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DECRETO 187/2013, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente a efectuar una Encomienda de Gestión al Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón para la ejecución de unos proyectos de investigación, transferencia e innovación en materia de sanidad vegetal y de diagnóstico laboratorial de enfermedades de los animales.

Publicado el 13/12/2013 (Nº 244)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

El Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente tiene asignadas las competencias relativas a la prevención y lucha contra las plagas y a la racionalización del uso de medios de defensa fitosanitaria, así como el diagnóstico, control y erradicación de las enfermedades de los animales.

Por una parte, en el ámbito de la prevención y lucha se encuentran las prospecciones y diagnóstico de parásitos de cuarentena. La importancia económica de las enfermedades se ve además agravada en aquellas bacterias consideradas como organismos nocivos de cuarentena en la Unión Europea, ya que su presencia en una zona puede suponer importantes restricciones legales para la producción de especies vegetales huéspedes destinadas a la plantación o incluso dificultades para la comercialización de las producciones.

Las bacterias fitopatógenas constituyen una de las principales amenazas para los cultivos, debido a su gran capacidad de multiplicación, fácil dispersión y a la ausencia de tratamientos químicos eficaces y autorizados para su control.

Las medidas preventivas son, sin duda, las más efectivas para evitar su introducción o, en su caso, minimizar su dispersión y los daños producidos. La primera línea de defensa contra una enfermedad emergente debe basarse en la detección precoz, seguida de la correcta identificación del agente causal. El conocimiento de los aspectos epidemiológicos (ciclo vital del patógeno, condiciones ambientales, sensibilidad varietal, etc.) permiten ajustar de manera más precisa y efectiva la toma de decisiones sobre la idoneidad de los tratamientos o actuaciones a realizar así como escoger el momento más adecuado para su aplicación. Los métodos de diagnóstico y detección constituyen una herramienta fundamental que permite ampliar el conocimiento de la biología y ecología de los agentes patógenos. Por todo ello para luchar contra este tipo de plagas resulta fundamental contar con el apoyo científico en el área de bacteriología del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria.

En el segundo grupo se encuentra la promoción de programas de investigación para la búsqueda de alternativas técnicas y económicamente viables a los productos fitosanitarios que posibiliten el control de las plagas establecidas. En este sentido la publicación del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, va a suponer un importante cambio en la utilización de productos fitosanitarios para los productores, que estarán obligados a cumplir con los principios de la gestión integrada de plagas así como adoptar de forma prioritaria planteamientos o técnicas alternativos al uso de fitosanitarios.

El Plan de Acción Nacional para el uso sostenible de los productos fitosanitarios, aprobado por la Orden AAA/2809/2012, de 13 de diciembre, ha sido elaborado para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre y señala entre sus objetivos el fomento de la investigación, innovación y la transferencia tecnológica en la gestión integrada de plagas así como el fomento de nuevas técnicas que minimicen el riesgo de la utilización de productos fitosanitarios. Por ello es necesario impulsar y disponer de un apoyo científico igualmente en las áreas de entomología y malherbología.

Estas actividades se deben desarrollar desde el Centro de Sanidad y Certificación Vegetal, dependientes del Servicio de Recursos Agrícolas de la Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario.

Por otra parte, los vigentes Programas Nacionales de erradicación de la brucelosis bovina y de la brucelosis ovina y caprina, indican que en zonas libres de enfermedad o de bajas prevalencias, los animales que presentan una reacción positiva en las pruebas oficiales de diagnóstico no pueden considerarse como afectados por la brucelosis hasta que finalicen las investigaciones para el esclarecimiento de la sospecha ya que pueden estar afectados por el problema de las denominadas respuestas serológicas positivas falsas y, en consecuencia, deben ser sometidos a una investigación epidemiológica, serológica y bacteriológica adicional para descartar la presencia de brucelosis y clarificar las características epidemiológicas de dichas respuestas. El estudio de este problema requiere de herramientas de investigación y técnicas analíticas específicas, que no se encuentran disponibles en la rutina diagnóstica del Laboratorio Agroambiental del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, que es el centro encargado de la ejecución del diagnóstico oficial de la enfermedad.

Por ello, estas actividades se deben desarrollar a través de la Unidad de Sanidad Animal del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón.

Por otro lado, el Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón (en adelante CITA) creado por la Ley 29/2002, de 17 de diciembre, y modificada por la Ley 6/2006, de 22 de junio, está configurado como entidad de derecho público que ajusta su actividad al derecho privado, y está adscrito al Departamento de Industria e Innovación mediante el Decreto 27/2012, de 24 de enero, que aprueba la estructura orgánica. El CITA tiene, entre otros, los fines de impulsar la investigación científica en materia agroalimentaria e impulsar la transferencia, la innovación y la formación en el sector agroalimentario aragonés.

De acuerdo con el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la realización de actividades de carácter técnico, de la competencia de los órganos administrativos, podrá ser encomendada a entidades de la misma administración, cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño; teniendo en cuenta que la encomienda no supone cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Según el artículo 38 del Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto-Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, la encomienda de gestión a un organismo público dependiente de otro Departamento de la administración autonómica precisará de la previa autorización del Gobierno de Aragón, y el decreto mediante el que se autorice, contendrá su régimen jurídico, con mención expresa de la actividad o actividades a las que afecte, plazo de vigencia, naturaleza y alcance de la gestión encomendada y obligaciones asumidas.

Por cuanto antecede, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 3 de diciembre de 2013,

DISPONGO:

Primero.- Autorizar la Encomienda por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente a favor del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria- CITA las actividades que se detallan en el anexo, por carecer de los medios técnicos idóneos para su desempeño, previa aceptación de la encomienda por el Centro encomendado.

Segundo.- Las actividades técnicas que se encomiendan tienen por objeto avanzar en la aplicación de nuevas técnicas en sanidad vegetal y animal en las áreas de bacteriología, entomología y malherbología, en el ámbito vegetal, y en las áreas de control, erradicación y diagnóstico de las enfermedades de los animales, en el ámbito animal, para posterior uso por la Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario, como Órgano competente del Gobierno de Aragón en materia de sanidad vegetal y animal.

Tercero.- Será responsabilidad del CITA, en el desempeño de estas actividades:

- Aportar los medios materiales y humanos para la realización de la encomienda: Director de la investigación y técnicos de apoyo e infraestructuras de laboratorio y campo.

- Informar a la Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario sobre el desarrollo de las actividades encomendadas.

- Seguir las directrices de la Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario en lo relativo a objetivos y aspectos técnicos.

Cuarto.- El seguimiento de las actividades encomendadas correrá a cargo del Servicio de Recursos Agrícolas de la Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario. La encomienda no implica la cesión de la titularidad de las competencias anteriormente expresadas ni de los elementos sustantivos de su ejercicio por parte del Departamento de Agricultura Ganadería y Medio Ambiente, siendo responsabilidad de este último dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte a las actividades objeto de encomienda.

Quinto.- Correrán a cargo de las partidas presupuestarias 14030/G/7161/227009/91002 PEP 2006/000548 y 14030/G/7161/227009/91002 PEP 2006/000526 los gastos originados por las actividades objeto de esta encomienda, que se abonarán por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente al Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria, previa aceptación de la encomienda por el CITA, con la siguiente distribución de anualidades en euros:

Los pagos se efectuarán mediante ingreso en la cuenta indicada por el CITA, previa certificación de la Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario de la conformidad con el trabajo realizado y previa emisión de la correspondiente memoria, en la que figurarán los costes de los medios humanos y materiales asignados al proyecto.

A la presentación de la memoria precitada por parte del CITA, el Servicio de Recursos Agrícolas en el área relativa a la Sanidad Vegetal y el Servicio de Recursos Ganaderos en lo relativo al área de Sanidad Animal emitirán los correspondientes certificados en los que se exprese la conformidad con las actividades realizadas y su coste en cada ejercicio.

El calendario de pagos será el siguiente:

Año 2014

Cantidad: 230.577 €

Año 2015

Cantidad: 235.188 €

Año 2016

Cantidad: 239.891 €

Año 2017

Cantidad: 244.688 €.

El plazo de presentación de todos los documentos para la justificación de los gastos imputables terminará el día 1 de diciembre de cada año en curso.

No obstante, en caso necesario, la justificación del pago de las nóminas, seguros sociales del personal técnico contratado por el CITA y de otros gastos materiales del mes de noviembre y diciembre se efectuará mediante certificado del Director o Secretario del CITA, en el que conste el pago pendiente de abono por dichos conceptos así como el compromiso de su pago y de la aportación de los justificantes correspondientes antes del 15 de febrero del año siguiente.

El plazo previsto en el punto anterior podrá ser objeto de prórroga previa solicitud motivada presentada por CITA, dirigida al Director General de Alimentación y Fomento Agroalimentario, debiendo ser solicitada la prórroga y autorizada la misma antes de la terminación del plazo de justificación.

Sexto.- La vigencia de la encomienda de gestión se extenderá desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2017.

No obstante, ambas partes podrán anular parcial o totalmente estos compromisos mediante la motivación correspondiente y con un preaviso de tres meses antes de la finalización de cada año.

Séptimo.- El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 3 de diciembre de 2013.

La Presidenta del Gobierno de Aragón,

LUISA FERNANDA RUDI ÚBEDA

El Consejero de Agricultura Ganadería y Medio Ambiente,

MODESTO LOBÓN SOBRINO

ANEXO

ACTIVIDADES OBJETO DE LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN DEL DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE AL CITA (2014-2017)

I - SANIDAD VEGETAL

Área de bacteriología

1. Fuego bacteriano de las rosáceas (Erwinia amylovora)

-Optimización e técnicas de muestreo y análisis para la detección de E. amylovora en plantas asintomáticas de vivero.

-Aplicación del modelo MARYBLYT de predicción de riesgo de infección con objeto de programar las actuaciones en zonas donde la enfermedad está presente.

2. Mancha bacteriana de los frutales de hueso y del almendro (X. arboricola pv. pruni)

-Apoyo al CSCV en muestreos y análisis para X. arboricola pv. pruni (Xap).

-Estudio de técnicas de inoculación in planta que permitan evaluar las diferencias de sensibilidad varietal a Xap.

-Estudio de la capacidad de supervivencia de Xap y de su transmisión por semilla en almendro.

-Evaluación de la incidencia impacto económico de la enfermedad en frutos de almendro de distintas variedades en plantaciones comerciales en Aragón.

3. Puesta a punto de métodos de diagnóstico moleculares para diversas bacterias fitopatógenas, tanto aquellas consideradas de cuarentena en la UE como patógenos de calidad.

4. Puesta a punto de métodos de diagnóstico moleculares para otros patógenos: fitoplasmas, virus y viroides.

5. Revisiones bibliográficas actualizadas

-Mantenimiento de una base de datos que permitirá la puesta a punto e incorporación al CSCV de las técnicas más novedosas de diagnóstico y detección, aplicables a los análisis rutinarios de muestras y con especial incidencia en bacterias de cuarentena.

-Realización de revisiones bibliográficas periódicas para conocer aspectos epidemiológicos de las enfermedades bacterianas de nueva introducción en Aragón.

6. Conservación y ampliación de la colección de bacterias fitopatógenas que permitan al CSCV disponer de cepas de referencia bien caracterizadas, necesarias para su utilización como controles en los análisis rutinarios de diagnóstico y detección.

Área de entomología

1. Eficacia y viabilidad de distintas estrategias de control biológico de cara a su integración en la gestión integrada de plagas en frutales:

- Estudio de la efectividad de granulovirus (CpGV) para el control de Cydia pomonella (carpocapsa)

- Control de Cacopsylla pyri mediante Anthocoris nemoralis

- Control de Panonychus ulmi mediante técnicas de inoculación y conservación de ácaros fitoseidos

- Eficacia de Beauveria bassiana para el control de Cacopsylla pyri

2. Estudios comparativos de eficacia de tratamientos invernales sin incorporación de fitosanitarios para el control de Cacopsylla pyri.

3. Estudios de biodiversidad en plantaciones de frutales.

4. Puesta en marcha y evaluación de estrategias de conservación e inoculación de enemigos naturales para el control biológico de plagas en borraja y otros cultivos hortícolas

5. Estrategias de control de plagas alternativas a los fitosanitarios para el control de Hypera postica y Colaspidema atrum en alfalfa

6. Estimación de la diversidad de Orthoptera, Acridoidea como plagas potenciales en Aragón.

7. Evaluación de productos más respetuosos con el medio ambiente para el control de la plaga de langosta mediterránea Dociostaurus maroccanus (Orthoptera, Acridoidea).

- Estimación de la actividad de la feromona para el control integrado de la plaga de langosta mediterránea Dociostaurus maroccanus.

8. Estudio de la expresión fenotípica de la langosta mediterránea Dociostaurus maroccanus (Orthoptera, Acridoidea) en función del cambio ambiental.

9. Evaluación de la situación actual y posibles estrategias de control de plagas de interés para la Comunidad Autónoma de Aragón.

a) Identificación y reconocimiento del estado actual de las plagas de insectos más importantes en los olivares de Aragón.

b) Identificación y reconocimiento del estado actual de la fauna auxiliar (parasitoides y/o depredadores) en los olivares de Aragón.

c) Repercusión del tipo de cubierta y de los tratamientos fitosanitarios sobre la fauna auxiliar en el olivar.

10. Asesoramiento, resolución de consultas y apoyo científico al Centro de Sanidad y Certificación Vegetal en materia de entomología, elaboración de informaciones técnicas y boletines fitosanitarios.

Área de malherbología

1. Estudio de la flora arvense en parcelas acogidas a medidas agroambientales para evaluar su eficacia.

2. Promover proyectos de investigación relacionados con el control de las malas hierbas con técnicas alternativas a los herbicidas.

3. Estudio de técnicas de control alternativas a los herbicidas en cultivos menores y agricultura ecológica, con el fin de reducir o eliminar la utilización de productos fitosanitarios.

4. Realización de actuaciones demostrativas y de divulgación de los resultados obtenidos en los proyectos de I+D en diferentes foros.

5. Colaboración en la redacción del Boletín Fitosanitario de Avisos e Informaciones y la web del CSCV en aspectos de malherbología, así como mantenimiento de una mejora continua y puesta al día de la información que se ofrece.

6. Elaborar una guía fotográfica de semillas y propágulos de especies arvenses habituales en los cereales de Aragón para su inclusión en la web, que permita el reconocimiento de semillas y diásporas de malas hierbas en lotes de semillas comerciales.

7. Asesoramiento, formación e información para el manejo de resistencias a herbicidas (diversas especies en cereal de invierno, herbicidas en el cultivo del arroz y en cultivos leñosos con uso continuado de glifosato). Mantenimiento de una colección de semillas de especies sensibles y resistentes a los herbicidas para su utilización como referencia en los ensayos.

8. Seguimiento de focos y evaluación de medidas de control de especies invasoras.

II - SANIDAD ANIMAL

- La contrastación de la calidad diagnóstica (sensibilidad y especificidad) de la totalidad de los lotes de antígeno RB utilizados en la campaña oficial de saneamiento de la enfermedad en Aragón. Esto resulta imprescindible al tratarse de la prueba básica de diagnóstico sobre la cual pivotan todas las demás, y el CITA posee la colección de sueros "gold estándar" más adecuada para realizar dicha contrastación (que, ha venido realizando ininterrumpidamente desde hace muchos años).

- La preparación de todos los antígenos necesarios para realización de las pruebas complementarias de confirmación de la brucelosis ovina, caprina y bovina (objeto esencial de la campaña oficial de erradicación), así como para el diagnóstico de las infecciones por B. ovis en ganado ovino y B. suis en ganado porcino (ver más adelante), y su diferenciación de las RSPF.

- La identificación y tipificación de todas las cepas de Brucella que pudieran ser aisladas en la Comunidad Autónoma, y la confirmación bacteriológica de la totalidad de brotes ocurridos durante la campaña de erradicación en todas las especies domésticas (incluyendo la porcina), de acuerdo con lo establecido por la actual Legislación, que como hemos indicado antes, obliga al seguimiento epidemiológico de todos los animales que resulten positivos en las pruebas de diagnóstico.

- La ejecución de todas las pruebas inmunológicas y bacteriológicas requeridas para el cumplimiento del obligatorio plan de seguimiento epidemiológico de la campaña de erradicación de la brucelosis de los rumiantes en Aragón, así como para la confirmación/descarte de la enfermedad en las granjas de ganado porcino (ver más adelante) que así determine el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.

- La realización de todas aquellas pruebas especiales (directas e indirectas) para tratar de resolver el problema de las RSPF en todas las especies animales de interés en Aragón, y particularmente en todas aquellas ganaderías que presenten una reacción positiva inesperada en las pruebas diagnósticas oficiales.

- Establecimiento y ejecución de un plan de vigilancia activa frente a la brucelosis en todos los Centros de Inseminación Porcina (CIA) ubicados en nuestra Región, de modo que se evite la difusión del problema y, simultáneamente, se clarifique la etiología de las RSPF en ganado porcino en Aragón.