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RESOLUCIÓN de 16 de febrero de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 3 de octubre de 2006, por la que se otorga la autorización ambiental integrada a una explotación porcina de cebo, con capacidad actual para 478 UGM, y ubicada (tras revisión catastral) en el polígono 505, parcelas 104 y 122, del término municipal de Caspe (Zaragoza), y promovida por El Saso, S. C. (Número Expte. INAGA 500601/02/2014/05375).

Publicado el 16/03/2015 (Nº 51)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Con fecha 27 de mayo de 2014, se registra escrito en este Instituto por D. Juan Jesús Sánchez Vallejo, en representación de El Saso, S. C., con CIF: J50851419, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación en base a la modificación no sustancial aprobada por Resolución de 14 de abril de 2014, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.

Antecedentes de hecho

Primero.- La explotación dispone de autorización ambiental integrada, otorgada mediante Resolución, de 3 de octubre de 2006, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 122, de 20 de octubre de 2006 (Número Expte. INAGA 500301/02/2005/07911).

Segundo.- Mediante Resolución de 13 de diciembre de 2013, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 26 de diciembre de 2013, se procede a la actualización de dicha autorización ambiental integrada (Número Expte. INAGA 500601/02/2013/10155).

Tercero.- Mediante Resolución de 14 de abril de 2014, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se aprueba la modificación no sustancial de dicha autorización ambiental integrada por nueva construcción e incremento de capacidad hasta 478 UGM (Número Expte. INAGA 500601/02/2014/03489).

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución de 3 de octubre de 2006, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para una explotación porcina de cebo, en el término municipal de Caspe (Zaragoza), promovida por El Saso, S. C., en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 1 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

1. Otorgar la autorización ambiental integrada a El Saso, S. C., con CIF: J50851419, para una explotación porcina de cebo con capacidad para 478 UGM, ubicada en el polígono 505, parcelas 104 y 122, del término municipal de Caspe (Zaragoza), con unas coordenadas ETRS 89 (huso 30), X = 744.361, Y = 4.566.140. La autorización se otorga con el siguiente condicionado:

El punto 1.1 de la resolución queda sustitutito por lo siguiente:

1.1. Las instalaciones existentes se corresponden con: una nave de 79,10 m²; una nave de 306,90 m²; una nave de 72,30 x 14,30 m, con 1.033,89 m²; una nave de 215 m²; una nave de 192,50 m²; una nave de 407 m²; una nave de 1.093,30 m²; un almacén de 79,10 m²; un cobertizo de 90,40 m²; una oficina de 50 m²; una fosa de almacenamiento de purín con una capacidad de 1.531,25 m³; una fosa de cadáveres con capacidad para 75 m³; vado de desinfección y vallado perimetral".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 16 de febrero de 2015.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

NURIA GAYÁN MARGELÍ