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RESOLUCIÓN de 10 de febrero de 2017, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se modifica la composición del Tribunal calificador en los procesos selectivos convocados por Resoluciones de 4 de febrero de 2016, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas de la categoría de Celador en centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 09/03/2017 (Nº 47)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

Por Resolución de 19 de diciembre de 2016, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, se determina la composición del Tribunal calificador en el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo de la categoría de Celador en centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón, para su provisión por turno libre, de discapacidad y de víctimas del terrorismo, y por turno de promoción interna.

De conformidad con lo previsto en la base 5.1 de las Resoluciones de 4 de febrero de 2016 publicadas en el "Boletín Oficial de Aragón", de 15 de febrero de 2016, y en virtud de la competencia establecida en el artículo 10 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas y, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, esta Dirección Gerencia, resuelve:

Primero.- Designar Secretaria Suplente, en lugar de D. Jesús Gracia Gavara, a D.ª M.ª Rocío Sánchez Sánchez.

Segundo.- Los miembros del Tribunal habrán de abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 10 de febrero de 2017.

El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, JAVIER MARIÓN BUEN