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RESOLUCIÓN de 3 de marzo de 2015, de la Junta Arbitral del Transporte de Aragón, por la que se ordena la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón" de la parte dispositiva del laudo recaído en el expediente 287/2013.

Publicado el 16/03/2015 (Nº 51)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO, VIVIENDA Y TRANSPORTES

Texto completo:

No habiendo sido posible la notificación del Laudo recaído en el expediente 287/2013, dictado por la Junta Arbitral del Transporte de Aragón con fecha 16 de febrero de 2015, a "Transportes Mtm Rioja, S.L." con último domicilio conocido en polígono industrial El Sequero, avenida El Ebro, número 6 de Agoncillo (La Rioja); según constancia, he resuelto:

Ordenar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y a los efectos que en dicho artículo se señalan, la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de la parte dispositiva del laudo recaído que figura como anexo a esta resolución.

Zaragoza, 3 de marzo de 2015.- La Presidenta de la Junta Arbitral del Transporte de Aragón, Begoña Montón Martínez.

En la ciudad de Zaragoza, el día 16 de febrero de 2015, la Junta Arbitral del Transporte de Aragón, y en el expediente número 287/2013 instado por D. Jesús Manuel Bueno Bellido, actuando en representación de D. Bernardino Tavares Monteiro, contra Transportes Mtm Rioja, S.L., ha resuelto dictar laudo cuya parte dispositiva establece que:

"Se declara la procedencia de la presente reclamación, fijándose en cuatro mil trescientos ochenta y nueve con sesenta euros (4.389,60 €), más los intereses a calcular con arreglo a la Ley 3/2004, de 29 de diciembre por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, la cantidad que Transportes Mtm Rioja, S.L. deberá pagar a D. Bernardino Tavares Monteiro".

Este laudo tendrá los efectos previstos en la legislación general de arbitraje, cabiendo únicamente contra él recurso de anulación ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón dentro de un plazo de dos meses desde su notificación, y de revisión por las causas específicas previstas legalmente.

Haciendo constar que el interesado tiene a su disposición el texto íntegro del mencionado laudo de la sede de esta Junta Arbitral del Transporte de Aragón (paseo M.ª Agustín, 36-edificio Pignatelli-planta 1.ª, puerta 7. Zaragoza) adscrita a la Dirección General de Transportes y Planificación de Infraestructuras del Gobierno de Aragón.