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RESOLUCIÓN de 7 de abril de 2022, del Director Gerente del Instituto Aragonés de Empleo, por la que se delega en los Directores Provinciales del Instituto competencias en materia de subvenciones para la promoción del empleo.

Publicado el 21/04/2022 (Nº 76)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, PLANIFICACIÓN Y EMPLEO

Texto completo:

La Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, establece en su artículo 11 que el titular de cada Departamento de la Administración de la Comunidad es el órgano competente para la aprobación de las bases reguladoras de las subvenciones que puedan otorgar los Departamentos y los organismos públicos adscritos a ellos.

El artículo 3.4 del Decreto 29/2020, de 11 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Estructura Orgánica del Departamento de Economía, Planificación y Empleo, adscribe al departamento el Instituto Aragonés de Empleo, organismo autónomo que ejerce las funciones que le atribuya su norma específica de creación y cualquier otra norma en vigor que resulte de aplicación.

En este sentido, tanto el artículo 2 de la Ley 9/1999, de 9 de abril, de creación del Instituto Aragonés de Empleo, como el artículo 2.2.a) del Decreto 82/2001, de 10 de abril, por el que se aprueba los Estatutos del Instituto Aragonés de Empleo, atribuyen a este organismo, entre otras funciones, la gestión de los programas de apoyo y fomento de empleo.

Por otra parte, el artículo 8 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, establece que la competencia para la concesión de subvenciones corresponde, en los organismos públicos, al Presidente, Director Gerente o cargo asimilado, según la norma de creación de o las bases reguladoras de las subvenciones.

En relación con el ámbito material de la competencia objeto de delegación, el apartado 3 de artículo 51 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, establece que corresponde a los Presidentes y Directores de Organismos Autónomos de la Comunidad Autónoma la autorización y disposición de los créditos, el reconocimiento de las obligaciones y la ordenación de los pagos relativos a la ordenación económica y financiera desarrollada por los mismos. El apartado 4 del artículo 51 contempla la posibilidad de delegar tales facultades.

Asimismo, el artículo 11.1.e) de la Ley 9/1999, de 9 de abril, de creación del Instituto Aragonés de Empleo, atribuye a su Director la competencia para autorizar los gastos, efectuar las disposiciones, contraer obligaciones y ordenar pagos, dentro de los límites fijados por la normativa vigente en materia presupuestaria, sin perjuicio de las delegaciones que efectúe en otros órganos inferiores.

Al objeto de conseguir una mayor agilidad en la gestión y con el fin de lograr una mayor eficacia y celeridad en la resolución de los procedimientos de concesión de subvenciones públicas, se han dictado diversas resoluciones de delegación de competencias por la persona titular de la Dirección Gerencia en favor de los directores/as provinciales del Instituto Aragonés de Empleo.

Para no dar lugar a equívoco en el alcance de la delegación de dichas competencias, en aras del principio de seguridad jurídica, se dicta esta Resolución en la que se incluye el objeto de la delegación y se citan todas las líneas de subvención afectadas, dejando sin efecto resoluciones de delegaciones de competencia anteriores para subvenciones en materia de fomento del empleo.

El artículo 10 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, permite la delegación del ejercicio de competencias dentro de los límites del artículo 12 de la citada Ley, donde no se prohíbe la delegación de competencias en materia de subvenciones y ayudas públicas.

De acuerdo con lo establecido en su artículo 13, la delegación de competencias deberá ser aprobada previamente por la persona titular del departamento de quien dependa el órgano delegante y, en el caso de los órganos públicos vinculados o dependientes, por quien ostente la titularidad del órgano máximo de dirección, de acuerdo con sus normas de creación.

En virtud de lo anteriormente expuesto y, de acuerdo con las competencias que tengo atribuidas por el artículo 11 de la Ley 9/1999, de 9 de abril, de creación del Instituto Aragonés de Empleo, resuelvo:

Primero.- Delegar en los Directores Provinciales del Instituto Aragonés de Empleo el ejercicio de las competencias para la concesión de subvenciones cuyas bases reguladoras se detallan en el anexo de esta Resolución.

El ejercicio de las competencias delegadas por esta Resolución se ajustará a lo establecido en el Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, debiendo indicar expresamente las resoluciones que se adopten al amparo de esta delegación esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Segundo.- La facultad para conceder las subvenciones lleva implícita la competencia para adoptar todos los actos de gestión presupuestaria que resulten necesarios, así como la firma de todos los documentos administrativos y contables derivados de la tramitación de los expedientes.

Tercero.- La delegación de competencias efectuada por la presente Resolución se entiende sin perjuicio de que el órgano delegante pueda revocarla en cualquier momento, en los términos establecidos en el artículo 10.4 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón.

Cuarto.- La presente Resolución deja sin efecto:

Resolución de 31 de mayo de 2016, de la Directora Gerente del Instituto Aragonés de Empleo, por la que se delega la competencia para resolver las solicitudes de subvención previstas en la Orden EIE/529/2016, de 30 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el estímulo del mercado de trabajo y el fomento del empleo estable y de calidad.

Resolución de 22 de junio de 2016, de la Directora Gerente del Instituto Aragonés de Empleo, por la que se delega la competencia para resolver las solicitudes de subvención previstas en la Orden EIE/607/2016, de 6 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la creación y consolidación del empleo y la mejora de la competitividad en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 132, de 11 de julio de 2016.

Resolución de 23 de junio de 2016, de la Directora Gerente del Instituto Aragonés de Empleo, por la que se delega la competencia para resolver las solicitudes de subvención previstas en la Orden EIE/608/2016, de 7 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 132, de 11 de julio de 2016.

Resolución de 16 de julio de 2018, de la Directora Gerente del Instituto Aragonés de Empleo, por la que se delega la competencia para resolver las solicitudes de subvención previstas en la Orden EIE/1186/2018, de 3 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de fomento de la contratación estable y de calidad de jóvenes cualificados en el marco del Programa Aragonés para la Mejora de la Empleabilidad de los Jóvenes (PAMEJ), publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 157, 14 de agosto de 2018.

Resolución de 30 de marzo de 2021, del Director Gerente del Instituto Aragonés de Empleo, por la que se delegan las competencias para resolver las solicitudes, efectuar autorizaciones y disposiciones de gastos y contraer obligaciones de subvención previstas en la Orden EPE/35/2021, de 28 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa para el fomento y consolidación del empleo autónomo, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 79, de 13 de abril de 2021.

Resolución de 23 de diciembre de 2021, del Director Gerente del Instituto Aragonés de Empleo, por la que se delegan las competencias para resolver las solicitudes, efectuar disposiciones de gastos y contraer obligaciones de subvención previstas en la Orden EPE/1742/2021, de 15 de diciembre, por la que se aprueban los Proyectos SURGE y MEMTA y se establecen sus bases reguladoras para la concesión de las subvenciones públicas previstas en los mismos e incluidas en el conjunto de inversiones del Componente 23 "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGeneration EU, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 12, de 19 de enero de 2022

Resolución de 21 de enero de 2022, del Director Gerente del Instituto Aragonés de Empleo, por la que se delegan las competencias para resolver las solicitudes, efectuar disposiciones de gastos y contraer obligaciones de subvención, previstas en la Orden EPE/1532/2021, de 15 de noviembre, por la que se aprueba el Programa Pro-Digital y se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones contempladas en el mismo, para la formación de personas jóvenes egresadas o tituladas en competencias digitales, nuevas tecnologías, robótica e Industria 4.0, y para su posterior contratación laboral o acceso al autoempleo, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 22, de febrero de 2022.

Resolución de 9 de mayo de 2019, de la Directora Gerente del Instituto Aragonés de Empleo, por la que se delega en los Directores Provinciales de dicho Instituto la competencia para efectuar autorizaciones de gastos en el marco de diversos programas de promoción del empleo, dentro de los límites fijados por la normativa vigente en materia presupuestaria, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 97, de 22 de mayo de 2019.

Quinto.- La presente Resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer re­curso de alzada ante la Consejera de Economía, Industria y Empleo, en el plazo de un mes contado desde su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administra­ciones Públicas, en relación con el artículo 3.4 del Decreto 29/2020, de 11 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Estructura Orgánica del Departamento de Economía, Planificación y Empleo.

Zaragoza, 7 de abril de 2022.

El Director Gerente del Instituto Aragonés de Empleo,

RAÚL CAMARÓN BAGÜESTE