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ORDEN PRE/229/2017, de 21 de febrero, por la que se dispone la publicación de la adenda al convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Fundación Servicio Aragonés de Mediación y Arbitraje, para la financiación de su funcionamiento.

Publicado el 09/03/2017 (Nº 47)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrita en el Registro General de Convenios con el núm. 2017/7/0010 la adenda suscrita, con fecha 15 de febrero de 2017, por la Consejera de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón y la Presidenta y los Patronos de la Fundación Servicio Aragonés de Mediación y Arbitraje, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación de la citada adenda, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 21 de febrero de 2017.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA FUNDACIÓN SERVICIO ARAGONÉS DE MEDIACIÓN Y ARBITRAJE, PARA LA FINANCIACIÓN DE SU FUNCIONAMIENTO

Con fecha 7 de febrero de 2013, se firmó el convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Fundación Servicio Aragonés de Mediación y Arbitraje, para la financiación de su funcionamiento.

Conforme a su acuerdo primero, el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Economía, Industria y Empleo, se compromete a subvencionar la actividad del Servicio Aragonés de Mediación y Arbitraje y los gastos derivados de su funcionamiento.

Según el acuerdo tercero del convenio, la cantidad necesaria para garantizar el funcionamiento adecuado de la Fundación debe ser fijada anualmente por una adenda adicional, a la vista del plan de actuaciones presentado por la Fundación para el ejercicio siguiente.

Su compromiso fue ratificado en el Acuerdo Social para la Competitividad y el Empleo de Aragón, y se encuentra dentro de la Estrategia Aragonesa de Competitividad y Crecimiento.

Conforme a los dispuesto en el artículo 4 del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, y el Decreto 108/2015, de 7 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, en relación con el Decreto 19/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Economía y Empleo, el Departamento de Economía, Industria y Empleo tiene atribuido el ejercicio de las competencias en materia de ejecución de la legislación laboral.

Por ello, en Zaragoza, el día 15 de febrero de 2017,

La Excma. Sra. D.ª Marta Gastón Menal, Consejera de Economía, Industria y Empleo, en virtud del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 128, de 6 de julio de 2015), actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, según Acuerdo de su Consejo de Gobierno de fecha 14 de febrero de 2017.

D.ª M.ª Soledad de la Puente Sánchez, en su calidad de Presidenta de la Fundación Servicio Aragonés de Mediación y Arbitraje, en representación de la misma; D. Carmelo Pérez Serrano, en representación de la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME-Aragón); D. Juan Carlos Dehesa Conde, en representación de la Confederación de Empresarios de Aragón (CEOE-Aragón); D. José de las Morenas de Toro, en representación de la Unión General de Trabajadores de Aragón (UGT-Aragón) y D. Manuel Luis Pina Lasheras, en representación de Comisiones Obreras de Aragón (CCOO-Aragón); todos ellos, Patronos de la citada Fundación, reconociéndose mutuamente la capacidad legal necesaria y con la finalidad de regular la aportación económica del Gobierno de Aragón para el ejercicio 2017

Primero.- La aportación económica del Departamento de Economía, Industria y Empleo al funcionamiento de la Fundación Servicio Aragonés de Mediación y Arbitraje, establecida según el acuerdo tercero del convenio de colaboración suscrito entre ambas entidades, con fecha 7 de febrero de 2013, queda fijada en ochocientos veinte mil seiscientos euros (820.600 euros), para el ejercicio 2017.

Segundo.- La citada aportación se abonará con cargo a los créditos consignados en la aplicación presupuestaria 15030 G/3151/480019/91002.

Tercero.- Con cargo a esta subvención, se podrán pagar atenciones protocolarias hasta un importe de tres mil euros (3.000 euros).

Cuarto.- El pago de las aportaciones del Gobierno de Aragón se efectuará del modo siguiente:

El primer día de cada mes se librará de forma anticipada una doceava parte de la subvención anual, a fin de propiciar el normal desarrollo de la Fundación, por ser esta subvención su única fuente de financiación.

No obstante, según el acuerdo quinto del convenio de colaboración de 7 de febrero de 2013, en caso de no justificarse actuaciones por el importe integro de la subvención librada, la cantidad no justificada se detraerá del libramiento de la subvención correspondiente al posterior ejercicio presupuestario.

Durante el ejercicio 2016, la Fundación SAMA justificó la cantidad de 820.532,50 euros, inferior, por tanto, a la subvención de 820.601 euros recibida en dicho ejercicio, de lo que resulta una cantidad de 68,50 euros, pendientes de justificar, que se entienden abonados a cuenta de la subvención correspondiente a 2017, es decir: 820.600 - 68,50 = 820.531,50, a abonar, durante 2017, en doce mensualidades (una de 68.377,68 € y once de 68.377,62 €).

Quinto.- La Fundación Servicio Aragonés de Mediación y Arbitraje procederá a justificar las actuaciones de cada mes el último día hábil del mes siguiente.

Los gastos y pagos correspondientes a las actuaciones realizadas por la Fundación se justificarán mediante la aportación de fotocopias compulsadas por la propia entidad de facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, debiendo permanecer los originales bajo la custodia de la Gerencia de la Fundación cuya aportación podrá ser requerida para su comprobación en los cuatro años siguientes.

Sin perjuicio del control que pudiera ejercer el departamento o dirección general competente por razón de la materia, la justificación estará sometida al control financiero aplicable a las subvenciones otorgadas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y será ejercido por la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Sexto.- En el actual contexto económico y social, en el que todas las Administraciones Públicas están inmersas en grandes desequilibrios económicos y presupuestarios, el Gobierno de Aragón considera imprescindible adoptar medidas destinadas a lograr una utilización eficiente de los recursos públicos y la contención del gasto en las Administraciones Públicas que se recogen, de forma global y sistemática, en un plan de racionalización del gasto corriente. Este plan ha de servir de marco de referencia a la actuación de los consorcios, fundaciones y sociedades mercantiles dependientes, siempre que sus medidas puedan resultar de aplicación directa.

Y en prueba de conformidad, firman los comparecientes el presente acuerdo en el lugar y fecha arriba indicados.