No habiendo sido posible notificar el acuerdo de iniciación del expediente sancionador 444/12-C, por infracción del artículo 80.c) la Ley 16/2006, de 28 de diciembre, de Protección y Defensa de los Consumidores y Usuarios de Aragón («Boletín Oficial de Aragón» n.º 149 de 30 de diciembre de 2006), se procede a la notificación conforme determina el artículo 59.4 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» n.º 12, de 14 de enero de 1999), a la empresa que se detalla en el anexo, haciendo constar que los interesados tienen a su disposición en este Servicio Provincial el acuerdo de iniciación del expediente indicado.
Se le da por notificado a todos los efectos, significándole que tiene un plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación para formular alegaciones.
Teruel, 21 de mayo de 2012.- El Director del Servicio Provincial de Sanidad, Bienestar Social y Familia, José Luis Méndez Solano.
Expediente: 444/12-C
Fecha: 15 de marzo de 2012
Nombre: CBN Consultores, S. L.
Población: Jamilena
Provincia: Jaén
Preceptos infringidos: Artículo 80.c) de la Ley 16/2006, de 28 de diciembre, del Gobierno de Aragón, de Protección y Defensa de los Consumidores y Usuarios de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón" n.º 149, de 30 de diciembre de 2006).