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ORDEN PRE/1597/2016, de 20 de octubre, por la que se dispone la publicación de la adenda al convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Diputación Provincial de Teruel, para la gestión conjunta de obras de reforma, mejora y sustitución en colegios públicos de la provincia de Teruel.

Publicado el 15/11/2016 (Nº 220)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrita en el Registro General de Convenios con el núm. 2016/6/0452 la adenda suscrita, con fecha 28 de septiembre de 2016, por la Consejera de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón y el Presidente de la Diputación Provincial de Teruel, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación de la adenda, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 20 de octubre de 2016.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL, PARA LA GESTIÓN CONJUNTA DE OBRAS DE REFORMA, MEJORA Y SUSTITUCIÓN EN COLEGIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE TERUEL

Teruel, a 28 de septiembre de 2016.

De una parte, D.ª María Teresa Pérez Esteban, Consejera de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, nombrada por Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, en nombre y representación del Gobierno de Aragón, facultada para este acto por Acuerdo de fecha 30 de agosto de 2016.

De otra parte, D. Ramón Millán Piquer, Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Teruel, en su nombre y representación, autorizado para la firma del presente convenio en ejercicio de las competencias que le atribuyen los artículos 34 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 64 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón.

Ambas partes, reconociéndose mutua y recíproca capacidad para obligarse mediante la presente adenda,

1. Que con fecha 28 de septiembre de 2016, se firmó el convenio de referencia, que, en su cláusula segunda, indica que, para el desarrollo del convenio, se suscribirán anualmente las correspondientes adendas, concretándose las actuaciones y centros docentes en los que se realizarán las obras objeto de este convenio en cada ejercicio por parte del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Teruel, así como las nuevas aportaciones económicas y su destino, junto con las modificaciones que se requieran en las condiciones del convenio.

2. Que a tenor de lo dispuesto en las cláusulas del convenio, y para el ejercicio 2016, la colaboración entre ambas entidades quedará fijada en los siguientes términos:

1. Actuaciones.

Las obras a acometer en 2016, y su presupuesto máximo individualizado, son las siguientes:

2. Compromisos financieros.

1. La Diputación Provincial de Teruel aportará al Gobierno de Aragón, para atender a las actuaciones objeto de esta adenda, la cantidad de 200.000 € con cargo a la aplicación 3230 75000 de su Presupuesto para 2016.

2. La transferencia de dicha cantidad al Gobierno de Aragón por parte de la Diputación Provincial se hará efectiva en dos fases, un anticipo del 50% a la firma de la adenda, previa solicitud de su ingreso, y el resto contra la presentación de copias compulsadas de las facturas de cada obra, a las que se acompañarán memorias valoradas de las obras realizadas y la certificación de ejecución de la Unidad Técnica de Construcción del Servicio Provincial de Teruel, que deberá hacerse antes del 30 de noviembre de 2016.

3. El Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, aportará, con cargo a la aplicación 18010/4211/602000/91002 de su Presupuesto para 2016, la cantidad de 200.000 € para la financiación de las actuaciones contempladas en la presente adenda.

4. En el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo previsto para la conclusión de las actuaciones (es decir, antes del 31 de marzo de 2017), se deberá presentar ante el órgano de control de la Diputación Provincial de Teruel justificación del destino de las aportaciones, que comprenderá la siguiente documentación:

- Relación de la totalidad de los gastos e inversiones derivados de las actuaciones realizadas, a la que se acompañarán los justificantes de pago correspondientes, por importe máximo de 400.000 €, que es la cantidad comprometida por las entidades firmantes.

- Informe del Director del Servicio Provincial, acreditativo del cumplimiento del objetivo del convenio.

3. Vigencia.

La vigencia de la presente adenda finaliza el 31 de diciembre de 2016, sin perjuicio de los plazos establecidos para la presentación de la documentación justificativa de las actuaciones realizadas y del destino de las aportaciones efectuadas.

4. Publicidad de la adenda.

La presente adenda será objeto de publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", una vez inscrita en el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Para que así conste, y en prueba de conformidad, las representantes de las partes lo firman, por triplicado, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.