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ORDEN de 19 de febrero de 2015, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se convoca el procedimiento de selección mediante libre designación de directores de los centros públicos integrados de Formación Profesional Bajo Aragón de Alcañiz, Corona de Aragón de Zaragoza, Los Enlaces de Zaragoza y Pirámide de Huesca.

Publicado el 09/03/2015 (Nº 46)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional tiene por objeto la ordenación del sistema integrado de formación profesional, cualificaciones y acreditación que responda a las demandas sociales, con eficacia y transparencia, a través de las diferentes modalidades formativas. Esta ley se refiere en su artículo 11 a los centros integrados de formación profesional, y determina en su artículo 11.5 que la dirección de los centros integrados de Formación Profesional de titularidad de las Administraciones educativas, será nombrada mediante el procedimiento de libre designación por la Administración competente, entre funcionarios públicos docentes, conforme a los principios de mérito, capacidad y publicidad, previa consulta a los órganos colegiados del Centro.

En el mismo sentido el artículo 13.1 del Real Decreto 1558/2005, de 23 de diciembre, por el que se regulan los requisitos básicos de los Centros integrados de formación profesional, modificado por el Real Decreto 564/2010, de 7 de mayo, determina que la dirección de los Centros integrados de titularidad pública será provista por el procedimiento de libre designación y que en el caso de los Centros integrados de titularidad de las Administraciones educativas el nombramiento se efectuará entre funcionarios públicos docentes, conforme a los principios de mérito, capacidad y publicidad y previa consulta a los órganos colegiados del centro.

A través del Decreto 250/2012, de 20 de noviembre, del Gobierno de Aragón, se crean cinco Centros Públicos Integrados de Formación Profesional adscritos al Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte.

Por Orden de 14 de febrero de 2011, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, se aprobaron las bases y la convocatoria del concurso de méritos entre funcionarios de carrera docentes para la designación de directores de los centros públicos integrados de Formación Profesional dependientes del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, y conforme a ella fueron seleccionados los directores de los cuatros centros públicos integrados de formación profesional objeto de la presente convocatoria.

De acuerdo con la base octava del anexo I de dicha orden la duración del mandato de los Directores seleccionados será de cuatro años.

Por todo lo expuesto, en el uso de las competencias conferidas por la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, así como por el Decreto 336/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, modificado por Decreto 178/2012, de 17 de julio, dispongo:

Primero.- Se convoca el procedimiento de selección, por el sistema de libre designación, de los directores de los centros públicos integrados de Formación Profesional Bajo Aragón de Alcañiz, Corona de Aragón de Zaragoza, Los Enlaces de Zaragoza y Pirámide de Huesca, adscritos al Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, según las bases recogidas en el anexo I de esta orden.

Segundo.- Se faculta a las Direcciones Generales de Ordenación Académica y de Gestión de Personal, en el ámbito de sus respectivas competencias, para interpretar y ejecutar el procedimiento de selección que mediante esta orden se convoca, con plena sujeción a sus bases y a la normativa vigente en esta materia.

Tercero.- La presente orden producirá sus efectos desde el día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Cuarto.- Contra la presente orden podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 110, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y en el artículo 58 del Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, o, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. Dichos plazos comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 19 de febrero de 2015.

La Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte,

DOLORES SERRAT MORÉ