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ORDEN PRE/2012/2017, de 8 de noviembre, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración para el año 2017, entre el Gobierno de Aragón y la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME Aragón) dirigido a facilitar la actividad internacional de las pequeñas y medianas empresas industriales aragonesas del subsector de la maquinaria agrícola.

Publicado el 14/12/2017 (Nº 238)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2017/7/0149 el convenio de colaboración suscrito, con fecha 27 de octubre de 2017, por la Consejera de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón y el Presidente de la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME Aragón), y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

, 8 de noviembre de 2017.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL AÑO 2017 ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA CONFEDERACIÓN DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA ARAGONESA (CEPYME Aragón) DIRIGIDO A FACILITAR LA ACTIVIDAD INTERNACIONAL DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS INDUSTRIALES ARAGONESAS DEL SUBSECTOR DE LA MAQUINARIA AGRÍCOLA

En Zaragoza, a 27 de octubre de 2017.

De una parte: La Excma. Sra. D.ª Marta Gastón Menal, Consejera de Economía, Industria y Empleo, en nombre y representación del Gobierno de Aragón, facultada para este acto por Acuerdo del Gobierno de Aragón de 5 de septiembre de 2017.

De otra: El Sr. D. Aurelio López de Hita, en calidad de Presidente de la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME Aragón), tal y como figura en la escritura de apoderamiento otorgada ante el notario de Zaragoza, D. Vicente Morató Izquierdo, el día 24 de febrero de 2005, con el número 373 de su protocolo.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen capacidad jurídica suficiente para formalizar el presente convenio, y al efecto

El artículo 71.32.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón competencia exclusiva en el fomento del desarrollo económico de la Comunidad.

En el mismo sentido, el Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos contempla entre sus competencias la de planificación, coordinación y ejecución de la política económica de la Comunidad Autónoma de Aragón. En particular, corresponde al Departamento de Economía, Industria y Empleo el desarrollo y seguimiento de la planificación relativa a la internacionalización de la Comunidad Autónoma.

El Gobierno de Aragón tiene entre sus objetivos el impulso de la promoción económica y el desarrollo empresarial de Aragón, orientado hacia el equilibrio territorial y la creación de empleo, consiguiendo para la Comunidad Autónoma un desarrollo económico duradero y sostenible.

Asimismo, el Gobierno de Aragón, consciente de la difícil situación por la que todavía atraviesa la economía mundial, así como la española y aragonesa, considera necesario establecer medidas que contribuyan a suavizar el proceso de crisis, así como orientadas a la dinamización de proyectos empresariales.

Las pequeñas y medianas empresas (PYMES) aportan un valor añadido a la economía en su conjunto, ya que, por su naturaleza, presentan una estructura organizativa más flexible, lo que permite una adaptación a cambios profundos de las condiciones económicas.

Hay que destacar, además, el relevante papel que tiene este tipo de empresas desde el punto de vista de la generación de empleo, lo que hace aconsejable llevar a cabo desde los poderes públicos políticas de apoyo a las mismas, tendentes a favorecer su desarrollo y potenciar su crecimiento, toda vez que se ha constatado un alto nivel de impacto de estas actuaciones en la economía en general.

En este contexto, la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME Aragón) es la organización empresarial de las pequeñas y medianas empresas más representativa de la Comunidad Autónoma de Aragón, siendo la esencia de su cometido el apoyo y defensa de las PYMES por considerar que son las pequeñas y medianas empresas las que mueven la economía y garantizan la solidez del tejido productivo y de los servicios que las empresas prestan a la sociedad, y teniendo entre sus objetivos la realización de actividades que mejoren el entorno económico y social en el ámbito de su actuación, así como la defensa, representación y fomento de los intereses de la pequeña y mediana empresa y el empresario autónomo.

Así, la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME Aragón) considera que el fomento de la internacionalización es una de las vías más eficaces para la consolidación de empresas competitivas. En concreto, se hace necesario promover y facilitar a las empresas un diagnóstico individualizado de sus capacidades de innovación e internacionalización que impulse su productividad.

Asimismo, y tras analizar los distintos sectores y subsectores, se propone apostar por el subsector de maquinaria agrícola como colectivo altamente competitivo y reconocido y por ser básico para el desarrollo de la industria agroalimentaria. Para ello se contará con la colaboración de la Federación de Empresarios del metal (FEMZ) como conocedores y representantes del sector metal.

Entre las funciones de la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME Aragón) se encuentran la atención a las necesidades de información, asesoramiento, asistencia técnica, investigación y de perfeccionamiento de las organizaciones, empresas y empresarios afiliados, estudiando y divulgando cuantos temas puedan afectar a la potenciación de la pequeña y mediana empresa.

Resulta evidente, pues, que la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME Aragón) es un instrumento privilegiado de apoyo a empresas y sus organizaciones mediante la realización de iniciativas destinadas a potenciar el entramado empresarial en todas sus facetas de cara a la mejora competitiva y productiva de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Con esta finalidad, el Gobierno de Aragón ha venido suscribiendo, desde octubre de 1990, diversos convenios de colaboración con la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME Aragón) dirigidos a fomentar la presencia exterior de las PYMES aragonesas, la adaptación a los retos de futuro como la globalización y la tecnificación de la gestión empresarial, la incorporación a las nuevas tecnologías de la información y comunicación y a los nuevos procesos productivos.

Con fecha 1 de junio de 2017, CEPYME Aragón presenta al Gobierno de Aragón solicitud de convenio de Colaboración, por importe de treinta y cinco mil euros (35.000 euros) para facilitar la actividad internacional de las pymes industriales aragonesas del subsector de la maquinaria agrícola.

En particular, considera de gran importancia focalizar los esfuerzos, durante el año 2017, en realizar diagnósticos en empresas del subsector maquinaria agrícola de cara a estructurar acciones que potencien la actividad internacional de forma individual o colectiva.

Para 2017, se fijan los siguientes fines y objetivos:

- Realizar, al menos, 30 diagnósticos en empresas aragonesas del subsector de maquinaria agrícola.

- Realizar propuestas individualizadas de internacionalización a cada una de las empresas.

- Búsquedas de sinergias entre empresas del subsector.

- Involucrar a asociaciones empresariales aragonesas de carácter industrial, aumentando el radio de acción de la iniciativa.

De este modo, se pretende proporcionar una importante ventaja cualitativa frente a otras actuaciones empresariales existentes, debido a ofrecer un único punto de interacción entre las pymes Industriales de Aragón de un mismo subsector, detectando fortalezas y posibilidades del mismo.

En este sentido, la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME Aragón) está capacitada para desarrollar el proyecto señalado, siendo difícil encontrar otra entidad pública o privada que ofrezca tales condiciones de versatilidad en este sector. Es, además, la única que puede garantizar el acceso universal en condiciones de igualdad y de forma gratuita al sistema que se pretende financiar con fondos públicos.

No cabe duda de que la singular posición de la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME Aragón) como beneficiaria de la subvención, permite utilizar la potencialidad de los recursos de una entidad que, por su carácter representativo de las PYMES aragonesas, sus intereses sectoriales, centrados en asumir la defensa de la problemática de la pequeña y mediana empresa, atender sus necesidades de formación e información, colaborando en su expansión exterior, valiéndose de sus contactos internacionales y la idoneidad de sus medios personales y materiales, se encuentra en las mejores condiciones para alcanzar el objetivo perseguido. Según sus propios estatutos, son sus fines, entre otros, actuar en defensa de los intereses de la pequeña y mediana empresa, favoreciendo la mejora de su competitividad y el fomento de la internacionalización de su actividad.

Se trata de una organización profesional sin ánimo de lucro, de carácter confederativo e intersectorial, para la defensa, representación y fomento de los intereses de las pymes y empresarios autónomos de Aragón, ámbito territorial en el que desarrolla sus actividades.

De todo ello se deduce, con toda evidencia, el interés económico y social que justifica la utilización del régimen de concesión directa de esta subvención, al ser la única entidad que por sus condiciones objetivas y de representatividad puede en este momento desarrollar el programa analizado.

El Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Economía, Industria y Empleo, contribuirá al desarrollo de este programa mediante el otorgamiento de una subvención a la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME Aragón), al quedar acreditado el interés social y económico de las actuaciones propuestas para las pequeñas y medianas empresas aragonesas y su impulso económico, ayuda que será objeto de concesión directa, al cumplirse los requisitos excepcionales contemplados en el artículo 28 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

En el presente convenio se determinarán las condiciones y compromisos de esta subvención, de acuerdo con lo enunciado en el artículo 28 de la citada ley.

La presente subvención, prevista en régimen de concesión directa, está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Economía, Industria y Empleo, en cumplimiento del punto 90 del apartado III del Plan de Racionalización del Gasto Corriente aprobado por el Gobierno de Aragón en sesión de 13 de septiembre de 2011.

Considerando que el Gobierno de Aragón ha acordado la aprobación de este texto en su reunión de 5 de septiembre de 2017, por cuanto antecede, se formaliza el presente convenio de Colaboración que se regirá por las siguientes

Primera.- Objeto.

El objeto de este convenio es establecer mecanismos de cooperación entre el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Economía, Industria y Empleo, y la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME Aragón) para facilitar la actividad internacional de las pymes industriales aragonesas del subsector de la maquinaria agrícola, fortaleciendo la competitividad de las mismas y, en definitiva, el tejido empresarial aragonés.

Segunda.- Programa.

A través de la presente iniciativa se pretende poner en valor el subsector de la maquinaria agrícola de Aragón fomentando su innovación de cara a potenciar la internacionalización de dicho subsector.

Mediante este programa se espera obtener una visión clara y definida del subsector de maquinaria agrícola en Aragón y poder definir una propuesta de plan de acción para lograr incrementar la capacidad innovadora y de internacionalización del citado subsector.

Para ello, se fijan los siguientes fines y objetivos:

- Realizar, al menos, 30 diagnósticos en empresas aragonesas del subsector de maquinaria agrícola.

- Realizar propuestas individualizadas de internacionalización a cada una de las empresas.

- Búsquedas de sinergias entre empresas del subsector.

- Involucrar a asociaciones empresariales aragonesas de carácter industrial, aumentando el radio de acción de la iniciativa.

Tercera.- Compromisos de la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME Aragón).

1. La Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME Aragón), mediante la firma del presente convenio, focalizará los esfuerzos en facilitar la actividad internacional de las pymes industriales aragonesas del subsector de la maquinaria agrícola.

Para ello, realizará las siguientes acciones:

1. Análisis del mercado de maquinaria agrícola en Aragón; para lo que se realizarán análisis y trabajos con diferentes fuentes de información.

2. Diagnóstico e informe; para lo que se realizarán una serie de diagnósticos individualizados a las empresas participantes, que se plasmarán en informes individualizados que serán entregados a cada una de las empresas, y un informe general que dispondrá de información global sobre los aspectos generales de los diagnósticos realizados y la definición de una propuesta de plan de acción para lograr incrementar la capacidad innovadora y de internacionalización del subsector de la maquinaria agrícola de Aragón.

Se acompaña anexo, en el que, de modo estimativo y sujeto a eventuales variaciones que no alteren su contenido sustancial, se determinan las partidas de gasto que cubren la financiación de las acciones previstas. Estas variaciones no tendrán la consideración de modificación del convenio suscrito.

2. Asimismo, CEPYME Aragón asume, mediante la firma del presente convenio, y sin perjuicio de cualesquiera otras obligaciones impuestas en la normativa estatal y autonómica aplicable en materia de subvenciones, las siguientes obligaciones:

a) Cumplir la finalidad para la que se concede la ayuda y ejecutar las acciones descritas en las cláusulas segunda y tercera, así como destinar la cuantía aportada por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón a los fines propios previstos en este documento.

b) Comunicar al Departamento de Economía, Industria y Empleo, por escrito o de forma fehaciente, la obtención de cualquier tipo de subvención o aportación económica de otros organismos o instituciones públicos o privados para la misma finalidad, inmediatamente si ya estuviesen reconocidas a la fecha de la firma de este convenio, o, en el plazo máximo de diez días desde la constancia fehaciente de su concesión. Asimismo, deberá comunicar las alteraciones que puedan producirse en las circunstancias que han motivado la realización del convenio.

c) Justificar ante el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.

d) Someterse a las actuaciones de seguimiento y control a efectuar por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como admitir la presencia de persona o personas designadas a este efecto para realizar el seguimiento y evaluación de la actividad financiadas y facilitarles cuanta información, contable o de cualquier tipo, sea solicitada a tal efecto. Asimismo tendrán la obligación de facilitar a la Cámara de Cuentas de Aragón y al Tribunal de cuentas la información que les sea requerida por éstos en el ejercicio de sus funciones.

e) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

f) Aplicar criterios de economía y racionalidad en el gasto siguiendo las sugerencias que al respecto pueda realizar el Departamento de Economía, Industria y Empleo.

g) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos previstos en la normativa aplicable.

h) Cumplir las obligaciones de transparencia reconocidas en el Capitulo II de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón, que resulten aplicables. Además de las multas coercitivas previstas en el artículo 9 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, el incumplimiento de las obligaciones exigibles dará lugar a la pérdida total o parcial de las subvenciones o ayudas. La cuantía a reintegrar se determinará, previo informe de la Dirección General de Economía, atendiendo al principio de proporcionalidad y al grado de cumplimiento de la finalidad que determinó la concesión de la subvención, así como a cualquier otro criterio que deba ser apreciado según las circunstancias del caso concreto y la naturaleza de la subvención.

Cuarta.- Información y Publicidad.

La logomarca del Gobierno de Aragón, Departamento de Economía, Industria y Empleo, figurará en todas las acciones de comunicación, publicidad e identificación, que se realicen en ejecución del presente convenio, tal y como se desprende de lo dispuesto en el Manual de Identidad Visual Corporativa del Gobierno de Aragón y normativa reguladora aplicable.

La autorización para la utilización del identificador corporativo del Gobierno de Aragón en cualquiera de sus manifestaciones deberá solicitarse a la Comisión de Comunicación Institucional, de acuerdo con las instrucciones establecidas en la página web del Gobierno de Aragón (www.aragon.es). El beneficiario solicitará con carácter previo a su utilización el preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, tal y como se dispone en el Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.

Esta obligación de solicitud de informe previo se extenderá, en su caso, a la creatividad y plan de medios de las actividades de promoción y publicidad en las que figure el identificador corporativo del Gobierno de Aragón o cualquier de sus variantes, con objeto de su revisión y comprobación del cumplimiento de los objetivos de comunicación y de la adecuada distribución entre los diferentes medios y soportes.

Quinta.- Compromisos del Gobierno de Aragón.

El Gobierno de Aragón cooperará económicamente en este programa mediante la aportación económica a la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME Aragón), de un importe máximo de treinta y cinco mil euros (35.000 euros), equivalente al 80% sobre una inversión mínima subvencionable de cuarenta y tres mil setecientos cincuenta euros (43.750 euros), que se asignarán a las actuaciones anteriormente citadas y que se concretan en el presupuesto que se adjunta como anexo.

La financiación correspondiente al Gobierno de Aragón se efectuará con cargo a la partida 15020 G/6122/480014/91002, del Presupuesto de gastos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2017.

En todo caso, la financiación por parte del Gobierno de Aragón de las actuaciones previstas en el presente convenio quedará subordinada a las disponibilidades presupuestarias.

El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, de otras Administraciones públicas o entes privados o públicos, nacionales o interancionales, supere el coste de la actuación subvencionada ni, en su caso, los límites del Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón. De este modo, si percibe más ayudas públicas, la suma de las mismas no puede suponer más del 80% del coste de funcionamiento. En caso contrario, la aportación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón se reducirá hasta ese porcentaje de conformidad con el Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón.

En el supuesto de que se produzca un exceso de los recursos percibidos respecto al coste total de la actividad subvencionada, se estará a lo dispuesto en la normativa aplicable en materia de subvenciones.

Cualquier otra cantidad que, aun estando referida a los costes anteriores, supere las cuantías máximas mencionadas en esta cláusula no será computada para ser asumida por la Administración de la Comunidad Autónoma.

Sexta.- Justificación.

1. La modalidad de justificación de la subvención toma la forma de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto, de acuerdo con el artículo 32 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

2. Conforme a dicho precepto, para acceder a la financiación aportada por el Gobierno de Aragón, la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME Aragón) deberá justificar la ejecución de una inversión de, al menos, 43.750 euros, mediante la aportación de la siguiente documentación:

a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.

b) Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá:

- Una relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago.

- Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior y, en su caso, la documentación acreditativa del pago.

- Una declaración jurada sobre la obtención o no de otras ayudas para la misma actuación. En los casos en que las actuaciones hayan sido financadas, además de con la subvenión, con fondos propios u otras subvenciones o recurso, dicha declaración se acompañará de una relación detallada de esos otros ingresos o subvenciones que hayan financado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia y deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actuaciones subvencionadas.

- Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones deba haber solicitado el beneficiario cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley de Contratos del Sector público (actualmente texto refundido de la Ley de contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 11 de noviembre) para el contrato menor. En estos casos, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención.

La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la jusitificación, o, en su caso, en la solicitud de la subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria a elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.

. El plazo para la justificación finalizará el 30 de octubre de 2017.

4. En ningún caso, se admitirán gastos de entidades vinculadas con la beneficiaria.

5. La no justificación en plazo o de forma indebida supondrá, respecto de las cantidades no justificadas en tiempo o forma, la pérdida de eficacia del compromiso de financiación asumido por el Gobierno de Aragón.

Séptima.- Pago.

El pago por el Gobierno de Aragón se efectuará cuando se haya acreditado el cumplimiento de la finalidad para la que fue otorgada y se haya justificado la realización de la actuación subvencionada y el gasto realizado y se ajustará a lo dispuesto en el Decreto 186/1993, de 3 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, sobre pago de subvenciones concedidas con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como a lo establecido por la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

Octava.- Vigencia del convenio.

El plazo de vigencia del presente convenio finalizará con el cumplimiento, justificación y pago de las actuaciones y, en todo caso, el 31 de diciembre de 2017. Podrán imputarse al presente convenio los gastos originados como consecuencia de actuaciones realizadas desde el 1 de enero de 2017.

Novena.- Otras causas de extinción.

1. El presente convenio podrá ser resuelto, previa comunicación con un mes de antelación, por incumplimiento de los compromisos recogidos en él.

En caso de resolución del convenio por incumplimiento por parte de la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME Aragón), se estará a lo dispuesto en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, en relación con el reintegro de subvenciones.

2. El presente convenio también podrá resolverse por mutuo acuerdo de las partes, así como por imposibilidad sobrevenida.

Décima.- Normativa aplicable.

1. Sin perjuicio de cualquier otra normativa que resulte aplicable, será de aplicación a este convenio la Ley 4/2017, de 10 de mayo, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2017, la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, así como, en su caso la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y el Decreto 186/1993, de 3 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, sobre pago de subvenciones concedidas con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

2. Cualquier modificación no sustancial, de conformidad con lo establecido en el artículo 30 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, se suscribirá por la titular del Departamento de Economía, Industria y Empleo, dando posterior comunicación al Gobierno de Aragón.

Undécima.- Naturaleza y Jurisdicción competente.

1. El presente convenio, que tiene naturaleza jurídico-administrativa, constituye el instrumento por el que se canaliza la concesión directa de una subvención, sin amparo en ninguna otra convocatoria gestionada por el Departamento de Economía, Industria y Empleo, encontrando su fundamento en el artículo 28 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

2. La resolución de las controversias y diferencias que puedan surgir en relación con la interpretación, ejecución, cumplimiento y extinción del mismo serán resueltas de acuerdo con la normativa aplicable en materia de subveniones y conforme a los procedimiento previstos en ella, sin perjuicio del control por el orden jurisdiccional contencioso-administrativo de las decisiones que se adopten en vía administrativa.

3. Las partes, con renuncia expresa al fuero que les pudiera corresponder, se someten a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Zaragoza.

Duodécima.- Plan de Racionalización del Gasto Corriente.

El presente convenio se acoge a los puntos que le son de aplicación recogidos en el apartado III del Plan de Racionalización del Gasto Corriente, aprobado con fecha 13 de septiembre de 2011 por el Gobierno de Aragón.

Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio por duplicado, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.