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RESOLUCIÓN de 25 de noviembre de 2011, del Director General de Carreteras, por la que se señalan fechas para el levantamiento de actas previas a la ocupación de fincas afectadas por el expediente de expropiación forzosa incoado con motivo de las obras del proyecto «Nueva infraestructura de la carretera A-120. Tramo: intersección A-2 - intersección Z-40» Clave: N-417-Z.

Publicado el 16/12/2011 (Nº 246)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO, VIVIENDA Y TRANSPORTES

Texto completo:

Con fecha 30 de septiembre de 2010, el Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes aprobó el proyecto «Nueva infraestructura de la carretera A-120. Tramo: intersección A-2 - intersección Z-40» Clave: N-417-Z.

De conformidad con lo establecido en la normativa vigente en materia de expropiación forzosa y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administración Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Servicio Provincial de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de Zaragoza, llevó a cabo el trámite de información pública de la relación de bienes a expropiar, mediante anuncio en el «Boletín Oficial de Aragón», número 16, de 25 de enero de 2011.

Por Acuerdo del Gobierno de Aragón, de fecha 25 de octubre de 2011 se declaró urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto mencionado, a los efectos de la aplicación del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa.

En consecuencia, la Dirección General de Carreteras ha resuelto:

Fijar el día 31 de enero de 2012, para el levantamiento de las actas previas a la ocupación de las fincas que se expresan en la relación adjunta, debiendo comparecer los titulares de todo tipo de derechos, en relación con las fincas que se reflejan en la mencionada relación, en el Ayuntamiento de Zaragoza, en la fecha y hora indicada en las correspondientes notificaciones individuales, a los efectos del levantamiento de las citadas actas, según lo dispuesto en el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, sin perjuicio de trasladarse al propio terreno en caso de ser necesario.

A dicho acto deberán asistir los afectados personalmente, o bien representados por persona debidamente autorizada para actuar en su nombre, aportando el D.N.I. y los documentos acreditativos de la titularidad, pudiendo hacerse acompañar a su costa, o si lo estiman oportuno, de sus peritos y de un notario.

Al citado acto concurrirán el representante de la Administración, el perito de la Administración y el Alcalde del Ayuntamiento o el Concejal en quien delegue a tales efectos, pudiendo los afectados hacer uso de los derechos que les concede el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa en su párrafo 3º.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, los interesados y las personas que siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados que hayan podido omitirse en la relación expuesta, podrán formular por escrito, ante la Secretaría General Técnica -Sección de Expropiaciones- del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes (Edificio Pignatelli, paseo Mª Agustín, 36, 3ª planta, 50071 Zaragoza) y hasta el día del levantamiento del acta previa respectiva, cuantas alegaciones estimen oportunas a los solos efectos de subsanar los posibles errores en que se hay podido incurrir al relacionar los bienes y derechos que se afectan.

Zaragoza, 25 de noviembre de 2011.-El Director General de Carreteras, Miguel Ángel Arminio Pérez.