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EXTRACTO de la Orden CDS/1729/2021, de 1 de diciembre, por la que se convocan subvenciones a Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo de proyectos de Servicios dirigidos a jóvenes aragoneses durante el ejercicio 2022, cuya concesión corresponde al Instituto Aragonés de la Juventud.

Publicado el 21/12/2021 (Nº 257)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES

Texto completo:

BDNS (Identif.): 599208

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/599208).

Primero.- Beneficiarios.

Entidades locales aragonesas especificadas en el artículo 2 de la Ley 7/1999, de 9 de abril de Administración Local de Aragón, ("Boletín Oficial de Aragón", número 45, de 17 de abril de 1999).

Segundo.- Objeto.

Fomentar el arraigo de los jóvenes en el entorno local a través de la dinamización y vertebración social y económica por medio de la financiación de proyectos de juventud que incluyan actuaciones dirigidas a ellos.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden CDS/1427/2021, de 21 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las entidades que integran la Administración Local de Aragón, gestionadas por el Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, Instituto Aragonés de Servicios Sociales el Instituto Aragonés de la Juventud. ("Boletín Oficial de Aragón", número 228, de 8 de noviembre de 2021).

Cuarto.- Cuantía.

La cuantía disponible asciende a un importe máximo de 110.000 euros. Dentro del crédito disponible, la cuantía individualizada de la subvención a otorgar a una misma entidad será de un máximo de seis mil euros (6.000 €). La cuantía de la subvención será la máxima si el proyecto obtiene la máxima puntuación, disminuyendo en proporción a la puntuación obtenida. La cuantía individualizada de la subvención podrá ser del 100 por 100 del proyecto, por lo que no es exigible un porcentaje de financiación propia, siempre que el importe del mismo no supere los 6.000 €, o la cuantía solicitada cuando sea inferior a esta cantidad.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

Desde el día siguiente a la publicación de la Orden de convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón", hasta el 28 de enero de 2022.

Zaragoza, 1 de diciembre de 2021.- La Consejera del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, María Victoria Broto Cosculluela.