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ORDEN de 26 de diciembre de 2014, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación de la adenda al convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y las Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de Huesca, Teruel y Zaragoza, para la realización de actividades impulsoras de la apertura al mercado exterior de las empresas aragonesas.

Publicado el 15/01/2015 (Nº 9)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrita en el Registro General de Convenios con el núm. 2014/5/0028 la adenda suscrita, con fecha 3 de diciembre de 2014, por el Consejero de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón y el Presidente de la Cámara de Comercio e Industria de Zaragoza, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación de la citada adenda, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 26 de diciembre de 2014.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

ANEXO

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LAS CÁMARAS OFICIALES DE COMERCIO E INDUSTRIA DE HUESCA, TERUEL Y ZARAGOZA, PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES IMPULSORAS DE LA APERTURA AL MERCADO EXTERIOR DE LAS EMPRESAS ARAGONESAS

Zaragoza, a 3 de diciembre de 2014.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Arturo Aliaga López, Consejero de Industria e Innovación, en virtud del Decreto de 30 de diciembre de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se dispone su nombramiento, publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 1, de 3 de enero de 2012, y actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, según Acuerdo de este órgano, de fecha 2 de diciembre de 2014.

Y de otra, el Presidente de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Zaragoza, en representación de la misma, con CIF: Q50730011, con domicilio en paseo Isabel la Católica, 2, 50009-Zaragoza.

Actuando todas partes en el ejercicio de sus cargos y con la representación que ostentan, reconociéndose competentes para la suscripción del presente documento.

EXPONEN

I. El artículo 71.32.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, atribuye a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva en el fomento del desarrollo económico de la Comunidad. Este título competencial permite, sin lugar a dudas, que la Comunidad Autónoma pueda ejercer la actividad de fomento en dicha materia, como así se ha consagrado en el artículo 79 del Estatuto de Autonomía, en el que se afirma que en las materias de su competencia corresponde a la Comunidad Autónoma el ejercicio de dicha actividad de fomento.

El ejercicio de la competencia en materia de comercio exterior corresponde en la actualidad al Departamento de Industria e Innovación, de conformidad con lo establecido en el Decreto 27/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica de dicho Departamento y se le atribuyen, en particular, el ejercicio de las actividades de la Comunidad Autónoma en relación con las actuaciones en materia de comercio exterior y entre sus objetivos están la propuesta, desarrollo, coordinación, gestión y control del comercio exterior, dentro de las competencias de la Comunidad Autónoma, así como la planificación del comercio exterior, el desarrollo, seguimiento y ejecución de dicha planificación y el ejercicio de las actividades de la Comunidad Autónoma de Aragón en relación con el fomento y promoción de actuaciones en materia de comercio exterior.

II. El 11 de abril de 2014, se formalizó el convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y las Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de Huesca, Teruel y Zaragoza, para la realización de actividades impulsoras de la apertura al mercado exterior de las empresas aragonesas en el año 2014.

Con posterioridad, el 29 de octubre de 2014, la Cámara de Comercio e Industria de Zaragoza remite escrito dirigido a la Dirección General de Comercio y Artesanía, como órgano tutelante de la misma, en el que solicita la modificación de los convenios suscritos en distintas materias, solicitando que no se penalice a la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Zaragoza por la situación de falta de liquidez que, a pesar de las numerosas gestiones realizadas para la obtención de financiación, les impide llevar a cabo los pagos de las actuaciones realizadas en los plazos previstos inicialmente.

III. Al tratarse de una adenda que únicamente modifica, dentro de la misma anualidad presupuestaria, los plazos de aportación de la documentación justificativa previstos en el convenio suscrito con fecha de 11 de abril de 2014, los objetivos perseguidos son los mismos que los descritos en la memoria de 6 de marzo de 2014.

Sin embargo, es importante resaltar los cambios en el contexto económico general y las necesidades que estos cambios están creando en las empresas. Los datos sobre la evolución de las exportaciones aragonesas y españolas durante 2014 muestran un incremento de actividad respecto al año 2013, tanto referido al número de empresas que están realizando actividad exportadora como al volumen de negocio de las exportaciones aragonesas.

Respecto al número de empresas exportadoras, se observa que las empresas exportadoras consolidadas (que se corresponde con aquellas empresas que exportan más de 50.000 euros al año durante cuatro años consecutivos) están creciendo en Aragón frente a un descenso en España. Este dato tiene una vertiente positiva, al crearse en Aragón un tejido de empresas expertas en exportación cada vez mayor. Sin embargo, muestra la necesidad de reforzar los procedimientos de incorporación de nuevas empresas y de su acompañamiento, ya que el crecimiento de las exportaciones aragonesas, creado por las mismas empresas que ya exportaban, no es suficiente para alcanzar o superar la media de crecimiento de exportaciones españolas, sino que serán realizadas también por nuevas empresas de reciente incorporación a la actividad exportadora y para añadir mayor impulso al crecimiento de las exportaciones y al aprovechamiento de las oportunidades de crecimiento y negocio de los mercados exteriores.

IV. Por consiguiente, ante un nuevo marco administrativo que ha influido considerablemente en la tesorería de la Cámara de Comercio de Zaragoza, el Gobierno de Aragón y la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Zaragoza consideran justificada la necesidad de modificar el convenio de colaboración, suscrito con fecha 11 de abril de 2014, en lo concerniente al plazo para la presentación de la documentación justificativa, formalizando para ello, entre ambas partes, esta adenda conforme a las siguientes

Primera.- Se modifica el punto 1 de la cláusula quinta del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y las Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de Huesca, Teruel y Zaragoza, para la realización de actividades impulsoras de la apertura al mercado exterior de las empresas aragonesas, de fecha 11 de abril de 2014, que queda redactado en los siguientes términos:

"Quinta. Plazo y forma de justificación.

1. La justificación de la aplicación de la ayuda por parte de las Cámaras deberá efectuarse con anterioridad al 6 de diciembre de 2014 para los gastos pagados hasta el día 5 de diciembre y con anterioridad al 30 de abril de 2015 para los gastos pagados en los meses de noviembre y diciembre, que no podrán superar el 25% de los gastos totales. Serán admisibles los gastos de personal e IRPF de profesionales devengados hasta el 31 de diciembre de 2014 cuyos pagos se hacen con posterioridad al periodo mencionado, admitiendo como justificante en el periodo de la justificación la previsión de los mismos siempre que responda a una continuidad en las acciones del convenio y se presente un aval por la cuantía prevista. No obstante, deberá realizarse la justificación efectiva de los mismos con anterioridad al 30 de abril de 2015. Si dicha justificación no se realizara en el plazo indicado, las Cámaras deberán reintegrar el importe abonado correspondiente a los documentos de previsión de gastos.

No obstante, con anterioridad al plazo establecido en el apartado 1 de esta cláusula, se podrán realizar por parte de las Cámaras justificaciones parciales al ritmo de ejecución de las acciones subvencionadas, presentando la documentación prevista en esta cláusula".

Segunda.- Mantener el resto del texto del convenio en su redacción actual.

En prueba de conformidad, firman el presente documento, por cuadruplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento, entendiéndose que con esta firma la beneficiaria acepta la subvención y todas y cada una de las condiciones expresadas en este convenio y en la normativa aplicable a las subvenciones otorgadas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.