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DECRETO 186/2013, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la encomienda de gestión del Departamento de Economía y Empleo al Instituto Aragonés de Fomento para la tramitación de las subvenciones con destino a actuaciones desarrolladas en el sector turístico en la provincia de Teruel durante el año 2013.

Publicado el 13/12/2013 (Nº 244)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y EMPLEO

Texto completo:

El artículo 71. 32.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón competencia exclusiva en el fomento del desarrollo económico de la Comunidad.

Uno de los instrumentos que contribuyen al desarrollo económico de Aragón es el Fondo de Inversiones de Teruel (en adelante FITE), cuyo objeto es la cofinanciar proyectos de inversión que promuevan, directa o indirectamente, la creación de renta y de riqueza en la citada provincia.

Con fecha 15 de julio de 2013 se firmó el convenio de Colaboración entre la Administración General del Estado (Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas) y la Diputación General de Aragón, para la financiación de inversiones en la provincia de Teruel por el que se da aplicación al Protocolo de Intenciones entre ambas Administraciones para el desarrollo de actuaciones que continúen favoreciendo la generación de renta y riqueza en dicha provincia.

En dicho convenio se establecen los proyectos que preferiblemente se financiarán entre los que se enmarca el apoyo a iniciativas empresariales, fundamentalmente en los ámbitos industrial, agroalimentario y turístico, fijándose en su anexo I, concretamente, el apoyo a iniciativas empresariales en el ámbito turístico.

Las funciones de promoción del sector turístico le corresponden al Departamento de Economía y Empleo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 n) del Decreto 19/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Economía y Empleo, en desarrollo de lo establecido en el artículo 71.51.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón y de la Ley 6/2003, de 27 de febrero, del Turismo de Aragón.

De acuerdo con lo establecido en el apartado segundo de la parte dispositiva convenio de 15 de julio de 2013, relativo al seguimiento, la Comisión de Seguimiento del Fondo de Inversiones de Teruel, reunida en fecha 1 de agosto de 2013, determina que dentro de la línea del FITE para 2013 denominada "Apoyo a iniciativas empresariales, fundamentalmente en los ámbitos industrial, agroalimentario y turístico", para los "Proyectos Turísticos", el órgano responsable y/o decisor sea el Departamento de Economía y Empleo y el órgano ejecutor sea el Instituto Aragonés de Fomento o el propio Departamento, siendo el importe asignado de 1.400.000 euros.

El Instituto Aragonés de Fomento es una entidad de derecho público, adscrito al Departamento de Industria e Innovación, al que se le atribuye, entre otras funciones, la promoción de proyectos de inversión, públicos y privados, con especial incidencia en las zonas menos desarrolladas del territorio aragonés, como enuncia el artículo 4 a) del Texto Refundido de la Ley del Instituto Aragonés de Fomento, aprobado por Decreto-Legislativo 4/2000, de 29 de junio.

Para lograr la mayor eficacia en la gestión y en la ejecución de las ayudas establecidas para actuaciones objeto de aplicación del FITE en el sector turístico, se considera oportuno efectuar una encomienda de gestión del Departamento de Economía y Empleo a favor del Instituto Aragonés de Fomento de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el artículo 38 del Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto-Legislativo 2/2001, de 3 de julio, y con base en el acuerdo adoptado por al Comisión Mixta de Seguimiento del Fondo de Inversiones de Teruel, debiendo ser autorizada por el Gobierno de Aragón y contemplando los extremos que dichos preceptos estipulan a establecer en este decreto.

En este sentido, será el Departamento de Economía y Empleo, como órgano encomendante y quien es competente para dictar los actos jurídicos que sean necesarios, el que convocará las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, con destino a apoyo a iniciativas empresariales en el ámbito turístico de la Provincia de Teruel, con cargo al presupuesto previsto en el FITE 2013, correspondiendo una asignación de un millón cuatrocientos mil euros (1.400.000 €), según lo acordado por la Comisión de Seguimiento del Fondo de Inversiones en Teruel en fecha 1 de agosto.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Empleo, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 3 de diciembre de 2013

DISPONGO

Primero.- Autorizar la encomienda de gestión del Departamento de Economía y Empleo a favor Instituto Aragonés de Fomento para la gestión y pago de las ayudas con destino a actuaciones en el sector turístico en la provincia de Teruel durante el año 2013, que se convoquen y concedan por el Departamento de Economía y Empleo en el año 2014, siendo la finalidad de la convocatoria que se dicte la concesión de ayudas para la implantación de nuevas actividades turísticas en la provincia de Teruel, así como para la ampliación y/o modernización de las ya existentes.

Segundo.- La encomienda no implica la cesión de la titularidad de las competencias al Instituto Aragonés de Fomento ni de los elementos sustantivos del ejercicio de las funciones que se le atribuirán en el apartado cuarto de este decreto, siendo responsabilidad del Departamento de Economía y Empleo así como dictar cuantos actos de carácter jurídico den soporte a las actividades objeto de la encomienda.

Tercero.- El Departamento de Economía y Empleo transferirá mediante orden del Consejero de Economía y Empleo al Instituto Aragonés de Fomento, para el pago de esas ayudas, la cuantía de un millón cuatrocientos mil euros (1.400.000 €), 50% de la aplicación presupuestaria 15060 G/6122/740021/91001 y 50% del 15060 G/6122/74002/32200, proveniente del presupuesto del año 2013 del Fondo de Inversiones de Teruel. La transferencia se realizará directamente al Instituto Aragonés de Fomento, en concepto de anticipo, antes del 31 de diciembre de 2013.

Cuarto.- Para la justificación del gasto realizado, el Instituto Aragonés de Fomento, recabará la documentación que acredite el gasto realizado en los proyectos financiados de acuerdo con las disposiciones establecidas en el convenio del FITE. Se observarán para la aceptación de dicha documentación las reglas de justificación determinadas en los artículos 30 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y artículos 69 y siguientes de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

A la vista de dicha documentación, se extenderá certificación del gasto efectivamente realizado antes del 15 de agosto de 2014, que será trasladada a la Dirección General de Turismo.

Excepcionalmente, el Instituto Aragonés de Fomento podrá solicitar la ampliación de ese plazo a la Dirección General de Turismo, quien tras su visto bueno habrá de trasladar dicha solicitud a la Dirección General de Economía.

Quinto.- Respecto del alcance de esta encomienda, al Instituto Aragonés de Fomento le corresponderá:

a) Tramitación, análisis y requerimiento de subsanación, en su caso, de las solicitudes y documentación complementaria presentadas al amparo de la convocatoria aprobada por el Consejero de Economía y Empleo y remitidas por la Dirección General de Turismo.

b) Remisión de las solicitudes que hayan de tenerse como desistidas a los efectos de dictar la resolución correspondiente por el Consejero de Economía y Empleo, de acuerdo con el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

c) Realización de propuesta y remisión a la Comisión de Valoración establecida en la orden de convocatoria.

d) Recepción de la documentación justificativa del cumplimiento de las obligaciones que se impongan al beneficiario, tanto por la normativa aplicable, como por la orden de convocatoria y por el acto administrativo de concesión de la ayuda.

e) Verificación del cumplimiento de las obligaciones de los beneficiarios así como de las condiciones de otorgamiento de la ayuda concedida y la documentación justificativa de los proyectos subvencionables.

f) Pago de la ayuda concedida, si se cumplen los requisitos para ello, de acuerdo con la verificación contemplada en la letra anterior.

g) Traslado de los expedientes que dieran lugar a la pérdida de derecho de cobro de la ayuda o al inicio de procedimiento de reintegro, para su tramitación por ese órgano.

h) Justificación ante la Dirección General de Turismo de los pagos realizados.

i) Y cuantas otras actuaciones sean necesarias para la tramitación de los expedientes.

Será responsabilidad del Instituto Aragonés de Fomento mantener informada a la Dirección General de Turismo de las actuaciones encomendadas. A este respecto, será la citada Dirección General la que realizará el seguimiento y la comprobación de la ejecución de la encomienda.

Se designará a un Jefe de Servicio de la Dirección General de Turismo, director de la encomienda de gestión quien llevara a cabo la dirección y realizará las instrucciones necesarias para el buen desarrollo de la misma, todo ello sin perjuicio de las competencias que le corresponden al órgano encomendante.

La Dirección General de Turismo será el órgano responsable de la comprobación de la ejecución de la gestión por parte del Instituto Aragonés de Fomento de las actuaciones encomendadas.

Dicha comprobación se realizará mediante la remisión por el Instituto Aragonés de Fomento a la Dirección General de Turismo de un informe detallado de cumplimiento del grado de ejecución de la convocatoria, donde quede reflejado las incidencias y pagos parciales efectuados a cada uno de los beneficiarios.

Asimismo, con posterioridad a la fecha de justificación, el Instituto Aragonés de Fomento presentará una certificación final de las ayudas concedidas a cada beneficiario que refleje el cumplimiento de la ejecución total y pagos realizados.

Sexto.- La vigencia de la encomienda de gestión se iniciará desde la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", la orden del Consejero de Economía y Empleo por la que se apruebe la convocatoria de ayudas con destino a actuaciones en el sector turístico en la provincia de Teruel desarrolladas en el año 2013 y terminará el 31 de agosto de 2014.

No obstante, para aquellas actuaciones a subvencionar, cuya ejecución y justificación se deba realizar más allá de la fecha señalada, continuará en vigor la encomienda hasta la total tramitación de la gestión de las mismas.

Séptimo.- Este decreto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 3 de diciembre de 2013.

La Presidenta del Gobierno de Aragón,

LUISA FERNANDA RUDI ÚBEDA

El Consejero de Economía y Empleo,

FRANCISCO BONO RÍOS