NOTIFICACIÓN de la Junta Arbitral de Consumo de Aragón, relativa a solicitud de arbitraje al reclamado no adherido.
No habiendo sido posible notificar la solicitud de arbitraje formulada en la Junta Arbitral de Consumo de Aragón, al amparo del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y el Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo, se procede a su notificación conforme determina el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y se hace constar que el interesado que figura en el anexo (establecimiento, profesional o empresa reclamada) tienen a su disposición la reclamación presentada en su contra y la documentación que las acompaña en la Junta Arbitral de Consumo de Aragón, adscrita a la Dirección General de Protección de Consumidores y Usuarios del Departamento de Ciudadanía y Derechos Socales (vía Universitas, 36, 6.ª planta, 50017 de Zaragoza).
Se le da por notificado a todos los efectos, haciéndole saber que en el plazo de quince días puede aceptar expresamente el arbitraje propuesto y manifestar las razones en que fundamentan su oposición a las pretensiones del reclamante, así como aportar la documentación que estimen oportuna en su apoyo o en su caso proponer una solución a la reclamación presentada.
Zaragoza, 12 de febrero de 2016.- La Presidenta de la Junta Arbitral de Consumo de Aragón, Sagrario Salas López.
Número expediente: 0977/15-JA.
Empresa reclamada: Extrema Multimedia, S.L. (MYTELECOM).
Domicilio indicado en el expediente: C/ Padre Cantero, 50.
Localidad: 06460 Campanario (Badajoz).
Número expediente: 1012/15-JA.
Empresa reclamada: Casas de Conil.
Domicilio indicado en el expediente: C/ Línea de la Concepción, s/n.
Localidad: 11140 Conil de la Frontera (Cádiz).