Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

EXTRACTO de la Orden DRS/356/2019, de 27 de marzo, por la que se convocan subvenciones destinadas a apoyar las actividades de información y promoción de los productos agrícolas y alimenticios aragoneses con calidad diferenciada, realizadas por grupos de productores en el mercado interior, para el año 2019.

Publicado el 15/04/2019 (Nº 73)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

BDNS (Identif.): 447222

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index). No perteneciendo las subvenciones de la medida 03 a las Ayudas de Estado.

Primero.- Beneficiarios.

Según el artículo 11 de la Orden de bases reguladoras, podrán ser beneficiarios de las subvenciones contempladas en esta Orden los grupos de productores, entendiendo como tales a toda organización, sea cual sea su forma jurídica, compuesta por agentes que participen en alguno de los programas de calidad diferenciada de los alimentos definidos en el artículo 2.d) y su modificación la Orden DRS/127/2018, de 17 de enero, de la citada Orden que desarrollen actividades de información y promoción.

Segundo.- Objeto.

Esta Orden tiene por objeto convocar subvenciones destinadas al apoyo, a través de los grupos de productores, a la información y promoción de los productos agrícolas y alimenticios aragoneses con calidad diferenciada en el mercado interior; (submedida 3.2) en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden de DRS/9/2016, de 11de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón, 2014-2020 ("Boletín Oficial de Aragón", número 14, de 22 de enero de 2016) y sus modificaciónes; la Orden DRS/56/2017, de 30 de enero ("Boletín Oficial de Aragón", número 23, de 3 de febrero de 2017); la Orden DRS/127/2018, de 17 de enero ("Boletín Oficial de Aragón", número 27, de 7 de febrero de 2018) y la Orden DRS/17/2019, de 15 de enero ("Boletín Oficial de Aragón", número 21, de 31 de enero de 2019).

Cuarto.- Cuantía.

Dentro del crédito disponible, la cuantía individualizada de la subvención se determinará atendiendo a los criterios de valoración establecidos en el apartado quinto punto 3 de la Orden, siendo el porcentaje de subvención a percibir el indicado en el apartado quinto punto 4 de la Orden.

El importe máximo de la subvención no podrá ser superior a 300.000 € beneficiario/año.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días habiles a partir del día de la publicación de la presente Orden en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 27 de marzo de 2019.- El Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, Joaquín Olona Blasco.