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RESOLUCIÓN de 26 de febrero de 2015, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se modifica la composición del Tribunal calificador en el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo de la categoría de Técnico Superior de Laboratorio de Diagnóstico Clínico en Centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 09/03/2015 (Nº 46)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

Por Resolución de 29 de mayo de 2014, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 111, de 10 de junio de 2014, se determina la composición del Tribunal calificador en el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo de la categoría de Técnico Superior de Laboratorio de Diagnóstico Clínico en Centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón

De conformidad con lo previsto en la base 5.1 de la Resolución de 6 de septiembre de 2013, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 189, de 25 de septiembre de 2013, y en virtud de la competencia establecida en el artículo 10 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas y en la Disposición adicional tercera de la Ley 26/2001, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias y Administrativas, y de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, esta Dirección Gerencia, resuelve:

Primero.- Designar a D.ª Rosa Caja Buetas como Presidenta titular en sustitución de D. José Luis Bancalero Flores.

Segundo.- Designar a D.ª Sonia Iriarte Ramos como Presidenta suplente en sustitución de D.ª Rosa Caja Buetas.

Los miembros del Tribunal designados habrán de abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el titular de la Consejería del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, en el plazo de un mes, de conformidad con lo previsto en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón y en el artículo 58.2 del Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Zaragoza, 26 de febrero de 2015.

El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud,

ÁNGEL SANZ BAREA