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ORDEN PRE/1063/2018, de 6 de junio, por la que se autoriza el arrendamiento con opción de compra mediante subasta, de bienes inmuebles pertenecientes al Ayuntamiento de Ferreruela de Huerva.

Publicado el 22/06/2018 (Nº 120)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Examinado el expediente incoado por el Ayuntamiento de Ferreruela de Huerva para el arrendamiento con opción de compra por subasta pública de bienes inmuebles de propiedad municipal, destinados a la instalación de una explotación avícola, calificados como patrimoniales.

El Ayuntamiento de Ferreruela de Huerva, en sesión del Pleno celebrada el día 17 de mayo de 2018, adoptó Acuerdo de aprobación de la convocatoria de la subasta citada y del pliego de condiciones, cuyo valor excede del 25% de los recursos ordinarios del Presupuesto vigente.

Considerando, que las Entidades Locales tienen capacidad para enajenar sus bienes inmuebles de propios, siempre que se atengan para ello a las normas establecidas en la legislación de régimen local sobre la materia y, de una manera específica, en el artículo 188.1 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, 108.4 y 121 del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, aprobado por Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, y 3 y 5 del Decreto 92/1982, de 26 de octubre, de la Diputación General de Aragón y 5 del texto refundido 2/2004 la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

Considerando que conforme se prescribe en el artículo 110 Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, aprobado por Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, los ingresos obtenidos por la enajenación de bienes patrimoniales no podrán destinarse a financiar gastos corrientes.

Vistos la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón y el Decreto 92/1982, de 26 de octubre, de la Diputación General de Aragón, así como el texto refundido de Ley reguladora de las Haciendas Locales y demás disposiciones de aplicación.

El Consejero de Presidencia, en ejercicio de las facultades que le confiere el apartado 15 del artículo tercero del Decreto 92/1982, de 26 de octubre, de la Diputación General de Aragón, en virtud del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, ha resuelto autorizar al Ayuntamiento de Ferreruela de Huerva para proceder al arrendamiento con opción de compra por subasta pública, de los siguientes bienes inmuebles:

"Finca número 1. Rústica: Labradío secano en la partida Hoya Molinera del término municipal de Ferreruela de Huerva, con una superficie de cinco hectáreas, veinticuatro áreas y catorce centiáreas: Linda: Norte, parcela 6002; Sur, parcela 91; Este, vía pública; Oeste, parcelas 91 y 6.002. Polígono 501 parcela 92. Su referencia catastral es 44106A501000920000EW. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Calamocha como finca número 1342.

Finca número 2. Rústica: Labradío secano y Monte bajo en la partida Lotes Carreteras, del término municipal de Ferreruela de Huerva, con una superficie de cuarenta hectáreas, veinticinco áreas y veintinueve centiáreas, correspondiendo treinta y nueve hectáreas, veintiuna áreas y cuarenta y tres centiáreas al labradío secano, y el resto a Monte bajo. Linda: Norte, parcelas 91 y 90; Sur, parcelas 20082 y 83; Este, parcelas 83, 90 y vía pública; Oeste, vía pública. Polígono 501 parcela 10089. Su referencia catastral es 44106A501100890000EF. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Calamocha como finca número 1343.

Finca número 3. Rústica: Labradío secano en la partida Lotes Carreteras, del término municipal de Ferreruela de Huerva, con una superficie de nueve hectáreas, veintisiete áreas y noventa y siete centiáreas: Linda: Norte, parcela 141 y vía pública; Sur, parcela 88 y vía pública; Este, parcelas 141, 88 y 20072; Oeste, vía pública. Polígono 501 parcela 30089. Su referencia catastral es 44106A501300890000EG. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Calamocha como finca número 1344".

Del expediente remitido se desprende que los bienes a enajenar figuran en el Inventario de Bienes con la naturaleza de patrimonial y están inscritos en el Registro de la Propiedad.

Los ingresos procedentes de la enajenación no podrán destinarse a financiar gastos corrientes conforme se establece en el artículo 5 del texto refundido 2/2004, de 5 de marzo, de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y en el artículo 110 del Reglamento 347/2002, de 19 de noviembre, de referencia anterior.

Valoración total: 588.500 euros.

Zaragoza, 6 de junio de 2018.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO