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RESOLUCIÓN de 18 de junio de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 16 de agosto de 2007, por la que se otorga la autorización ambiental integrada de una explotación porcina de cebo con capacidad para 336 UGM, ubicada en el polígono 4, parcela 141, del término municipal de Almuniente (Huesca), y promovida por D. Felipe Cremallé Sa (Número Expte. INAGA 500601/02/2015/02373).

Publicado el 29/07/2015 (Nº 145)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 9 de marzo de 2015, se presenta escrito en este Instituto, por D. Felipe Cremallé Sa, con NIF: 18041930V, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación por eliminación de las estufas de carbón con las que contaba el sistema de calefacción.

Antecedentes de hecho

Primero.- La explotación dispone de autorización ambiental integrada, otorgada mediante Resolución de 16 de agosto de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 104, de 3 de septiembre de 2007 (Número Expte. INAGA 500301/02/2006/10993).

Segundo.- Mediante Resolución de 13 de diciembre de 2013, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 26 de diciembre de 2013, se procede a la actualización de dicha autorización ambiental integrada (Número Expte. INAGA 500601/02/2013/10203).

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución de 16 de agosto de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para una explotación porcina de cebo, en el término municipal de Almuniente (Huesca), promovida por D. Felipe Cremallé Sa, en el siguiente punto, dejando inalterado el resto:

El punto 1.3 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1.3. El suministro eléctrico se realiza mediante un grupo electrógeno de gasoil de 10 kVA con consumo estimado 1.000 l anuales de este combustible. El consumo de energía será de 7.668 kWh/año.

Los límites de emisión de contaminantes a la atmósfera no superarán los valores siguientes: 616 mg/Nm³ de NOx y 625 mg/Nm³ de CO.

El control de las emisiones de los focos emisores se realizará por un organismo de control autorizado en materia de atmósferas cada cinco años".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 18 de junio de 2015.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

NURIA GAYÁN MARGELÍ