Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

EXTRACTO de la Orden EIE/490/2019, de 10 de mayo, por la que se convocan ayudas con destino a proyectos de inversión en la provincia de Teruel.

Publicado el 17/05/2019 (Nº 94)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

BDNS (Identif.): 454933

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero.- Beneficiarios.

Personas físicas o jurídicas privadas con personalidad jurídica, así como las agrupaciones integradas por ellas, las comunidades de bienes y los trabajadores autónomos que vayan a acometer los proyectos de inversión empresarial que fundamenten la concesión de la ayuda.

Segundo.- Finalidad.

Promover actuaciones de inversión para la implantación de nuevas actividades económicas en la provincia de Teruel, así como para la ampliación, mejora y/o modernización de las instalaciones y equipos ya existentes.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden EIE/694/2016, de 4 de julio, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 135, de 14 de julio de 2016, modificada por la Orden EIE/1038/2018, de 31 de mayo, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 119, de 21 de junio de 2018, y por la Orden EIE/396/2019, de 19 de marzo, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 80, de 26 de abril de 2019.

Cuarto.- Importe.

El importe total de la convocatoria es de dos millones de euros. El porcentaje máximo de ayudas a conceder sobre la inversión subvencionable es:

- Hasta el 15% para grandes empresas.

- Hasta el 25% para medianas empresas.

- Hasta el 35% para autónomos, microempresas y empresas de pequeño tamaño.

En cualquier caso, la ayuda máxima por proyecto será de 100.000 €.

El importe total de las ayudas recibidas para la misma actividad subvencionable no podrán superar el límite de 200.000 euros durante el ejercicio fiscal actual y los dos ejercicios fiscales anteriores, tal y como establece el el Reglamento número 1407/2013 de la Comisión Europea, relativo a las ayudas de mínimis, con las condiciones y requisitos establecidos en los artículos 3 y 5 de dicho Reglamento número 1407/2013.

En el caso de las subvenciones a proyectos de explotaciones ganaderas deberá aplicarse el Reglamento número 1408/2013 de la Comisión Europea, no pudiendo superarse los 20.000 euros de ayuda concedidos a una única empresa ganadera a lo largo de un período de tres años.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

Veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 10 de mayo de 2019.- La Consejera de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón, Marta Gastón Menal.