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RESOLUCIÓN de 6 de abril de 2022, del Director General de Calidad y Seguridad Alimentaria, por la que se determinan los procedimientos para la solicitud, sorteo, concesión y modificación de la oferta pública de determinados permisos de caza destinados a cazadores autonómicos y comunitarios en las reservas y cotos sociales de caza de Aragón para la temporada 2022-2023.

Publicado el 25/04/2022 (Nº 78)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón, anualmente se redactan los planes anuales de aprovechamientos cinegéticos de las reservas de caza y cotos sociales de caza de Aragón para cada temporada cinegética.

La Orden AGM/590/2021, de 25 de mayo, por la que se aprueba el Plan General de Caza de Aragón para la temporada 2021-2022, señala en su artículo 42 que los planes anuales de aprovechamiento cinegético de las reservas de caza y de los cotos sociales se aprobarán por resolución de la persona a cargo de la dirección general con competencias en materia de caza. Fruto de lo anterior es la aprobación de la "Resolución de 6 de abril de 2022, del Director General de Calidad y Seguridad Alimentaria, por la que se aprueban los planes anuales de aprovechamiento cinegético de las Reservas de Caza de la Garcipollera, Los Valles, Viñamala, Los Circos, Benasque, Montes Universales y Masías de Ejulve-Maestrazgo y de los Cotos Sociales de Ainielle, Artaso y Sieso, Isín y Asún, Nueveciercos, La Guarguera, Pardina de Fanlo, La Solana de Burgasé, Castelfrío y Mas de Tarín, Rueita y los Landes y Alcañicejos-Las Hoyas (Tosos) para la temporada 2022-2023". En esta Resolución se establecen los cupos a abatir de las distintas especies que pueden ser objeto de caza en cada uno de dichos terrenos cinegéticos, así como, caso de ser necesario, el procedimiento de los sorteos para el reparto de los permisos disponibles. En dicha Resolución se establecen también las cuotas de entrada, complementarias y otras cuotas para la caza en las reservas y cotos sociales de caza de Aragón que serán de aplicación a partir de su publicación.

Para la caza de determinadas especies en reservas y cotos sociales de caza, las solicitudes de personas cazadoras con la categoría de cazador autonómico y comunitario son mucho más numerosas que el cupo de caza establecido, por lo que es necesario establecer la metodología del reparto de permisos disponibles mediante un sorteo que permita concederlos de forma aleatoria, cuestión que se determina en la presente Resolución.

Por su parte, el apartado tercero del artículo 33 del citado Plan General de Caza establece que las solicitudes para participar en un sorteo para la obtención de un permiso de caza en reservas y cotos sociales de caza deberán presentarse obligatoriamente por medios telemáticos ante la administración. No obstante, se especifica que dicha obligatoriedad podrá no ser de aplicación para los cazadores locales si así se dispone por resolución de la persona a cargo de la dirección general competente en materia de caza, cuestión que ha sido considerada en la Resolución de 6 de abril de 2022, antes mencionada. Por el contrario, y dado el volumen de solicitudes que se reciben todos los años para las categorías de cazador autonómico y comunitario, se determina en la presente Resolución que las personas cazadoras con dichas categorías deberán presentar su solicitud por medios telemáticos según se expone más adelante. Asimismo, se indica que las personas físicas que lo deseen podrán acudir a las Oficinas Comarcales Agroambientales o a las Áreas Medioambientales para recibir ayuda en la presentación de su solicitud individual electrónica y para poderlas presentar desde dichas oficinas.

Artículo 1. Objeto.

El objeto de esta Resolución es establecer los procedimientos de solicitud, sorteo, concesión y cambio de los permisos correspondientes a la oferta pública de caza destinada a cazadores autonómicos y comunitarios en las reservas de caza y cotos sociales de caza de Aragón para la temporada 2022-2023 que aparecen en el anexo I.

Artículo 2. Tipos de permisos.

1. Se entiende por "tipo de permiso" al permiso concreto que permite abatir especímenes mediante una modalidad de caza concreta en una reserva o coto social específico.

2. Los "tipos de permiso" que se sortearán son los siguientes:

"Sarrio macho trofeo a rececho".

"Sarrio macho no medallable a rececho".

"Sarrio macho o hembra selectivo a rececho".

"Ciervo macho trofeo a rececho".

"Ciervo macho selectivo a rececho".

"Ciervo hembra y gabato a rececho".

"Cérvidos control poblacional selectivo a rececho".

"Corzo macho trofeo a rececho".

"Cabra montés macho trofeo a rececho".

"Cabra montés macho no medallable a rececho".

"Cabra montés control poblacional selectivo a rececho".

"Becada".

"Batidas".

En el anexo I se reseña el cupo asignado para cada tipo de permiso a cazadores autonómicos y comunitarios, así como los terrenos cinegéticos en los que se podrá ejercitar su caza.

Artículo 3. Oferta pública de permisos de caza para cazadores autonómicos y comunitarios que se sortean.

1. Se entiende por "oferta pública de permisos de caza para cazadores autonómicos y comunitarios que se sortean" al conjunto de permisos reservados a cazadores autonómicos y comunitarios que se adjudicarán por sorteo en las reservas y cotos sociales gestionados por el Gobierno de Aragón. Esta oferta se plasma en una serie de "tipos de permisos" que están planificados para cada una de las reservas y cotos sociales de caza diferenciando entre permisos para cazadores autonómicos y comunitarios.

2. En los dos sorteos amparados por esta Resolución, uno destinado a cazadores autonómicos y el otro a cazadores comunitarios, se sortearán los permisos de caza para 2022-2023 que aparecen en el anexo I.

Artículo 4. Solicitudes.

1. Las solicitudes para participar en un sorteo de caza deberán efectuarse desde la Sede Electrónica del Gobierno de Aragón accesible en el siguiente enlace:

https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/participacion-sorteos-permisos-caza-2022.

El solicitante se identificará mediante certificado electrónico o clave permanente. Si al presentar su solicitud por vía telemática surge alguna dificultad técnica, el solicitante podrá dirigirse a soportesae@aragon.es o llamar al teléfono 976 289414 (de 8:00 a 18:00 de lunes a jueves y de 8:00 a 16:00 los viernes) o consultar la duda o problema a través del Formulario de consultas (http://aplicaciones.aragon.es/saco_core/formConsulta.action).

2. Cada solicitante con categoría de autonómico o comunitario podrá presentar una única solicitud por temporada cinegética para todo el conjunto de reservas y cotos sociales de caza. En el caso de recibirse más de una solicitud, se considerará como válida sólo la última y el resto se anulará.

3. En el anexo I se lista la oferta pública de permisos de caza que se sortean correspondientes a esta Resolución y se indica el cupo de permisos para cada categoría de cazador que se sortearán. En la solicitud telemática se indicarán, ordenados de mayor a menor preferencia, un máximo de diez de los permisos de caza que aparecen en el anexo I. Si así se desea, no será necesario rellenar la totalidad de las diez preferencias.

4. El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales comenzando a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".

Artículo 5. Sorteo de los permisos.

1. La aplicación informática de solicitudes realizará de forma automática dos listados, uno de personas solicitantes autonómicas y otro de personas solicitantes comunitarias. Las solicitudes de cada uno de los dos listados anteriores recibirán un número correlativo a partir del uno.

2. Tras la finalización del plazo de presentación de solicitudes, en fecha, hora y lugar que será anunciada en la url https://www.aragon.es/-/tramitacion-de-permisos-en-cotos-sociales-y-reservas-de-caza-resultados-de-sorteos- personal funcionario competente en caza del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente realizará los sorteos referidos en el apartado 4 siguiente. Si por alguna causa el sorteo no pudiera realizarse el día indicado, se llevará a cabo el siguiente día hábil al anunciado.

3. A los sorteos se podrá asistir previa solicitud por escrito dirigida a la dirección general competente en materia de caza. En caso de establecerse aforo máximo presencial, se realizará un sorteo previo entre las personas que hayan solicitado asistir.

4. Metodología del sorteo:

Se efectuarán dos sorteos, el primero será el "Sorteo para Cazadores Autonómicos" (personas empadronadas en algún municipio Aragonés y no locales para el terreno cinegético para el que se solicita el permiso) y el segundo el "Sorteo para Cazadores Comunitarios" (personas que disponen de la nacionalidad de algún país de la Unión Europea y que no están empadronadas en un municipio aragonés).

Cada listado estará ordenado por fecha y hora de grabación de la solicitud y se constituirán los dos listados: "listado general de solicitudes autonómicas" y "listado general de solicitudes comunitarias". Para cada uno de los dos sorteos, un programa o aplicación informática elegirá un número pseudo-aleatorio entre el "uno" y el número más alto asignado a las solicitudes correspondientes a cada uno de los dos sorteos. Estos dos números pseudo-aleatorios se inicializarán mediante su respectiva semilla aleatoria obtenida de la fecha y hora, calculada hasta la milésima de segundo, del instante preciso en el que se ejecute el algoritmo de cálculo del sorteo. Este mismo tipo de semilla aleatoria es el que también se empleará en los demás procesos aleatorios que realice la aplicación.

Las solicitudes que hayan sido elegidas y agraciadas con un permiso pasarán al "listado de solicitudes agraciadas". Solicitud agraciada será aquella que haya sido elegida al azar y a la que se le oferte un permiso disponible de entre los que aparezcan en la solicitud tanto si decide disfrutar del permiso como si se renuncia al mismo. El "listado de solicitudes no agraciadas" se ordenará de forma aleatoria obteniéndose el "listado aleatorio de solicitudes no agraciadas" que quedará en forma de tabla en la aplicación informática que efectuará los sorteos, pudiéndose también exportar los datos a una tabla excel.

En el caso de renuncia al disfrute del permiso de caza o de incumplimiento de condiciones por parte de la persona cazadora agraciada, el permiso no disfrutado se asignará al primer solicitante que aparezca en el "listado aleatorio de solicitudes no agraciadas" que haya solicitado ese mismo tipo de permiso. Desde el Servicio provincial territorialmente competente se contactará con esta persona mediante llamada telefónica y se le ofertará el permiso. En el caso de una nueva renuncia, se repetirá el proceso hasta encontrar una persona que desee disfrutar del permiso. La persona del "listado aleatorio de solicitudes no agraciadas" a la que se le oferte una vacante de un tipo de permiso incluido en su solicitud se excluirá de dicho listado, tanto si acepta la solicitud como si no lo hace y pasará al listado de solicitudes agraciadas.

Artículo 6. Adjudicación de los permisos a las solicitudes elegidas.

1. Cada persona solicitante podrá resultar agraciada como máximo con un permiso de caza por sorteo con excepción de lo establecido en el artículo 7. 12.

2. Orden a seguir, preferencias y disponibilidad de cupo:

El número resultante de cada sorteo (autonómico y comunitario) será utilizado por la aplicación informática para realizar de forma automática todo el proceso posterior de asignación de permisos. El número resultante corresponderá al de la solicitud cuyo número coincida en el listado correspondiente ("listado general de solicitudes autonómicas" o "listado general de solicitudes comunitarias") y a la que se le concederá el permiso indicado como primera preferencia.

La segunda solicitud elegida será la que se encuentre diez posiciones más adelante de la primera y este proceso se irá repitiendo, de tal forma que, si la primera solicitud elegida fue el número 9.258, la segunda será el número 9.268, la tercera el número 9.278 y así sucesivamente.

Caso de llegar al final del listado sin que se hayan adjudicado la totalidad de los permisos de caza disponibles se continuará contando desde el inicio manteniendo el "salto" de diez puestos. Si el número total de solicitudes de la lista fuesen 10.000 y último número elegido en el primer conteo fuese el 9997 se volverían a contar 10 posiciones y al llegar a 10.000 se empezaría por el inicio de la lista de tal forma que el siguiente número elegido sería el número 7 de esa misma lista. Esta lista habrá variado con respecto al primer conteo debido a que de la misma se habrán retirado los números correspondientes a las solicitudes a las que se les haya concedido un permiso.

Las personas con solicitudes elegidas podrán ser adjudicatarias de un permiso de caza. El permiso asignado será aquel de entre los que cuenten con cupo disponible (todavía no agotado) con una preferencia más alta indicada en la solicitud. De este modo, si todavía no se ha agotado el cupo del permiso indicado en primera preferencia se asignará ese permiso. Si no hubiera cupo de permiso para la primera preferencia, se asignará, si hay cupo, el permiso indicado como segunda preferencia, y así sucesivamente. Si no hubiera cupo para ninguna de las preferencias seleccionadas en una determinada solicitud elegida por sorteo numérico ésta quedará sin asignación de permiso, pasando a formar parte del "listado aleatorio de solicitudes no agraciadas".

En el caso de que un determinado tipo de permiso se sortee conjuntamente para los terrenos cinegéticos englobados bajo la denominación de "Reservas de caza pirenaicas" o "Cotos Sociales de Huesca", la asignación de los permisos disponibles se realizará en el siguiente orden:

- Reservas de caza pirenaicas: primero se asignarán los permisos correspondientes a la Reserva de Caza de Benasque seguidos de los de las Reservas de Caza de Los Circos, Los Valles y Viñamala.

Cotos Sociales de Huesca: primero se asignarán los permisos correspondientes al coto social de Ainielle, seguidos de los de los cotos sociales de Artaso y Sieso, La Guarguera, Isin y Asún, La Pardina de Fanlo, La Pardina de Nueveciercos y La Solana de Burgasé.

En primer lugar, se asignarán todos los permisos disponibles correspondientes a un mismo "tipo de permiso" disponibles para el primer terreno cinegético que aparece en el listado y cuando se hayan agotado los mismos se hará lo mismo con los siguientes permisos siguiendo el orden anterior.

Artículo 7. Procedimiento administrativo de adjudicación de los permisos.

1. Los permisos para la caza en las reservas y cotos sociales de caza se concederán mediante resolución de la persona a cargo de la dirección del servicio provincial competente tanto en materia de caza como por cuestión del territorio. En la resolución quedarán recogidas todas aquellas condiciones particulares de obligado cumplimiento. Los permisos son personales e intransferibles, y autorizan a la realización de las actividades de caza para las que específicamente hayan sido extendidos.

2. En el caso de las solicitudes que habiendo resultado agraciadas con un permiso en el sorteo estén incompletas o tengan algún dato erróneo se concederá a la persona interesada un periodo de diez días naturales para la subsanación de las deficiencias. Si dichas deficiencias no fuesen subsanadas en el periodo indicado, la persona agraciada perderá todo derecho sobre el permiso de caza y se podrá efectuar rescate telefónico de la siguiente persona que aparezca en el "listado aleatorio de solicitudes no agraciadas" y que tuviera ese tipo de permiso incluido entre sus preferencias.

3. Tras conocer los resultados del sorteo, la persona que ostente la dirección del servicio provincial competente expedirá la correspondiente resolución por la que se concede el permiso para cazar en la reserva o coto social de caza que será enviada a la persona agraciada.

4. En la resolución se indicará, entre otros aspectos, la persona titular del permiso, especie, modalidad de caza, número de permiso, categoría del cazador, fechas de caza, condiciones del permiso, cuota de entrada, forma de pago de la misma y procedimiento para la justificación de dicho pago.

5. La práctica de la caza estará sujeta al condicionado establecido en la resolución por la que se concede el permiso para cazar en el terreno cinegético de que se trate.

6. La efectividad del permiso de caza estará condicionada al cumplimiento de la obligación económica del pago de la cuota de entrada en la forma, plazos y cuenta bancaria que se comunique a la persona titular del permiso. El abono del permiso implica la aceptación por parte del cazador de todas la normas y condiciones en él incluidas.

7. Una vez recibido en el servicio provincial competente la justificación del pago de la cuota de entrada, se le indicará a la persona interesada que se ha dado traslado de su permiso a la guardería con el fin de permitir y concertar con el guía de caza asignado su entrada a cazar en la reserva o coto social de caza.

8. En caso de no realizar y justificar el pago de la cuota de entrada en tiempo y forma, según aparezca indicado en la resolución, la persona titular del permiso perderá todos los derechos sobre el permiso de caza, quedando sin efecto la resolución por la que se concede permiso para cazar en la reserva o coto social y sin necesidad de notificación expresa.

9. Las cuotas complementarias se liquidarán tras la caza según documento de pago entregado por el personal de la reserva o coto social de caza, en el que se incluirán, además de las cuotas por los ejemplares cobrados y heridos no cobrados, los posibles recargos por utilización de munición con plomo y, en su caso, por utilización de vehículo de la administración o sala de tratamiento de caza.

10. En el caso de los permisos de becada y batida, la persona a la que se le haya concedido el permiso será la responsable de formar la cuadrilla de caza según las instrucciones expuestas en el permiso de caza que haya recibido.

11. A los efectos de facilitar su propia consulta a través de Internet, la persona agraciada con un permiso en el sorteo da su conformidad a que se publique el número de su DNI o pasaporte, en el que aparecerán algunos de sus números ocultos, en la página web http://www.aragon.es/medioambiente/caza junto con el tipo de permiso para el que ha resultado agraciada.

12. Si una persona agraciada renuncia a un permiso se podrá efectuar rescate telefónico de la persona solicitante que corresponda por orden en el "listado aleatorio de solicitudes no agraciadas" y que tuviera ese tipo de permiso incluido entre sus preferencias. En el caso de que ningún cazador del "listado aleatorio de solicitudes no agraciadas" quiera el permiso, éste se ofertará al primer solicitante de los que aparezcan en el listado de agraciados que haya solicitado ese permiso concreto y al que no se le haya ofertado un segundo permiso.

Artículo 8. Modificación de los permisos de caza.

1. En el caso de permisos en los que por causa de fuerza mayor justificada mediante acreditación documental no sea posible practicar la cacería en las fechas asignadas podrán solicitar, al servicio provincial territorialmente competente mediante correo electrónico (Huesca: cazaypescahu@aragon.es, Teruel: cazaypescateruel@aragon.es o Zaragoza cazaypescaz@aragon.es), el cambio de fechas de los permisos que se les hayan asignado. En todos los casos se exigirá documentación acreditativa de la causa alegada.

2. En caso de respuesta positiva a las solicitudes de cambio de fecha, la persona que ostente la dirección del servicio provincial con competencias en materia de caza y territorialmente competente emitirá una nueva resolución concediendo una nueva fecha para el permiso de caza. La nueva resolución con el cambio de fecha será enviada por los medios establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, al interesado y, en el caso de que se envíe por correo postal, podrá, además, adelantarse por correo electrónico.

3. Si hubiese problemas de disponibilidad de los guías de caza (agentes para la protección de la naturaleza o de los guardas, vigilantes o celadores de caza) para estar presentes durante la cacería en una fecha distinta de la inicial, la persona que ostente la dirección del servicio provincial podrá decidir no conceder una nueva fecha para la ejecución del permiso de caza aun cuando considerase que la solicitud de cambio de fecha estuviera suficientemente justificada. En el caso de que no le sea concedida una nueva fecha para la ejecución del permiso de caza el solicitante no podrá reclamar la devolución del importe de la cuota de entrada.

4. Por motivos de organización y eficacia, el servicio provincial competente podrá ofertar al cazador fechas de caza distintas a las inicialmente asignadas y será una decisión voluntaria del cazador el aceptar el cambio propuesto o mantener la fecha inicial asignada.

Artículo 9. Importe de los permisos de caza.

1. El importe de cada permiso se compone de una cuota de entrada, que se deberá abonar antes de que el permiso sea ejecutado, y de una cuota complementaria, que sólo se deberá abonar si se hiere o cobra pieza. En el caso de las batidas, la cuota de entrada podrá abonarse, a criterio del servicio provincial competente, con posterioridad a la realización de la batida en el momento de abonar la cuota complementaria. Además de las cuotas complementarias por los ejemplares cobrados y heridos no cobrados, se abonarán los posibles recargos por utilización de munición con plomo en los recechos, y, en su caso, las cuotas por utilización de vehículo de la administración o sala de tratamiento de caza.

2. Corresponderá a cada tipología de cazador el pago de las respectivas cuotas de entrada que procedan a su categoría individual, correspondiendo el pago de la cuota complementaria según la tipología de la cuadrilla o a la del propio cazador en el caso del rececho.

3. El total resultante de las cuotas complementarias de todos los permisos de caza mayor a rececho, incluidos los permisos de la propiedad, tendrá un recargo de 25 euros en el caso de que la munición empleada por el cazador contenga más del 1% en peso de plomo. Este recargo será efectivo tras la realización del primer disparo con este tipo de munición.

4. Las cuotas de entrada, complementarias y otras cuotas de los permisos de caza en las reservas y cotos sociales de Aragón se actualizan y exponen en el anexo VII de la "Resolución de 6 de abril de 2022, del Director General de Calidad y Seguridad Alimentaria, por la que se aprueban los planes anuales de aprovechamiento cinegético de las Reservas de Caza de la Garcipollera, Los Valles, Viñamala, Los Circos, Benasque, Montes Universales y Masías de Ejulve-Maestrazgo y de los Cotos Sociales de Ainielle, Artaso y Sieso, Isín y Asún, Nueveciercos, La Guarguera, Pardina de Fanlo, La Solana de Burgasé, Castelfrío y Mas de Tarín, Rueita y los Landes y Alcañicejos-Las Hoyas (Tosos) para la temporada 2022-2023".

Zaragoza, 6 de abril de 2022.

El Director General de Calidad y Seguridad Alimentaria,

ENRIQUE NOVALES ALLUÉ