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ORDEN de 9 de junio de 2015, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se crean dos equipos especializados de orientación educativa y se traslada de domicilio el "Equipo especializado en discapacidad física: motora y orgánica", de titularidad de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 01/07/2015 (Nº 124)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 71, en la redacción dada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, que las Administraciones educativas dispondrán de los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos establecidos con carácter general.

El Gobierno de Aragón ha regulado, mediante Decreto 135/2014, de 29 de julio, las condiciones para el éxito escolar y la excelencia de todos los alumnos de la Comunidad Autónoma de Aragón desde un enfoque inclusivo. En dicho Decreto, se considera la orientación educativa como un factor clave de un sistema educativo de calidad y se exponen los diferentes servicios en los que se articula.

El artículo 29 del mencionado Decreto prevé que los servicios de orientación educativa estarán constituidos por los Servicios Generales de Orientación Educativa y los Equipos Especializados de Orientación Educativa.

La necesidad de completar el funcionamiento de los servicios generales de orientación mediante intervenciones especializadas que garanticen la adecuada respuesta a los alumnos que presenten la especificidad de un ámbito determinado, hace necesaria la creación de Equipos Especializados de Orientación Educativa.

Mediante Orden de 30 de julio de 2014 ("Boletín Oficial de Aragón", de 7 de agosto de 2014), se crearon servicios de orientación educativa, titularidad del Gobierno de Aragón: los Equipos de Orientación Educativa de Infantil y Primaria y el Equipo Especializado en discapacidad física: motora y orgánica.

Asimismo, la disposición final primera del citado Decreto habilita al titular del Departamento competente en materia de educación para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución de lo previsto en dicho Decreto.

En consecuencia, a propuesta de los Directores Generales de Política Educativa y Educación Permanente y de Ordenación Académica, he resuelto:

Primero.- Creación de dos equipos especializados de orientación educativa

De conformidad con los artículos 29 y 31 del Decreto 135/2014, de 29 de julio, se crean los equipos especializados de orientación educativa, relacionados a continuación:

"Equipo Especializado en trastornos graves del desarrollo", código de centro 50701037, con domicilio en la calle San Antonio Abad, número 38 (Edificio Rosa Arjó) de Zaragoza.

"Equipo Especializado en trastorno mental y de la conducta", código de centro 50701049, con domicilio en la calle San Antonio Abad, número 38 (Edificio Rosa Arjó) de Zaragoza.

Segundo.- Traslado de domicilio del "Equipo Especializado en discapacidad física: motora y orgánica"

El "Equipo Especializado en discapacidad física: motora y orgánica", código de centro 50701025, con domicilio en la calle Paseo Reyes de Aragón, número 20 de Zaragoza, traslada su domicilio a la calle San Antonio Abad, número 38 (Edificio Rosa Arjó) de Zaragoza.

Tercero.- En cuanto a las competencias, organización y funcionamiento de los equipos creados en esta orden, se estará a lo establecido en el Decreto 135/2014 de 29 de julio y demás disposiciones de desarrollo.

Cuarto.- Comienzo de actividades

Los nuevos equipos indicados en los apartados anteriores comenzarán sus actividades a partir del inicio del curso escolar 2015-2016. Con anterioridad a dicha fecha, podrán realizarse actuaciones administrativas y de gestión necesarias para la puesta en marcha de los centros.

Quinto.- Habilitación

Se autoriza a los Directores Generales con competencias en orientación educativa, en gestión de personal y en creación de centros, así como al Director del Servicio Provincial de Zaragoza para dictar, en el ámbito de sus competencias, las Resoluciones precisas para la aplicación de lo dispuesto en esta orden.

Zaragoza, 9 de junio de 2015.

La Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte,

DOLORES SERRAT MORÉ