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ORDEN PRI/471/2022, de 25 de febrero, por la que se aprueba la delegación de competencias de la Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal en la Dirección General de Relaciones Institucionales, para la ejecución del "Proyecto de movilización de los recursos forestales, patrimoniales y culturales en los montes de utilidad pública de la Ciudad y Comunidad de Albarracín".

Publicado el 21/04/2022 (Nº 76)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Texto completo:

Con fecha 10 de diciembre de 2020, se firmó el convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Aragón para fomentar el desarrollo económico de la provincia de Teruel y la corrección de los desequilibrios existentes.

El objeto de dicho convenio es la financiación de proyectos de inversión que promuevan la creación de un espacio de competitividad necesario para superar las peculiaridades socioeconómicas de la provincia de Teruel y favorecer la actividad económica.

La comisión de seguimiento del convenio para la gestión del Fondo de Inversiones de Teruel (FITE), en su reunión celebrada el día 10 de diciembre de 2020, aprobó la relación de proyectos de inversión con cargo al convenio FITE 2020. Entre estos proyectos se encuentra el "Proyecto de movilización de los recursos forestales, patrimoniales y culturales en los montes de utilidad pública de la Ciudad y Comunidad de Albarracín". Dicho proyecto cuenta con una aportación económica de 325.000 € y los Departamentos responsables de su ejecución son el Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales y el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.

Este proyecto tiene como objetivo impulsar y apoyar el desarrollo de una institución local histórica de aprovechamiento en común de montes, orientada al incremento del valor de la producción sostenible y de la productividad de los montes y del sector de los productos forestales de la Comarca de la Sierra de Albarracín, de modo que se incrementen las magnitudes económicas básicas del sector forestal, dentro el marco general de sostenibilidad y de protección que establecen la legislación forestal y la de conservación de la naturaleza.

La Comarca de la Sierra de Albarracín está formada por un conjunto de municipios cuyos términos municipales están íntegramente formados por montes de utilidad pública pertenecientes a la Ciudad y Comunidad de Albarracín.

La Comunidad de Santa María de Albarracín, fue un distrito jurisdiccional del antiguo Reino de Aragón. Desde comienzos del siglo XIV se detecta una primitiva organización de los pueblos o aldeas circundantes a Albarracín que se agrupan en una entidad supramunicipal. Esta institución, distinta y separada de la Ciudad, surge por la necesidad que los pueblos tienen de organizar el aprovechamiento de los montes y pastos, de recaudar los tributos y también por su deseo de mayor autonomía y pretensiones de liberarse de la tutela que sobre ellos ejercía la Ciudad de Albarracín. Al principio se trataba de una organización con escasos poderes y competencias, pero con el transcurrir de los siglos estas últimas fueron aumentando, al igual que su grado de independencia. Su separación definitiva llegó en 1689, momento en el que la Comunidad logra romper su dependencia con relación a la Ciudad. La base de la Comunidad es un patrimonio constituido por una serie de montes que pertenecen a esta institución y a la Ciudad de Albarracín, cuya explotación ha sido común.

La Sierra de Albarracín tiene un largo historial de planificación forestal sostenible que hace que sea el macizo forestal aragonés con mayor número de hectáreas que cuenta con un instrumento de gestión forestal. Esta planificación y gestión sostenible implica un mayor esfuerzo para poder ejecutar los aprovechamientos maderables, tanto por la administración autonómica, gestora de los montes, como por la administración local, propietaria de los montes. La complejidad administrativa que supone gestionar los aprovechamientos forestales con los medios existentes en la actualidad plantea la necesidad de crear una entidad gestora de los recursos forestales en colaboración con la administración forestal y las entidades locales.

El proyecto también tiene como objetivo la puesta en marcha de una plataforma de información y gestión de recursos forestales que pueda favorecer la oferta de productos forestales y, por tanto, su comercialización por las entidades locales propietarias de los aprovechamientos forestales, así como la creación de una red de calor piloto en el municipio de Albarracín, integrada por varios edificios cuya titularidad pertenece a la Comunidad de Albarracín, situados en Tramacastilla, con la posibilidad de adhesión de otros edificios del propio ayuntamiento de Tramacastilla, con el fin de establecer las bases de una futura demanda de biomasa con destino energético procedente de los productos extraídos en actuaciones silvícolas de gestión forestal sostenible de montes de la Comarca.

El texto refundido de la Ley de Montes de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, establece en su artículo 8.1 que: "Corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón la determinación y ejecución de la política forestal y la protección, defensa, administración y gestión de los montes, sin perjuicio de las competencias propias de las restantes Administraciones públicas en materia forestal y, en particular, de las que la ley atribuye a comarcas y municipios." A su vez, el artículo 8.3 especifica que: "Las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma en materia forestal serán ejercidas por el departamento competente en materia de medio ambiente", en la actualidad, el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, cuya estructura orgánica fue aprobada por Decreto 25/2020, de 26 de febrero, del Gobierno de Aragón

Por otro lado, el artículo 10.f) del texto refundido de la Ley de Montes establece que corresponde a los municipios: "La enajenación y el control económico y administrativo de aprovechamientos incluidos en los planes anuales de los montes catalogados y los que hayan de ser realizados en los demás montes de su titularidad..."

El "Proyecto de movilización de los recursos forestales, patrimoniales y culturales en los montes de utilidad pública de la Ciudad y Comunidad de Albarracín" pretende mejorar la enajenación y el control económico y administrativo de los aprovechamientos forestales pertenecientes a la Ciudad y Comunidad de Albarracín para impulsar la economía circular en el sector forestal e impulsar redes de calor en los municipios que contribuyan a la activación del sector primario de la comarca desde una gestión forestal sostenible.

El Decreto 6/2020, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, en su artículo 9.2, atribuye a la Dirección General de Relaciones Institucionales: "a) La gestión y seguimiento del Fondo de Inversiones de Teruel, así como la coordinación con los demás Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma que gestionen ayudas y subvenciones del citado Fondo".

La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece en su artículo 9.1 que: "Los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o en los Organismos públicos o Entidades de Derecho Público vinculadas o dependientes de aquéllas".

En el mismo sentido, el artículo 10.1 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, establece que: "Los órganos administrativos podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes".

En cuanto a los requisitos formales de la delegación de competencias, el artículo 13.2 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, establece que: "Cuando se trate de órganos no relacionados jerárquicamente, será necesaria la aprobación previa del órgano superior común si ambos pertenecen al mismo Departamento, o del órgano superior de quien dependa el órgano delegado si el delegante y el delegado pertenecen a diferentes Departamentos".

Por todo lo anterior, al objeto de conseguir una mayor agilidad y eficacia en la ejecución del "Proyecto de movilización de los recursos forestales, patrimoniales y culturales en los montes de utilidad pública de la Ciudad y Comunidad de Albarracín" del convenio FITE 2020, teniendo en cuenta las funciones que en relación al Fondo de Inversiones de Teruel le corresponden a la Dirección General de Relaciones Institucionales del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, se propone la aprobación de la delegación de competencias de la Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente en la Dirección General de Relaciones Institucionales del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales para la ejecución del mencionado Proyecto así como la delegación de competencias en materia de gasto relacionado con el Proyecto.

En su virtud, el Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente y la Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales, acuerdan:

Primero.- Aprobar la delegación de competencias de la Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente en la Dirección General de Relaciones Institucionales del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales para la ejecución del "Proyecto de movilización de los recursos forestales, patrimoniales y culturales en los montes de utilidad pública de la Ciudad y Comunidad de Albarracín" del convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Aragón para fomentar el desarrollo económico de la provincia de Teruel y la corrección de los desequilibrios existentes de 10 de diciembre de 2020.

Segundo.- Aprobar la delegación de competencias de la Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente en la Dirección General de Relaciones Institucionales del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales consistente en la facultad de autorizar gastos, disponer créditos, reconocer obligaciones y proponer las correspondientes órdenes de pagos para la ejecución del "Proyecto de movilización de los recursos forestales, patrimoniales y culturales en los montes de utilidad pública de la Ciudad y Comunidad de Albarracín". Esta delegación lleva implícita la firma o suscripción de todos los documentos y actos administrativos que se generen durante la tramitación del expediente y que sirvan de soporte o justificación a las operaciones contables.

Tercero.- La presente Orden deberá publicarse en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 25 de febrero de 2022.

El Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente,

JOAQUÍN OLONA BLASCO

La Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN