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RESOLUCIÓN de 19 de septiembre de 2011, del Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se aprueba la circular 1/2011, que establece el procedimiento de concurrencia para la asignación de las autorizaciones de fotografía del quebrantahuesos en el hide de El Cebollar, Torla (Huesca) durante el año 2012.

Publicado el 06/10/2011 (Nº 198)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

La actividad de fotografía del Quebrantahuesos en Aragón está regulada en el Decreto 45/2003, de 25 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se establece un régimen de protección para el Quebrantahuesos y se aprueba el plan de Recuperación, exigiendo el artículo 5 de la citada norma que las actividades relacionadas con la observación, fotografía y filmación de individuos de esta especie en áreas críticas establecidas en el desarrollo del plan, estarán sometidas a autorización previa del órgano ambiental competente.

El anexo I de la Ley 23/2003, de 23 de diciembre, por la que se crea el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, modificada por la Ley 9/2010, de 16 de diciembre, incluye, entre los procedimientos administrativos que son competencia del citado Organismo Público, el relativo a la autorización de observación y fotografía de especies (procedimiento n.º 24)

Durante estos años se ha venido registrando en el Instituto un importante número de solicitudes de autorización para fotografía y filmación de quebrantahuesos, interesando asimismo, hacer uso de las instalaciones que para estos fines existen en el paraje «El Cebollar», término municipal de Torla (Huesca). La creciente demanda de solicitudes contrasta con la oferta de jornadas disponibles la limitada oferta de jornadas disponibles para realizar dicha actividad de fotografía de manera coherente con las necesidades de conservación de la especie y con las exigencias de la gestión de las propias instalaciones.

Esta situación aconseja y justifica la necesidad de establecer un procedimiento de concurrencia en el que, mediante un sorteo anual y cumpliendo con los principios de publicidad y transparencia, permita la asignación de autorizaciones en una única vez y para todo el año respecto a los solicitantes que demandan la realización de este tipo de actividad de fotografía y filmación durante unas fechas concretas. Con fecha 12 de julio de 2010 se dictó la Resolución del Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se aprobaba la circular 2/2010 que establecía el procedimiento de concurrencia para la asignación de las autorizaciones de fotografía del quebrantahuesos en el hide de «El Cebollar», Torla (Huesca), a la que la presente Resolución viene a sustituir.

Vista la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad; el Decreto 49/1995, de 28 de marzo, de la Diputación General de Aragón por el que se aprueba el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón, modificado parcialmente por el Decreto 181/2005, de 6 de septiembre; el Decreto 45/2003, de 25 de febrero, del Gobierno de Aragón por el que se establece un régimen de protección para el Quebrantahuesos y se aprueba el Plan de Recuperación; la Ley 23/2003, de 23 de diciembre, de creación del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, modificada por la Ley 9/2010, de 16 de diciembre; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada, entre otras, por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio; la Circular 1/2010 de 8 de marzo, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental por la que se establecen los criterios de interpretación y aplicación de la Tasa 29 sobre autorización de las actividades de fotografía de flora y fauna, y demás disposiciones de general aplicación,

acuerdo:

Aprobar la Circular 1/2011, de 22 de agosto del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental por la que se establece el procedimiento de concurrencia para la asignación de las autorizaciones de fotografía y filmación del quebrantahuesos en el hide de «El Cebollar», término municipal de Torla (Huesca).

El procedimiento de asignación de autorizaciones disponibles se regirá por las siguientes reglas:

1ª.-Presentación de solicitudes para el año 2012.

Las solicitudes de autorización de fotografía y filmación para el año 2012 se presentarán ante el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental durante el periodo comprendido entre el 2 de noviembre y el 16 de diciembre de 2011 cumplimentando el formulario que figura en el anexo de la presente Circular. En cada solicitud deberá figurar, además de los datos de identificación y notificación del solicitante, el orden de preferencia elegido por el solicitante respecto a todas y cada una de las semanas de realización disponibles

2ª.-Autorizaciones disponibles para el año 2012

El número total de autorizaciones disponibles para el año 2012 se distribuirá en las siguientes semanas:

- Semana del 9 al 13 de abril, ambos días inclusive

- Semana del 24 al 27 de abril, ambos días inclusive

- Semana del 7 al 11 de mayo, ambos días inclusive

- Semana del 21 al 25 de mayo, ambos días inclusive

- Semana del 4 al 8 de junio, ambos días inclusive

- Semana del 18 al 22 de junio, ambos días inclusive

- Semana del 17 al 21 de septiembre, ambos días inclusive

- Semana del 1 al 5 de octubre, ambos días inclusive

- Semana del 15 al 19 de octubre, ambos días inclusive

- Semana del 5 al 9 de noviembre, ambos días inclusive

- Semana del 19 al 23 de noviembre, ambos días inclusive

3ª.-Alcance de la autorización

Cada autorización permitirá realizar la actividad a una persona física durante los días que se definan de acuerdo con el reparto establecido en el punto anterior.

Junto a la persona autorizada, la autorización podrá contemplar la presencia de un único acompañante, que deberá estar identificado adecuadamente en el formulario de solicitud.

4ª.-Asignación de autorizaciones

La asignación de las autorizaciones se realizará mediante sorteo público, al cual podrá asistir todo el público interesado, que se celebrará a las 12 horas del día 26 de enero de 2012 en las dependencias del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sito en el Centro empresarial «El Trovador», plaza Antonio Beltrán n.º 1-5º F de Zaragoza.

El sorteo determinará el número de orden que corresponderá a cada solicitud y con el que se asignarán las autorizaciones. Todas la solicitudes recibidas en el periodo de presentación que figura en la regla 1ª de la presente Circular obtendrán un número de orden que servirá para establecer la asignación del periodo autorizado de entre los disponibles, y siempre tomando como criterio las semanas que figuren como preferentes en la solicitud y el orden de preferencia indicado en la misma.

Así, en el supuesto de que esté asignada una semana de las identificadas como preferentes por el solicitante, se adjudicará la siguiente señalada en el orden de preferencia, siempre que esté disponible, y así de manera sucesiva. Este procedimiento se seguirá con todos los solicitantes siguiendo el número de orden establecido por el sorteo y hasta completar el número total de semanas disponibles.

No obstante lo anterior, con el fin de ajustar adecuadamente todas las semanas disponibles al número de solicitudes presentadas y a la vista del resultado del sorteo, el Instituto podrá otorgar la asignación de una semana determinada, aun cuando ésta no figure como preferida por el solicitante en su solicitud, en el supuesto de que las semanas solicitadas como preferidas hubieran sido asignadas previamente.

5ª.-Aceptación de las asignaciones de autorización

Los solicitantes que finalmente resulten seleccionados, serán requeridos por escrito para que aporten su conformidad con las fechas asignadas. En caso de que dicha conformidad no se aporte en el plazo señalado, correrá el turno y se ofertará a la siguiente solicitud resultante del sorteo la semana que hubiera quedado disponible, respetándose siempre el orden obtenido en el sorteo. En todo caso, los solicitantes a los que se oferte la asignación de autorización deberán manifestar su conformidad con la asignación de fechas realizada.

6ª.-Otorgamiento de las autorizaciones.

Una vez asignadas definitivamente la totalidad de las autorizaciones y, previo el pago de la tasa girada al solicitante, el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental remitirá dichas autorizaciones a los interesados y al Servicio Provincial de Medio Ambiente de Huesca al objeto de planificación y puesta en conocimiento -con la debida antelación- de los agentes para la protección de la naturaleza responsables de la vigilancia y mantenimiento del emplazamiento.

Las autorizaciones se resolverán en el plazo máximo de un mes contado desde la fecha de la celebración del sorteo público. A tal efecto, el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental notificará por escrito la resolución que corresponda a todos los solicitantes que hubieran presentado su solicitud en el plazo de presentación indicado en la Regla 1ª de la presente Circular

Se respetarán las fechas concretas de las autorizaciones otorgadas. No obstante, si las condiciones climatológicas o cualquier otra circunstancia no directamente imputable al interesado, impidieran la realización de la actividad autorizada en alguna de las fechas asignadas, el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental ofertará y adjudicará al interesado otras fechas alternativas para realizar la actividad, siempre y cuando hubiera fechas disponibles.

Las solicitudes que no hubieran obtenido autorización no tendrán derecho, prioridad o preferencia alguna respecto al procedimiento de asignación que se realice en los años sucesivos.

7ª.-Inadmisión a trámite de solicitudes.

No serán admitidas a trámite las solicitudes de autorización en las que concurra cualquiera de las siguientes circunstancias:

a) Que se hubieran presentado fuera del plazo de presentación fijado en la regla 1ª de la presente Circular.

b) Que se refieran a personas, en calidad de solicitante-titular o en calidad de acompañante, que hubieran sido autorizados para realizar la actividad de fotografía o filmación durante los años 2011, 2010 o 2009.

c) Que el solicitante-titular de una autorización figure a su vez como acompañante en otra solicitud de autorización distinta, o viceversa. En este caso se inadmitirán a tramite ambas solicitudes.

d) Que se refieran a personas, en calidad de solicitante-titular o en calidad de acompañante, que hubieran incumplido de forma manifiesta el contenido y condicionado de autorizaciones otorgadas en los cinco últimos años.

8ª.-Solicitudes presentadas

Las solicitudes de autorización para el ejercicio 2012 que hubieran sido presentadas con anterioridad a la publicación de la presente Circular en el «Boletín Oficial de Aragón», serán archivadas pudiendo los solicitantes presentar nuevamente la solicitud en el plazo fijado en la regla 1ª de la presente Circular.

9ª.-Publicidad

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, a los efectos de garantizar el cumplimiento de los principios de transparencia, publicidad y concurrencia, la presente Circular 1/2011 se hará pública mediante su inserción en la página web del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, http://portal.aragon.es/portal/page/portal/INAGA/CIRCULAR, sin perjuicio de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».