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RESOLUCIÓN de 22 de enero de 2016, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se modifica la autorización del Centro Privado de Educación Especial "San Jorge", de Huesca.

Publicado el 16/02/2016 (Nº 31)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Examinado el expediente administrativo instruido a instancia del representante de la entidad titular del Centro Privado de Educación Especial "San Jorge", código 22010001, con domicilio en la Ctra. Grañén, s/n de Huesca, solicitando modificación de la autorización para la reubicación de dos unidades de EBO y ampliación de 1 unidad.

Vistos los informes emitidos por la Unidad Técnica de Construcción del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Huesca, sobre el cumplimiento de la normativa vigente, en cuanto a espacios mínimos se refiere, así como la adecuación de las instalaciones a los planos aprobados.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 11 del Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, el Director General de Planificación y Formación Profesional, resuelve:

Primero.- Modificar la autorización del centro docente privado que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro Privado de Educación Especial

Denominación específica: "San Jorge"

Código: 22010001

Titular: Asociación de Personas con Parálisis Cerebral de Huesca (ASPACE Huesca)

Domicilio: Ctra. de Grañén, s/n

Localidad: Huesca

Municipio: Huesca

Provincia: Huesca

Las enseñanzas objeto de autorización son las siguientes:

- Reubicación de 2 unidades de Educación Básica Obligatoria para Alumnos con Necesidades Educativas Especiales, 12 pp.ee.

- Ampliación de 1 unidad de Educación Básica Obligatoria para Alumnos con Necesidades Educativas Especiales, 6 pp.ee.

La configuración jurídica del centro, después de la modificación de la autorización será la siguiente:

- Educación Infantil para Alumnos con Necesidades Educativas Especiales (A.N.E.E.), 1 unidad / 6 pp.ee.

- Educación Básica Obligatoria para Alumnos con Necesidades Educativas Especiales, 6 unidades / 36 pp.ee.

- Formación para la Transición a la Vida Adulta, 2 unidades /20 pp.ee

Segundo.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.

Tercero.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente resolución.

Cuarto.- Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción establecida por la Ley 4/1999, de 13 de enero y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 22 de enero de 2016.

El Director General de Planificación

y Formación Profesional,

RICARDO ALMALÉ BANDRÉS