENTA ASIGNADAS A DIVERSOS DEPARTAMENTOS

En virtud del artículo 2 de la Orden HAP/2068/2018, de 21 de diciembre, por la que se determinan las condiciones a las que ha de ajustarse la prórroga del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón de 2018, hasta la aprobación de la Ley de Presupuestos para 2019, durante el periodo de prórroga serán de aplicación las disposiciones contenidas en la Ley 2/2018, de 28 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2018, salvo aquellas cuyo contenido estuviera restringido o limitado por el periodo de ejecución del presupuesto del año 2018.

En el artículo 7.2 de la Ley 2/2018, de 28 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2018, se prevé que el Consejero de Hacienda y Administración Pública podrá acordar las oportunas retenciones de créditos presupuestarios, así como las transferencias que resulten necesarias a favor de los servicios que tengan a su cargo o a los que se les encomiende, mediante acuerdo del Gobierno de Aragón, la gestión unificada de obras, servicios, suministros o adquisiciones, el pago de tributos o la realización de actuaciones de carácter institucional.

La implantación de la administración electrónica ha impactado en la forma de gestión de los tributos locales de los que la Diputación General de Aragón es deudora. Actualmente su gestión no se realiza eficazmente ya que la dispersión territorial y la descentralización presupuestaria y económica en múltiples centros gestores del pago de tributos, que viene operando en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, ha supuesto que en muchos casos no se reciban y tramiten en periodo voluntario de pago todas las comunicaciones y notificaciones tributarias. Todo ello ha conllevado un aumento de los expedientes en vía ejecutiva en los que se aplican recargos de apremio, intereses de demora o costas.

Con el fin de adaptarse a esta nueva realidad que supone la implantación de la administración electrónica, se plantea la necesidad de un cambio en la forma de gestión, articulando un procedimiento que sea más eficaz y eficiente. Para su consecución se requiere operar a través de un único punto de entrada centralizado, que se encomienda al Servicio de Patrimonio de la Dirección General de Contratación, Patrimonio y Organización, con competencias en la administración y gestión del patrimonio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29 del Decreto 311/2015, de 1 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda y Administración Pública. Y, de otra parte, también se determina un único punto de salida en el Servicio de Gestión Económica y Contratación de la Secretaría General Técnica del Departamento de Hacienda y Administración Pública, para la tramitación del expediente económico del reconocimiento de la obligación, con el fin de realizar el pago en el plazo legalmente establecido, y lograr un correcto control y seguimiento de este gasto.

Al tratarse de un cambio de modelo de gestión, conviene dimensionar progresivamente las cargas de trabajo que se producirán, por lo que en este momento inicial la presente gestión unificada se limita a la persona jurídica con NIF S5011001D, sin perjuicio de que más adelante se amplíe a otros entes del sector público de la Comunidad Autónoma de Aragón, que, hoy por hoy, deberán continuar efectuando el pago de tributos de la manera que lo venían haciendo.

Como en el actual presupuesto prorrogado los créditos presupuestarios para el pago de tributos están situados en cada una de las Secciones, procede determinar las cantidades a retener en los presupuestos de cada una de ellas para el ejercicio 2019. Para ello, se ha tomado como referencia el importe de las obligaciones reconocidas en el ejercicio 2018 en el concepto económico 225 destinado al gasto por tributos por cada una de las Secciones afectadas.

Asimismo, se contextualiza el ámbito temporal de aplicación de este nuevo sistema de gestión a partir del 1 de enero de 2019 para todos los expedientes pendientes de tramitación, que se refieran al ejercicio 2019 y sucesivos.

En virtud de cuanto antecede, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 12 de febrero de 2019,

ACUERDA

Primero.- Encomendar al Servicio de Patrimonio de la Dirección General de Contratación, Patrimonio y Organización la gestión unificada de la tramitación del pago de tributos por parte del deudor Diputación General de Aragón (NIF S5011001D). La gestión económica de los expedientes de gasto que se deriven, se llevará a cabo en el Servicio de Gestión Económica y Contratación de la Secretaría General Técnica del Departamento de Hacienda y Administración Pública. La encomienda no se extiende a la tramitación del pago de tributos de aquellos expedientes que estén vinculados a servicios o suministros.

Segundo.- Autorizar al Consejero de Hacienda y Administración Pública para que, al amparo del artículo 7.2 de la Ley 2/2018, de 28 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2018, prorrogado por Orden HAP/2068/2018, de 21 de diciembre, retenga del presupuesto del ejercicio de 2019, de las Secciones que se relacionan, crédito del capítulo 2 "Gastos en Bienes Corrientes y Servicios" con destino a la aplicación presupuestaria 12030 G/6313/225000/91002 del Departamento de Hacienda y Administración Pública, las cantidades que se especifican en concepto de gastos de tributos, según el siguiente detalle:

Tercero.- Todos los tributos que vayan dirigidos al deudor Diputación General de Aragón, con NIF S5011001D, se remitirán al Servicio de Patrimonio del Departamento de Hacienda y Administración Pública, con dirección postal en Plaza de Los Sitios, número 7, 50001 de Zaragoza; y código DIR3 A02003456.

Cuarto.- El presente Acuerdo será objeto de publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", para su general conocimiento.