Visto el expediente DM 1/11, de deslinde total administrativo del monte de utilidad pública número 389 (antiguo 58-A) de los de la provincia de Zaragoza, y número Z-1.078 del elenco de montes propios de la Administración Forestal, denominado "Fuendeherrera", perteneciente a la Comunidad Autónoma de Aragón y sito en el término municipal de Talamantes (Zaragoza), resultan de él los siguientes
Antecedentes
Primero.- Con fecha 4 de octubre de 2011, el Director del Servicio Provincial de Medio Ambiente de Zaragoza, remite a la Dirección General de Gestión Forestal la memoria y el presupuesto para el deslinde total administrativo del monte de utilidad pública número 389 de los de la provincia de Zaragoza, antes referenciado.
Segundo.- Mediante Resolución de 19 de octubre de 2011, la Dirección General de Gestión Forestal, aprueba el proyecto de deslinde y autoriza al Servicio Provincial de Zaragoza a nombrar Ingeniero operador y a publicar los anuncios de inicio de las operaciones correspondientes.
Tercero.- El estado de deslinde total administrativo del monte fue declarado mediante anuncio del Servicio Provincial de Zaragoza, publicado en el «Boletín Oficial de Aragón» n.º 227, de 17 de noviembre de 2011, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza n.º 262, de 15 de noviembre de 2011, y que se expuso también en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Talamantes durante el plazo de un mes, como acredita la certificación expedida con fecha 14 de diciembre de 2011 por la secretaria municipal, con el visto bueno del alcalde.
Cuarto.- Al hallarse el monte inscrito en el Registro de la Propiedad, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 80.2 del Reglamento de Montes de 22 de febrero de 1962 y en el artículo 39.2 de la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón, el 28 de octubre de 2011 se remitió por duplicado al Registrador de la Propiedad del Distrito Hipotecario de Borja una certificación acreditativa de la declaración de estado de deslinde para que se extendiera la correspondiente nota al margen de la inscripción de dominio del monte, lo cual hizo el Registrador interino de dicho Distrito con fecha 10 de noviembre siguiente.
Quinto.- Se dio publicidad al nombramiento de Ingeniero operador y al inicio de las operaciones mediante anuncio del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Zaragoza, publicado en el «Boletín Oficial de Aragón» n.º 7, de 12 de enero de 2012, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza n.º 10, de 14 de enero de 2012. Dicho anuncio fue también enviado al Ayuntamiento de Talamantes, mediante oficio de fecha 27 de diciembre de 2011, para que fuera expuesto al público con una antelación mínima con respecto al comienzo de las operaciones de veinte días hábiles, y durante dicho plazo. Obra en el expediente una certificación expedida el 2 de febrero de 2012 por la secretaria del Ayuntamiento de Talamantes, con el visto bueno del alcalde, que acredita esa exposición en dicha localidad durante el plazo requerido. En el edicto se disponía que el comienzo de las operaciones tendría lugar el 19 de marzo de 2012, a las 10 horas, se fijaba como lugar de reunión la puerta del Ayuntamiento de Talamantes, y se designaba para la práctica de las operaciones al Ingeniero de Montes Don Ignacio Pérez-Soba Diez del Corral.
Sexto.- El inicio de las operaciones fue también notificado a todas las entidades públicas y a los particulares que se identificaran como interesados y que tuvieran domicilio conocido, mediante oficios de fechas 27 de diciembre de 2011 y 31 de enero de 2012. En particular, recibieron las notificaciones la Confederación Hidrográfica del Ebro (en calidad de colindante al lindar el monte directamente con los barrancos de Valdeherrera y del Vallejo de Treviño), los Ayuntamientos de Talamantes y de Calcena (ambos en calidad de interesados en el replanteo de la arista Norte de la vía pecuaria "Cañada Real de Talamantes"), así como la Comarca "Campo de Borja" (esta última, en cumplimiento del artículo 40.1 de la citada ley 15/2006, de 28 de diciembre).
Séptimo.- El apeo se realizó los días 19, 21 y 23 de marzo de 2012, quedando este último día completamente apeados y amojonados provisionalmente los perímetros interior y exterior del monte. Se redactaron las correspondientes actas diarias, que fueron suscritas sin protestas por todos los asistentes al apeo y en las que se expresa el itinerario seguido para la colocación de los piquetes que circunscriben los perímetros exterior e interior del monte, con su numeración, quedando su situación localizada en plano.
Octavo.- Con fecha 27 de marzo de 2012, se emitió informe por el Ingeniero operador, en el que da cuenta de la tramitación seguida, del apeo, del perímetro exterior e interior fijados, de las servidumbres y de las cabidas, concluyendo con la propuesta de resolución del deslinde.
Noveno.- Se dio publicidad al trámite de audiencia y vista del expediente mediante anuncio publicado en el «Boletín Oficial de Aragón» n.º 71, de 13 de abril de 2012, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza n.º 84, de 14 de abril de 2012, así como mediante oficios de fecha 28 de marzo de 2012 dirigidos a la Comarca del Campo de Borja y a los Ayuntamientos de Talamantes y de Calcena, y oficio de fecha 18 de abril de 2012 dirigido a la Confederación Hidrográfica del Ebro. Igualmente, se dio difusión a dicho trámite mediante cartas certificadas remitidas a todos los interesados con domicilio conocido, de fecha 18 de abril de 2012. Dicho anuncio fue remitido también al Ayuntamiento de Talamantes mediante oficio de 28 de marzo de 2012, en el que se rogaba que permaneciera expuesto en el tablón municipal durante el plazo de un mes. Por último, al ser el monte un bien demanial de la Comunidad Autónoma adscrito al Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 5/2011, de 10 de marzo, del Patrimonio de Aragón, mediante nota interna de 28 de marzo de 2012 se dio traslado del anuncio de publicidad del trámite de audiencia y vista a la Dirección General de Contratación, Patrimonio y Organización del Departamento de Hacienda y Administración Pública, dando cuenta a dicho órgano director, de esta manera, de las medidas adoptadas en el expediente.
Décimo.- Durante el período de audiencia y vista del expediente, no se ha producido reclamación alguna, ni ante esta Administración, ni ante el Ayuntamiento en cuyo término radica el monte. Obra en el expediente certificación del Director del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Zaragoza, de fecha 31 de mayo de 2012, que acredita la ausencia de reclamaciones ante esta Administración. Obra también en el expediente una certificación expedida por la secretaria del Ayuntamiento de Talamantes con el visto bueno del alcalde, de fecha 10 de mayo de 2012, que acredita la exposición del anuncio de vista del expediente en dicha localidad durante el plazo legalmente establecido a partir del 3 de abril de 2012, sin que se haya formulado alegación o reclamación alguna.
Undécimo.- Con fecha 1 de junio de 2012, la Ingeniera Jefa de la Sección de Medio Natural del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Zaragoza emite Informe-propuesta favorable a la aprobación del deslinde. Con fecha del día 4 posterior, el Director del Servicio Provincial, de acuerdo con el artículo 125 del Reglamento de Montes, manifiesta su acuerdo con lo actuado y eleva el expediente para su resolución definitiva, de acuerdo con lo actuado por el Ingeniero de Montes operador del deslinde.
Fundamentos Jurídicos
Primero.- En la tramitación del expediente, se dio cumplimiento a cuanto se previene en la legislación vigente relativa al deslinde de montes públicos, habiéndose insertado los reglamentarios anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza y en el "Boletín Oficial de Aragón", y se ha notificado debidamente a todos los particulares y administraciones que constaran como interesados y tuvieran domicilio conocido.
Segundo.- Durante la práctica del deslinde no se presentaron alegaciones, según consta en las actas suscritas los días 19, 21 y 23 de marzo de 2012.
Tercero.- Transcurrido el periodo de audiencia y vista del expediente no se presentaron reclamaciones.
Cuarto.- Por todo cuanto antecede, resulta que el expediente ha sido tramitado de acuerdo con la legislación vigente, y que puede procederse a dictar la orden resolutoria.
Vistos el Estatuto de Autonomía de Aragón; la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón; la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes; la Ley 10/2006, de 28 de abril, que modifica la anterior; el Reglamento de Montes aprobado por el Decreto 485/1962, de 22 de febrero; el Decreto 333/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 4/1999, de 13 de enero, que modifica la anterior; la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y demás disposiciones de general aplicación.
De conformidad con la propuesta del Director del Servicio Provincial de este Departamento en Zaragoza, y el conforme del Jefe del Servicio de Planificación y Gestión Forestal, y a propuesta del Director General de Gestión Forestal, resuelvo:
Primero.- Aprobar el deslinde total administrativo del monte de utilidad pública número 389 de los de la provincia de Zaragoza, y número Z-1.078 del elenco de montes propios de la Administración Forestal, denominado "Fuendeherrera", perteneciente a la Comunidad Autónoma de Aragón y sito en el término municipal de Talamantes, de acuerdo con las actas, el registro topográfico y el plano que figuran en el expediente, quedando el monte con la descripción siguiente:
Provincia: Zaragoza
Número de Catálogo: 389.
Número de Elenco: Z-1.078.
Nombre: Fuendeherrera.
Término: Talamantes.
Pertenencia: Comunidad Autónoma de Aragón.
Límites:
- Norte: Monte de los herederos de Miguel Romanos, mediante el barranco de Valdeherrera.
- Este: Monte de los herederos de Blas y Elvira Chueca, mediante el barranco del Vallejo de Treviño.
- Sur: Monte de los hermanos López Millán y de las hermanas Millán Ibáñez. Vía pecuaria "Cañada Real de Talamantes", que separa el monte del término municipal de Calcena.
- Oeste: Monte de los herederos de Juan y Pío Millán. Monte de Esmeralda Romanos Chueca y de Eloy y Miguel Villarroya Romanos.
Enclavados: No hay enclavados.
Cabidas:
Cabida total del monte: 64,4876 hectáreas.
Cabida de enclavados: No hay enclavados.
Cabida pública resultante: 64,4876 hectáreas.
Descripción de linderos:
Sólo se describe el perímetro exterior, al no haberse reconocido ningún enclavado. El lindero Norte comienza en el piquete 1, en el punto en el que se inicia la colindancia con el barranco de Valdeherrera (en realidad, en este primer punto, con un pequeño tributario por su derecha, que se une al curso principal a los pocos metros). El piquete 1 está en la arista Este del camino viejo de Calcena a Tarazona, llamado también de los Frailes o de los Calcenarios, en el punto en que cruza el barranco. A partir del piquete 1 se linda con la margen derecha del barranco de Valdeherrera, la cual constituye todo el lindero Norte del monte, correspondiente a los piquetes 1 al 10, entre los cuales se tomaron también los puntos auxiliares intermedios números 1 al 5. Al otro lado del barranco, se halla un monte que, según informaciones, es posesión de los herederos de D. Miguel Romanos Miguel.
El lindero Este comienza en el piquete 10, donde concluye la colindancia con el barranco de Valdeherrera, y se inicia la colindancia con otro barranco, conocido como Vallejo de Treviño. El piquete 10 se halla a 1,5 metros al SO del punto exacto de encuentro de ambos cauces. Todo el lindero Este del monte sigue la margen izquierda del Vallejo de Treviño, al otro lado del cual queda un monte privado, antigua propiedad de D. Blas y D.ª Elvira Chueca, y actualmente poseído, según informaciones, por las siguientes personas: los hermanos Ibáñez Rubio (D. Javier, D.ª Guadalupe y D.ª Elvira), D.ª Esmeralda Romanos Chueca, D.ª Casilda Ibáñez Chueca, D. Antonio Chueca Ibáñez y D. Santiago Galindo Ibáñez. El lindero Este corresponde a los piquetes 10 al 24, entre los cuales se tomaron también los puntos auxiliares intermedios números 6 al 14. El piquete 12 se halla sobre una roca nativa del terreno, junto a un tramo del barranco que presenta lecho rocoso. El piquete 13 está en la parte superior de una repisa de piedra, donde el barranco describe una caída vertical que se conoce como El Caidero. El piquete 14 se halla también sobre una roca nativa del terreno, y el 15, sobre un montón de piedras del terreno. Los piquetes 16, 17, 19, 20 y 21 se hallan al borde de pequeños canchales que se internan en el monte. El piquete 21 se halla también encima de un montón de piedras, junto a un pequeño salto del barranco. Los piquetes 22 y 23 se encuentran sobre afloramientos rocosos sitos junto al barranco. El piquete 24 está junto a una roca nativa del terreno, en un punto donde el lecho del barranco es rocoso.
El lindero Sur comienza en el piquete 24, donde concluye la colindancia con el Vallejo de Treviño, y se inicia colindancia con monte propiedad indivisa de los hermanos López Millán (D. Antonio Eloy y D.ª María Pilar) y de las hermanas Millán Ibáñez (D.ª Rosa María, D.ª María Dolores, D.ª Rosalina Laura Adriana y D.ª María Lourdes). La colindancia con dicho monte de propiedad privada corresponde a los piquetes 24 al 40, de los cuales todos, menos el primero y el último, se hallan junto a antiguos mojones o montones de piedras del terreno. El límite sale del piquete 24 con rumbo aproximado Oeste, y sube la ladera que cae a la margen izquierda del Vallejo de Treviño hasta llegar al piquete 28. Entre los piquetes 28 y 30 el límite discurre por la parte superior de una loma, cruzándose una trocha transitable entre los piquetes 29 y 30. El piquete 32 se halla a 1,70 metros de la arista de la senda de Calcena a Tarazona (o de los Frailes o de los Calcenarios), que a partir de ese punto se interna en el monte. Entre los piquetes 32 y 33, se sube a una loma, en cuya divisoria aproximada se colocó el piquete 34, y a partir de este último punto los piquetes se hallan a media ladera del Cabezo de los Frailes, hasta llegar al piquete 39, sito en una zona especialmente empinada. El piquete 40 es fin de la colindancia con el monte privado, e inicio de la colindancia con la vía pecuaria "Cañada Real de Talamantes", propiedad de la Comunidad Autónoma de Aragón, siguiendo la cual se hallan los piquetes 40 al 43.
El lindero Oeste comienza en el piquete 43, donde se inicia la colindancia con un monte privado, antigua propiedad de D. Juan y D. Pío Millán, y actualmente propiedad indivisa, según informaciones, de los hermanos Millán Ibáñez (D. Ángel, D. Urbano y D. Pedro), de los hermanos Millán Villarroya (D. Miguel y D.ª Presentación), y de los herederos de los otros hermanos Millán Villarroya ya fallecidos (D. Santos y D.ª Natividad). Esta colindancia abarca los piquetes 43 al 62, ambos incluidos, y está muy claramente marcada con numerosos mojones consuetudinarios de piedra, junto a los cuales se colocaron los correspondientes piquetes. El límite, desde el piquete 43, sigue rumbo general NNE, bajando desde la vía pecuaria sin seguir ninguna divisoria o loma especialmente marcada. Entre los piquetes 54 y 55, el límite cruza un barranco tributario del de Valdeherrera por su derecha. A partir de allí, el límite discurre aproximadamente por el tercio inferior de la ladera que vierte a ese barranco, y se cruza de nuevo la senda de Calcena a Tarazona, que sale del monte, hasta llegar al piquete 60, donde el límite gira bruscamente al NO, y baja la ladera hasta llegar a las cercanías del barranco tributario que antes se ha cruzado (piquetes 61 y 62). En el piquete 62, se inicia una breve colindancia con un monte que era antigua propiedad de D. Teodoro Chueca, hoy de los hermanos Villarroya Romanos (D. Eloy y D. Miguel) y de D.ª Esmeralda Romanos Chueca, colindancia que se limita a la recta que une el mojón tradicional sito junto al piquete 62 con el piquete 1, donde se enlaza con el lindero Norte, antes descrito.
Especies predominantes: Pinus pinaster, Pinus nigra ssp. nigra y Quercus ilex ssp. rotundifolia.
Referencias catastrales (si bien las parcelas deben entenderse con los límites resultantes del apeo, no de los actuales planos catastrales): Polígono 1, parcela 54; y Polígono 9, parcela 4.
Servidumbres:
- Las derivadas de la Ley de Aguas, por lindar el monte con los barrancos de Valdeherrera y del Vallejo de Treviño.
- El monte es atravesado por dos sendas: el camino viejo de Calcena a Tarazona (también llamado de los Frailes o de los Calcenarios), y la senda que conduce del pueblo de Talamantes a la Hoya de Fuendeherrera.
Segundo.- Que se acuerde gestionar la cancelación total o parcial de cualquier inscripción registral que resultara contradictoria con la descripción del monte.
Tercero.- No reconocer ningún enclavado dentro del monte como poseído por particulares.
Cuarto.- Que se lleven los nuevos datos resultantes de la descripción del monte al Catálogo de los de utilidad pública.
Quinto.- Que se lleven los datos resultantes de la descripción del monte, y el acto firme de deslinde, al Registro de la Propiedad.
Sexto.- Que, a la mayor brevedad posible, se proceda al amojonamiento del monte.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, o recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, sin que puedan simultanearse ambos procedimientos, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.