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ANUNCIO de la Dirección General de Planificación y Aseguramiento, referido a la notificación a El Jardín de Giverny, S.L. de la Resolución de 4 de junio de 2014, por la que se dispone la cancelación de la inscripción del establecimiento "Residencia El Jardín de Giverny", así como de su entidad titular "El Jardín de Giverny, S.L.", en el Registro de Entidades, Centros y Servicios sociales, expediente REJAT 54/02.

Publicado el 07/11/2014 (Nº 219)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

Ignorándose el lugar en que debe practicarse la notificación de la Resolución de 4 de junio de 2014, de la Dirección General de Planificación y Aseguramiento, por la que se dispone la cancelación de la inscripción del establecimiento "Residencia El Jardín de Giverny", así como de su entidad titular "El Jardín de Giverny, S.L.", se procede a su notificación conforme determina el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, haciendo constar que el interesado tiene a su disposición en la Dirección General de Planificación y Aseguramiento, ubicada en Zaragoza, vía Universitas, número 36, 1.ª planta, la resolución mencionada.

En la misma, el Director General de Planificación y Aseguramiento resuelve:

Primero.- Cancelar la inscripción del establecimiento "Residencia El Jardín de Giverny", sito en Zaragoza, vía Hispanidad 154, practicada en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales, donde figura inscrito con el numero 713, en el Libro de Servicios y Establecimientos, Sección de Servicios Sociales especializados, Subsección con internamiento.

Segundo.- Cancelar la inscripción de la entidad titular del establecimiento, "El Jardín de Giverny, S.L." en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales, donde figura inscrita con el número 1880, en el Libro de Registro de Entidades, Sección de Iniciativa Mercantil.

Haciéndole saber, asimismo, que contra dicha resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente hábil al de esta publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Una vez publicado el presente anuncio en el "Boletín Oficial de Aragón", y exhibido en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Zaragoza, se le tendrá por notificado a todos los efectos.

Zaragoza, 23 de octubre de 2014.- El Director General de Planificación y Aseguramiento, Antonio Villacampa Duque.