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ORDEN CDS/1505/2021, de 4 de noviembre, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones con cargo al plan de recuperación, transformación y resiliencia, para la financiación de actuaciones de creación, modernización y reforma de plazas de centros residenciales y de día destinados a personas mayores. Línea primera, modalidad 1: Entidades locales.

Publicado el 17/11/2021 (Nº 235)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES

Texto completo:

Mediante la Orden CDS/832/2021, de 9 de julio, se hace pública la convocatoria de subvenciones financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para la financiación de actuaciones de creación, modernización y reforma de plazas de centros residenciales de menores, así como de centros residenciales y de día destinados a personas mayores. ("Boletín Oficial de Aragón", número 150, de 16 de julio).

La instrucción de los expedientes se ha realizado por el personal del Servicio de Planificación y Ordenación de Servicios Sociales y Ayudas Públicas de la Secretaría General Técnica del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, procediéndose a la inadmisión de las solicitudes que no cumplían los requisitos de acceso a la convocatoria, y requiriendo la subsanación de las solicitudes incompletas.

Asimismo, se ha procedido a la comprobación de la situación de las entidades solicitantes con respecto al cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Hacienda de la Comunidad Autónoma y con la Tesorería de la Seguridad Social, requiriendo certificación actualizada en el caso de resultar negativa.

Tal y como determina la base duodécima, apartado cuarto de la convocatoria corresponde a la Comisión de Valoración, tras el examen y evaluación de las solicitudes, y a la vista de la disponibilidad presupuestaria, emitir informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada.

Por Orden de la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales de 2 de septiembre de 2021, se designó la comisión de valoración, la cual, en la sesión celebrada el día 29 de septiembre de 2021, acordó las valoraciones de las solicitudes presentadas.

Emitido el informe a que se refiere el apartado séptimo de la base duodécima de la convocatoria, con fecha 1 de octubre de 2021, y contando con la valoración individual obtenida por cada entidad y programa, la competencia para la propuesta de resolución de la presente convocatoria corresponde a la Jefa de Servicio de Planificación y Evaluación de Servicios Sociales y Ayudas Públicas de la Secretaría General Técnica de Ciudadanía y Derechos Sociales.

La propuesta elevada por el órgano instructor es coincidente con la valoración efectuada por la Comisión de Valoración, la cual determina los proyectos de las entidades que cumplen los requisitos establecidos en la convocatoria, así como la valoración, el orden y la cuantía de las mismas.

De acuerdo con lo anterior, con fecha 4 de octubre de 2021, se emitió propuesta de resolución provisional, con indicación del importe correspondiente a la anualidad de 2021 y 2022, así como del importe susceptible de ser objeto de pago anticipado en 2021.

Aceptadas las subvenciones por las entidades beneficiarias, y solicitados los anticipos, en la que se incluía declaración responsable por la que se cumplían con los requisitos para la concesión de dicho anticipo, con fecha 22 de octubre de 2021, se emitió propuesta de resolución definitiva.

Se ha comprobado la existencia de crédito suficiente para hacer efectivas las subvenciones que sean concedidas, con cargo a la aplicación presupuestaria 11010 G/3111/760082/32435, por importe de 5.506.000 euros para el ejercicio 2021 y de 800.000 euros en el ejercicio 2022 del presupuesto de gastos del departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, en cumplimiento de la normativa aplicable y en el uso de las atribuciones que confiere el ordenamiento jurídico, resuelvo:

Primero.- Conceder a las entidades locales que figuran en el anexo I de esta Orden, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la base decimotercera de la Orden CDS/832/2021, de 9 de julio, un importe total de seis millones trescientos seis mil euros (6.306.000 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 11010 G/3111/760082/32435 en los ejercicios 2021 y 2022, correspondiente a la línea primera, modalidad 1, entidades locales.

Segundo.- Denegar las solicitudes presentadas por las entidades relacionadas en el mismo anexo I de la presente Orden, por concurrir en las mismas las causas que se detallan.

Tercero.- Aprobar el pago anticipado a los beneficiarios de la convocatoria de subvenciones por un importe de cinco millones quinientos seis mil euros (5.506.000 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 11010 G/3111/760082/32435 del ejercicio correspondiente a 2021.

Cuarto.- Los beneficiarios están obligados a cumplir la finalidad de la subvención concedida, ejecutar el importe adjudicado y la aportación de la entidad comprometida, justificando el importe del proyecto financiado en los términos previstos en la Orden de convocatoria, así como el resto de las obligaciones impuestas por la convocatoria y demás normativa de aplicación.

Quinto.- Las normas de justificación y los modelos a cumplimentar, se encuentran en la sede electrónica del Gobierno de Aragón, en el apartado: "anuncios durante la tramitación" (Proyectos de inversión en centros de atención a personas mayores y centros de menores. Gobierno de Aragón (aragon.es).

Sexto.- Publicar la presente Orden en el "Boletín Oficial de Aragón" con efectos de notificación a los interesados, de acuerdo con lo establecido en el apartado cuarto de la base decimosexta de la Orden CDS/832/2021, de 9 de julio.

Séptimo.- Advertir que contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón en el plazo de un mes contado desde la fecha de la notificación, de conformidad en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.1.a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Zaragoza, 4 de noviembre de 2021.

La Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales,

M.ª VICTORIA BROTO COSCULLUELA