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ORDEN de 18 de mayo de 2012, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se convoca procedimiento de provisión, por el sistema de libre designación, del puesto vacante de director del centro público integrado de Formación Profesional "San Lorenzo" de Huesca.

Publicado el 08/06/2012 (Nº 110)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, establece en su artículo 11.5 que la dirección de los Centros Integrados de Formación Profesional de titularidad de las Administraciones educativas, será nombrada mediante el procedimiento de libre designación por la Administración competente, entre funcionarios públicos docentes, conforme a los principios de mérito, capacidad y publicidad, previa consulta a los órganos colegiados del Centro.

El Decreto 190/2009, de 3 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los Centros Integrados de Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Aragón, establece en su artículo 15.1 que el nombramiento de la dirección de los centros integrados de titularidad pública será provista por el procedimiento de libre designación.

En la disposición adicional tercera del Decreto 190/2009, se crean cinco centros públicos integrados de formación profesional adscritos al Departamento competente en materia de educación, y cuyo funcionamiento ha comenzado en el curso 2010/2011. Entre ellos se encuentra el "CPIFP San Lorenzo".

En 2011 se publicó la Orden de 14 de febrero de 2011, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases y la convocatoria del concurso de méritos entre funcionarios docentes de carrera para la designación de directores de los centros públicos integrados de Formación Profesional dependientes del Departamento de Educación, Cultura y Deporte. El nombramiento que se realizó en el CPIFP "San Lorenzo" fue de carácter extraordinario, ya que no hubo candidatos a la selección.

De acuerdo con lo anterior, a partir del día 30 de junio de 2012, quedará vacante el puesto de Director del centro público integrado de formación profesional "San Lorenzo" de Huesca, por lo que es necesario convocar el procedimiento de provisión para la designación del director de este centro.

La disposición final tercera del Decreto 190/2009, habilita a los titulares de los Departamentos competentes en materia de formación profesional para proceder al desarrollo del Decreto en sus respectivos ámbitos competenciales.

El artículo 1.1 del Decreto 336/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón" de 14 de octubre), establece que corresponde al Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, la planificación, implantación, desarrollo, gestión y seguimiento de la educación en Aragón.

Por lo expuesto, en uso de las competencias atribuidas según lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de mayo), dispongo:

Primero.- Convocar el procedimiento de provisión del puesto vacante de director del centro público integrado de Formación Profesional "San Lorenzo" de Huesca, según las bases recogidas en el anexo I de esta orden, mediante el sistema de libre designación.

Segundo.- Se faculta a las Direcciones Generales de Ordenación Académica y de Gestión de Personal, en el ámbito de sus respectivas competencias, para interpretar y ejecutar el procedimiento de selección que mediante esta orden se convoca, con plena sujeción a sus bases y a la normativa vigente en esta materia.

Tercero.- La presente orden producirá sus efectos al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Cuarto.- Contra la presente orden podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante la Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 110, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 58 del Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, o, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. Dichos plazos comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 18 de mayo de 2012.

La Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte,

DOLORES SERRAT MORÉ