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RESOLUCIÓN de 10 de noviembre de 2015, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se modifica el concierto educativo del centro "La Salle-San José", de Teruel.

Publicado el 30/12/2015 (Nº 250)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Con fecha 18 de junio de 2015 se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", la Orden de 12 de junio de 2015, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se resuelven los expedientes de acceso y modificación de los conciertos educativos para el curso académico 2015/2016. A la vista de la misma, el concierto del centro La Salle-San José, de Teruel, quedaba configurado de la forma siguiente:

Educación Infantil: 6unidades

Educación Primaria: 12 unidades

Educación Secundaria:

- Primer ciclo: 4 unidades

- Segundo ciclo: 4 unidades

Formación Profesional Básica: 1 unidad

Total: 27 unidades

Concluido el proceso de escolarización y a la vista de los datos del Programa de Gestión Integral en Red (GIR), se considera justificada la modificación del concierto por un aula vacía, en Formación Profesional Básica.

Con fecha 4 de noviembre de 2015 se procedió a la notificación de la Resolución provisional, de 26 de octubre de 2015, en la que se concedió al interesado un plazo de 10 días para practicar alegaciones o presentar la documentación que estimara pertinente.

Transcurrido dicho plazo y en virtud del Decreto 108/2015, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, con relación explícita al artículo 9 del Decreto 336/2011, de 6 de octubre, por el que se aprobó la estructura orgánica del anterior Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, esta Dirección General resuelve

Primero.- Aprobar la modificación del concierto educativo para el curso 2015/2016 para el centro La Salle-San José, de Teruel, código 44003041, sito en Avda. Sagunto, s/n., 44002 de Teruel, quedando establecido el concierto educativo para las unidades y enseñanzas que se indican a continuación:

Educación Infantil: 6 unidades

Educación Primaria: 12 unidades

Educación Secundaria:

- Primer ciclo: 4 unidades

- Segundo ciclo: 4 unidades

Total: 26 unidades

Segundo.- El concierto educativo que se modifica por esta resolución tendrá efectos desde el inicio de curso 2015/2016, generando desde esa misma fecha los derechos u obligaciones derivados de la aplicación de esta norma.

Tercero.- Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción establecida por la Ley 4/1999, de 13 de enero y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 19 de noviembre de 2015.

El Director General de Planificación y Formación Profesional,

RICARDO ALMALÉ BANDRÉS