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RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2016, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se modifica el concierto educativo del centro Santa Ana, de Zaragoza

Publicado el 20/01/2017 (Nº 13)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Con fecha 24 de noviembre de 2016 se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", la Orden ECD/1662/2016, de 21 de noviembre, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se resuelven los expedientes de acceso y modificación de los conciertos educativos para el curso académico 2016/2017. A la vista de la misma, el concierto del centro "Santa Ana", de Zaragoza, quedaba configurado de la forma siguiente:

Educación Infantil: 9 unidades.

Educación Primaria: 18 unidades.

Educación Secundaria Obligatoria: 12 unidades.

Total: 39 unidades.

Concluido el proceso de escolarización para el curso 2016/2017 y a la vista de los datos del Programa de Gestión Integral en Red (GIR), se considera justificada la modificación del concierto por un aula vacía de Educación Secundaria Obligatoria.

Con fecha 5 de diciembre de 2016, mediante Resolución provisional del Director General de Planificación y Formación Profesional, se comunicó al interesado la modificación del concierto y se le concedió un plazo de 10 días para practicar alegaciones o presentar la documentación que estimara pertinente.

Transcurrido dicho plazo y vistas las alegaciones manifestadas por el centro en fecha 13 de diciembre.

En virtud del Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, esta Dirección General resuelve:

Primero.- Aprobar la modificación del concierto educativo para el curso 2016/2017 para el centro "Santa Ana", código 50007731, sito en Paseo Canal,135, 50007 de Zaragoza, quedando establecido el concierto educativo para las unidades y enseñanzas que se indican a continuación:

Educación Infantil: 9 unidades.

Educación Primaria: 18 unidades.

Educación Secundaria: 11 unidades.

- Primer ciclo (1.º y 2.º ESO): 6 unidades.

- Segundo ciclo: 5 unidades (3 en 3.º y 2 en 4.º ).

Total: 38 unidades.

Segundo.- El concierto educativo que se modifica por esta resolución tendrá efectos desde el 1 de septiembre de 2016, generando desde esa misma fecha los derechos u obligaciones derivados de la aplicación de esta norma.

Tercero.- Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 30 de diciembre de 2016.

El Director General de Planificación y Formación Profesional, RICARDO ALMALÉ BANDRÉS