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RESOLUCIÓN de 20 de abril de 2012, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se publican los listados definitivos de admitidos, excluidos así como las puntuaciones definitivas de los participantes en la convocatoria de 19 de febrero de 2009 para la cobertura temporal de plazas estatutarias de categorías de personal de gestión y servicios en los Centros Sanitarios del Servicio Aragonés de Salud.

Publicado el 26/04/2012 (Nº 79)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

De conformidad con lo previsto al efecto en la Base 6ª.1 de la Resolución de 23 de enero de 2009 ("Boletín Oficial de Aragón" núm. 34, de 19-2-2009) por la que se hizo pública la convocatoria para cobertura temporal de plazas de personal estatutario en las categorías de Personal de Gestión y Servicios en los Centros Sanitarios del Servicio Aragonés de Salud, esta Dirección Gerencia resuelve,

Primero.- Publicar, los listados definitivos de admitidos, a las bolsas de trabajo correspondientes a los Centros Sanitarios del Servicio Aragonés de Salud en las Categorías estatutarias de Administrativo, Albañil, Auxiliar Administrativo, Calefactor, Carpintero, Celador, Cocinero, Conductor, Costurera, Electricista, Fontanero, Locutor, Mecánico, Pinche de Cocina, Servicios Domésticos, Telefonista y Trabajador Social, con expresión de las puntuaciones derivadas de la baremación efectuada, tal y como se establece en el punto 5º.1 del anexo II correspondiente al Pacto de 20 de febrero de 2008, suscrito con los Sindicatos representativos en Aragón, para la provisión de plazas de carácter temporal en los Centros Sanitarios de nuestra Comunidad Autónoma.

Segundo.- Publicar los listados definitivos de excluidos de las citadas bolsas de trabajo, con expresión de las causas que han motivado su exclusión.

Tercero.- De acuerdo con lo dispuesto en la Base 5ª.3 de la Resolución de 23 de enero de 2009 («Boletín Oficial de Aragón» 34 de 19-2-2009) abrir un plazo de veinte días hábiles, a contar del día siguiente al de la publicación de la presente resolución, al objeto de que los interesados provisionalmente excluidos y que ahora ha subsanado las causas de su exclusión puedan corregir los posibles errores que se hayan podido producir en las puntuaciones. Las peticiones de corrección deberán efectuarse mediante presentación del correspondientes escrito en el Registro del Servicio Aragonés de Salud, en las Unidades de Registro de Documentos del Gobierno de Aragón o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debiendo acompañarse preceptivamente a la petición la documentación necesaria para fundamentar y justificar la petición, haciendo constar expresamente la circunstancia de que el interesado había resultado excluido provisionalmente en la Resolución de 2 de diciembre de 2011(«Boletín Oficial de Aragón» núm. 249, de 21-12-2011) por la que se publicaban los listados provisionales de admitidos y excluidos.

Cuarto.- Insertar los listados citados para su consulta por los interesados en la página web https://servicios.aragon.es/gbtsip/, del Servicio Aragonés de Salud, de acuerdo con lo previsto en la convocatoria precitada.

De conformidad con lo previsto en la Base 4ª.4 de la convocatoria, se señala expresamente que se han tenido en cuenta las solicitudes presentadas en el periodo comprendido entre el 20 de febrero de 2009 y el día 1 de mayo de 2011.

De existir algún aspirante que no conste como admitido ni como excluido, deberá adjuntar a su reclamación escrita la copia de su solicitud debidamente cumplimentada con la diligencia de registro y la documentación aportada con la misma en el momento de su presentación.

Se hace constar expresamente que la presente publicación no modifica las situaciones de exclusiones voluntarias, penalizaciones y resto de situaciones en que puedan encontrarse actualmente los aspirantes derivadas de la gestión de los listados vigentes.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Zaragoza, 20 de abril de 2012