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ORDEN HAP/1170/2021, de 3 de septiembre, por la que se adjudican destinos definitivos al personal funcionario de carrera, nombrado en destino provisional por Orden HAP/886/2018, de 7 de mayo, del Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Facultativa Superior, Ingenieros Agrónomos.

Publicado el 24/09/2021 (Nº 199)
Sección: II. Autoridades y Personal - a) Nombramientos, situaciones e incidencias
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

Mediante Orden HAP/886/2018, de 7 de mayo ("Boletín Oficial de Aragón", número 106, de 4 de junio de 2018), fue nombrado personal funcionario de carrera, del Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Facultativa Superior, Ingenieros Agrónomos, los aspirantes que superaron el proceso selectivo convocado por Resoluciones del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, de 30 de octubre de 2015 y de 31 de agosto de 2016.

Los destinos adjudicados al personal funcionario de nuevo ingreso de la Clase de especialidad de Ingenieros Agrónomos, lo fueron con carácter provisional, de conformidad con lo previsto en el artículo 28 de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, por hallarse las vacantes pendientes de resolución de concurso para la provisión de puestos de trabajo.

Por ello, en virtud de lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, y en el artículo 3.3.k) del Decreto 208/1999, de 17 de noviembre, de competencias en materia de personal, este Departamento dispone:

Primero.- Adjudicar destino definitivo al personal funcionario del Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Facultativa Superior, Ingenieros Agrónomos, nombrados en virtud de la citada Orden, y que no han obtenido destino definitivo en otros procesos, en los términos que figuran en el anexo de esta Orden.

Segundo.- La incorporación a dichos destinos definitivos se efectuará sin solución de continuidad desde los destinos provisionales que se hallen ocupando en la actualidad los interesados, debiéndose diligenciar dicho cambio de destino o situación, en su caso, con efectos del día de la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", previo a la vía judicial contencioso-administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 54 y 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que proceda en derecho.

También podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Zaragoza, 3 de septiembre de 2021.

El Consejero de Hacienda y Administración Pública, CARLOS PÉREZ ANADÓN