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RESOLUCIÓN de la Alcaldía número 2021-1528, de 22 de mayo de 2021, del Ayuntamiento de Jaca, por la que se aprueba modificar la base octava de la convocatoria para la cobertura de 6 plazas de Policía Local.

Publicado el 04/06/2021 (Nº 120)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: AYUNTAMIENTO DE JACA

Texto completo:

Se hace público para conocimiento de los interesados, que esta Alcaldía-Presidencia, por Resolución número 2021-1528, de 22 de mayo de 2021, ha dispuesto aprobar la modificación de la base octava de la convocatoria, cuyo contenido es el siguiente:

Mediante Resolución de la Alcaldía número 778, de 17 de marzo de 2021, se aprueban las bases de la convocatoria para la cobertura de 6 plazas de policía local del Ayuntamiento de Jaca.

La base sexta regula el proceso selectivo recogiendo 4 pruebas selectivas con la siguiente valoración:

1. Prueba de conocimiento tipo test. De 0 a 10 puntos.

2. Prueba de aptitud física. Apto o no apto.

3. Prueba de aptitud psicotécnica. Apto o no apto.

4. Prueba práctica. De 0 a 10 puntos.

Por su parte la base octava relativa a las calificaciones dice: " La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los tres últimos ejercicios. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mejor puntuación obtenida en la cuarta prueba. De persistir el empate, éste se dirimirá según el orden de actuación de los aspirantes que se refiere la base séptima"

Queda claro de la lectura de ambas cláusulas, que existe un error en la base octava, pues los únicos ejercicios objeto de puntuación son el primero y el cuarto, luego son los únicos que son susceptibles de ser sumados, dado que el segundo y el tercero su calificación es apto o no apto.

En consecuencia a los efectos de otorgar seguridad jurídica al proceso selectivo y quedar acreditado el error existente, procede la modificación de la base octava, sin que ello conlleve la necesidad de realizar ninguna interpretación jurídica ni la anulación o revocación del acto administrativo, vista la necesidad de corregir un error existente entre dos cláusulas de la convocatoria.

Por todo ello esta Alcaldía en uso de las facultades atribuidas por el artículo 21. 1 g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, resuelve:

Primero.- Modificar la base octava de la convocatoria para la cobertura de 6 plazas de Policía Local del Ayuntamiento de Jaca al comprobarse la existencia de un error en su redactado en relación a los ejercicios reflejados y valorados en la base sexta quedando el texto de la misma como sigue:

" La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de los ejercicios 1.º y 4.º En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mejor puntuación obtenida en la cuarta prueba. De persistir el empate, éste se dirimirá según el orden de actuación de los aspirantes que se refiere la base séptima".

Segundo.- Publicación de la presente Resolución en el "Boletín Oficial de la Provincia de Huesca" y en el "Boletín Oficial de Aragón".

Jaca, 22 de mayo de 2021.- El Alcalde, Juan Manuel Ramón Ipas.