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RESOLUCIÓN de 6 de junio de 2016, de la Dirección General de Planificación y Formación Profesional, por la que se modifica la autorización del Centro Privado de Formación Profesional Específica "CPA Salduie" de Zaragoza, para impartir los Ciclos Formativos de Técnico Superior en "Animación 3D, Juegos y Entornos Interactivos", "Animación de Actividades Físicas y Deportivas" y "Educación Infantil", en la modalidad a distancia.

Publicado el 24/06/2016 (Nº 121)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Examinado el expediente administrativo instruido a instancia del representante de la entidad titular del Centro Privado de Formación Profesional Específica "CPA Salduie", código 50011574, con domicilio en la Avda. Ramón Sainz de Varanda, 1-3 de Zaragoza, solicitando modificación de la autorización para impartir los ciclos formativos de grado superior en "Animación 3D, Juegos y Entornos Interactivos - IMS305 ", "Animación de Actividades Físicas y Deportivas - AFD301" y "Educación Infantil - SSC302", en la modalidad a distancia.

Habida cuenta de que el centro tiene autorizados estos ciclos en la modalidad presencial.

Vistos los informes emitidos sobre la adecuación de la plataforma de teleformación y la disponibilidad e idoneidad de medios, materiales y humanos, para garantizar el correcto desarrollo de las enseñanzas a distancia.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, en la Orden de 8 de mayo, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se regulan las enseñanzas de los ciclos formativos de Formación Profesional y Enseñanzas Deportivas en la modalidad a distancia en la Comunidad Autónoma de Aragón, y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 11 del Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, el Director General de Planificación y Formación Profesional, resuelve:

Primero.- Modificar la autorización del centro docente privado que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro Privado de Formación Profesional Específica

Denominación específica: "CPA Salduie"

Titular: Fundación CPA-Salduie

Código: 50011574

Domicilio: Avda. Ramón Sainz de Varanda, 1-3

Localidad: Zaragoza

Municipio: Zaragoza

Provincia: Zaragoza

Enseñanzas, en la modalidad a distancia, que se autorizan:

- Ciclo Formativo de Técnico Superior en Animación 3D, Juegos y Entornos Interactivos - IMS305, número de puestos escolares: 40 alumnos por módulo profesional.

- Ciclo Formativo de Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas - AFD301, número de puestos escolares: 40 alumnos por módulo profesional.

- Ciclo Formativo de Técnico Superior en Educación Infantil - SSC302, número de puestos escolares: 40 alumnos por módulo profesional.

Como resultado de la modificación de la autorización, el centro queda configurado de la siguiente forma:

Segundo.- La presente resolución surtirá efecto desde el inicio del curso 2016/2017.

Tercero.- De conformidad con el artículo 11 de la Oden de 8 de mayo, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se regulan las enseñanzas de los ciclos formativos de Formación Profesional y enseñanzas deportivas en la modalidad a distancia en la Comunidad Autónoma de Aragón, la extinción o revocación de la autorización de la enseñanza en la modalidad presencial conllevará la extinción o revocación de dicha enseñanza en la modalidad a distancia.

Cuarto.- La modificación de la autorización no implica concierto educativo para las nuevas enseñanzas autorizadas.

Quinto.- El Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de Zaragoza, previo informe de la Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Sexto.- Dicho Centro continúa adscrito, a efectos administrativos, al I.E.S. "Tiempos Modernos" de Zaragoza.

Séptimo.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.

Octavo.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente resolución.

Noveno.- Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción establecida por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 6 de junio de 2016.

El Director General de Planificación

y Formación Profesional,

RICARDO ALMALÉ BANDRÉS