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RESOLUCIÓN de 20 de enero de 2015, del Ayuntamiento de Calatayud, por la que se da publicidad a la aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de Funcionamiento del Albergue Municipal de Transeúntes.

Publicado el 26/01/2015 (Nº 16)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: AYUNTAMIENTO DE CALATAYUD

Texto completo:

El Ayuntamiento Pleno, con fecha 29 de octubre de 2014, ha aprobado inicialmente la modificación del Reglamento de Funcionamiento del Albergue Municipal de Transeúntes, sometido el expediente a información pública mediante inserción de anuncios en el "Boletín Oficial de Aragón", número 219, de 7 de noviembre de 2014, y en el tablón de anuncios del ayuntamiento, y transcurrido el plazo de treinta días hábiles conferido al efecto sin que se hayan presentado reclamaciones, observaciones o reparos al mismo, el acuerdo provisional se eleva a definitivo, por lo que entrará en vigor a los quince días de la publicación del texto de las modificaciones, que se transcriben a continuación:

Artículo número 3 quedará redactado como sigue: "La sede del Albergue estará en la calle Sancho y Gil 19 de Calatayud".

Artículo número 8 quedará redactado como sigue: "El tiempo máximo de permanencia en el Albergue será de 2 noches cada tres meses".

Artículo número 9 quedará redactado como sigue: "No se admitirán transeúntes que perciban pensiones superiores al IPREM".

Artículo número 10 b).2 quedará redactado como sigue; "Ropero: Tiene como finalidad cubrir las necesidades de ropa y calzado que puedan presentar los usuarios del Albergue. Se prestará de forma simultánea con el de ducha".

Artículo número 12 quedará redactado como sigue: "El Albergue será atendido por un vigilante y por voluntariado".

Calatayud, 20 de enero de 2015.- El Alcalde, José Manuel Aranda Lassa.