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ANUNCIO del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Huesca, relativo a los trabajos de investigación de la propiedad de la concentración parcelaria de la zona de regadío de Torres de Barbués (Huesca).

Publicado el 15/11/2016 (Nº 220)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Declarada por Decreto 223/2007, de 4 de septiembre, del Gobierno de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 112, de 21 de septiembre de 2007), de utilidad pública y urgente ejecución la concentración parcelaria de la zona de regadío de Torres de Barbués (Huesca) se anuncia que los trabajos de investigación de la propiedad darán comienzo a partir del día siguiente al de la última publicación de este aviso en el "Boletín Oficial de la Provincia de Huesca" y en el "Boletín Oficial de Aragón".

Se requiere a los propietarios, arrendatarios, aparceros y, en general, a los cultivadores y titulares de cualquier derecho para que dentro del indicado plazo presenten a los funcionarios del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de la Diputación General de Aragón en Huesca, los títulos escritos en que funden su derecho y declaren, en todo caso, los gravámenes o situaciones jurídicas que afecten a sus fincas o derechos.

Se advierte que las fincas cuyos propietarios no aparecieren en este período serán consideradas como de desconocidos y se les dará el destino señalado por la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario de 12 de enero de 1973. Igualmente, se advierte que la falsedad de esas declaraciones dará lugar, con independencia de las sanciones penales, a la responsabilidad por daños y perjuicios que se deriven de dicha falsedad u omisión.

Los trabajos de concentración parcelaria afectarán a la zona de regadío de Torres de Barbués- Subperímetro Sector II del Canal de Monegros-, que linda: al norte con el término municipal de Torres de Barbués (zona de Sectores II y V del Flumen); al sur con el término municipal de Almuniente; al Este con el término municipal de Torres de Barbués (zona de sectores II y V del Flumen) y al Oeste el término municipal de Torralba de Aragón.

Dicho perímetro quedará en definitiva modificado por lo previsto en el artículo 172 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario de 12 de enero de 1973, por lo que los propietarios de las mismas deberán en su propio interés, además de hacer la declaración de sus parcelas, seguir los trabajos de concentración, para hacer valer sus derechos en el momento oportuno.

Se requiere también a cuantos actualmente utilizan aguas públicas para que indiquen la finca o fincas que riegan con las mismas, así como si está inscrito el aprovechamiento en el Registro de la Comisaría de Aguas a su favor o al de otra persona o, en otro caso, fecha desde la que vienen utilizando las aguas públicas por sí o por sus causantes, acompañando en todo caso las pruebas que acrediten estas situaciones.

Huesca, 27 de octubre de 2016.- El Director del Servicio Provincial, P.S.R. (Artículo 10.3 Decreto 74/2000, de 11 de abril). El Secretario Provincial, Pedro Uldemolins Julve.