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CORRECCIÓN errores de la Orden de 7 de agosto de 2014, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se establecen los costes de las plazas contratadas o concertadas por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales para el año 2014

Publicado el 18/08/2014 (Nº 160)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

Advertido error material en la Orden citada, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 159, de 14 de agosto de 2014, se procede a su subsanación de conformidad con el artículo 105.2 de la Ley 39/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en los siguientes términos:

En la página 27346:

En el título de la Orden, donde dice: "...se establecen los costes de las plazas contratadas o concertadas por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales para 2014."; debe decir: "...se establecen los costes de las plazas y servicios contratados, concertados o conveniados por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales para el año 2014."

En la página 27346:

Los dos primeros párrafos del Artículo Único se modifican, resultando su redacción como sigue:

Artículo Único. Determinación del coste de las plazas y servicios concertados, contratados o conveniados por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales.

Con efectos de 1 de enero de 2014, los costes de los distintos tipos de plazas en Centros objeto de contratación, concertación o convenio por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales, la ejecución de los programas de intervención individualizada del Programa de Atención Temprana regulado en la Orden de 20 de enero de 2003 del Departamento de Salud, Consumo y Servicios Sociales (actualmente Sanidad, Bienestar Social y Familia), así como, el coste por la prestación del servicio de ayuda a domicilio que el Instituto Aragonés de Servicios Sociales encomiende a las entidades locales, serán los siguientes, sin incluir el IVA que, en su caso, resulte aplicable:

En la página 27347, se añade el siguiente punto "5. Coste de la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio para personas en situación de dependencia que el Instituto Aragonés de Servicios Sociales encomiende a las Entidades Locales a través de convenios de colaboración y cuya Resolución aprobatoria del Programa Individual de Atención (PIA) tengan contemplado dicho servicio como recurso idóneo

a) Para personas en situación de dependencia:

Coste/hora: hasta un máximo de 16,50 euros/hora".