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ORDEN DRS/646/2018, de 28 de marzo, por la que se aprueba la declaración de utilidad pública de varios montes pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Aragón y localizados en los términos municipales de Aínsa-Sobrarbe y Boltaña y la agrupación de algunos de ellos.

Publicado el 30/04/2018 (Nº 82)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Visto el expediente tramitado para la declaración de utilidad pública y posterior agrupación de los montes H-1170 "Santa María de Ascaso" y H-1188 "Terracusín, Tornamora, Güega Jánovas y Navaín" en el término municipal de Boltaña, declaración de utilidad pública del monte H-1172 "Morcat" y posterior agrupación al monte H-0378 "Luparuelo" en el término municipal de Boltaña y declaración de utilidad pública del monte H-1173 "Puybayeta" en el término municipal de Aínsa-Sobrarbe, resultan de él los siguientes:

Antecedentes

Con fecha de 4 de octubre de 2017, la Dirección del Servicio Provincial del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Huesca, acordó iniciar de oficio la tramitación del expediente declaración de utilidad pública de varios montes pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Aragón en los términos municipales de Aínsa-Sobrarbe y Boltaña y la agrupación de algunos de ellos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del Texto refundido de la Ley de Montes de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, en los artículos 25 al 30 del Reglamento de Montes aprobado por Decreto 485/1962, de 22 de febrero, y en las Circulares 1/1967, de 7 de marzo, y 1/1969, de 3 de febrero, de la Dirección General de Montes, Caza y Pesca Fluvial del Ministerio de Agricultura, sobre tramitación de los expedientes de declaración de utilidad pública, así como para la subsiguiente inclusión en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Aragón dentro de los de la provincia de Huesca, según lo dispuesto en el artículo 15.1 del citado Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, en los artículos 40 y siguientes del vigente Reglamento y en las Circulares citadas.

Con fecha de 4 de octubre de 2017, el Ingeniero Técnico Forestal D. Javier Fraile Yécora, técnico de la Sección de Defensa de la Propiedad del Servicio Provincial de este Departamento en Huesca, redactó memoria detallada sobre la necesidad de proceder de oficio a la declaración de utilidad pública de varios montes y a la subsiguiente agrupación de algunos de ellos e inclusión y actualización en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Aragón, en aplicación de los supuestos previstos en los apartados "a", "b", "c", "i" y "m" del artículo 13 del Texto refundido de la Ley de Montes de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio.

Con fecha de 10 de noviembre de 2017, se remitió oficio a los Ayuntamientos de Aínsa-Sobrarbe y Boltaña y a la Comarca de Sobrarbe el anuncio publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 212, de 6 de noviembre de 2017, por el que se dio publicidad al expediente, con la indicación de que se procediera a su exposición en el tablón de anuncios municipal durante el plazo de veinte días. Durante el período de información pública, no se presentó ninguna reclamación, y así consta en el certificado del Servicio Provincial del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Huesca de 8 de enero de 2018, y ninguna otra en los demás lugares de exposición pública, según consta en sendos certificados del Ayuntamiento de Aínsa-Sobrarbe de 18 de enero de 2018, del Ayuntamiento de Boltaña de 16 de enero de 2018 y de la Comarca de Sobrarbe de 31 de enero de 2018.

Considerando lo dispuesto en el artículo 15.3 del Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón, en el artículo 27 del Reglamento de Montes de 22 de febrero de 1962 y en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se obvió el trámite de audiencia a la entidad propietaria del monte dado que se trata de la propia Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo Gobierno, a través del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, ha promovido de oficio el expediente.

Con fecha 9 de febrero de 2018, el Jefe de la Unidad de Gestión Forestal, con el visto bueno del Director del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Huesca, suscribe Informe-Propuesta favorable a la aprobación del expediente tal como se ha tramitado, el cual es remitido mediante nota interna de esa misma fecha, a la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca para su resolución.

Fundamentos jurídicos

Mediante la Memoria técnica redactada por el Ingeniero Técnico Forestal facultativo, ha quedado debidamente acreditada la utilidad pública de los terrenos que se propone catalogar, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 13 y 15 del Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón y no ha sido contradicha en modo alguno durante los trámites de audiencia e información pública.

El expediente ha sido tramitado de acuerdo con la legislación vigente, y en concreto con lo dispuesto para las declaraciones de utilidad pública en los artículos 13 y 15 del Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón, y en los artículos 26 y siguientes del Reglamento de Montes de 22 de febrero de 1962. Por cuanto antecede, procede dictar la orden resolutoria.

Vistos la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, del Estatuto de Autonomía de Aragón; la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, modificada por la Ley 10/2006, de 28 de abril, y por la Ley 21/2015, de 20 de julio; el Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón; el Reglamento de Montes aprobado por el Decreto 485/1962, de 22 de febrero; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón; el Decreto 317/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, y demás disposiciones de general aplicación.

De conformidad con la propuesta de la Dirección del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Huesca, y del Director General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, y haciendo uso, en lo que se refiere a la declaración de utilidad pública de montes, de la delegación de competencia acordada por el Gobierno de Aragón en su sesión de 31 de enero de 2017 ("Boletín Oficial de Aragón", número 67, de 6 de abril), resuelvo:

Declarar de utilidad pública y agrupar los montes denominados "Santa María de Ascaso" (H1170) y "Terracusín, Tornamora, Güega Jánovas y Navaín" (H1188), y ordenar su inclusión en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Huesca con las siguientes características:

Número de Catálogo: 568.

Denominación: Montes de Ascaso.

Comarca: Sobrarbe.

Partido Judicial: Boltaña.

Término municipal: Boltaña.

Pertenencia: Comunidad Autónoma de Aragón.

Especies principales que lo pueblan: Quercus faginea, Quercus ilex, matorrales de boj y aliaga

Cargas y servidumbres: se desconocen.

Datos Registrales (hasta su actualización): Registro de Boltaña, Tomo 361, Libro 10 Folio 247, Finca 1359 (monte Sta María de Ascaso); no consta actualización registral en el monte H1188.

Datos Catastrales: Se presume compuesto por las parcelas 64, 70 a 74 del polígono 1 de Boltaña (parcelas adquiridas por el Estado por débitos de contribución), por la totalidad o parte de las parcelas 1 a 4, 47, 59, 61, 62, 66, 68, 80 y 83 del polígono 1 de Boltaña y parte de la parcela 156 del polígono 2 de Boltaña.

Cabidas: (Pendiente de determinación definitiva en tanto no se lleve a cabo el deslinde total administrativo del monte).

Pública: 506,8495 ha.

Enclavados: no constan.

Total: 506,8495 ha.

Límites recinto A:

Norte: Término municipal de Fanlo.

Este: Fincas de Ascaso en el término municipal de Boltaña.

Sur: Fincas de Ascaso en el término municipal de Boltaña.

Oeste: Término municipal de Fiscal.

Límites recinto B:

Norte: Fincas de Ascaso en el término municipal de Boltaña.

Este: Fincas de Ascaso en el término municipal de Boltaña.

Sur: Fincas de Seso en el término municipal de Boltaña.

Oeste: Fincas de Seso en el término municipal de Boltaña.

Declarar de utilidad pública el monte denominado "Puybayeta" (H1173), y ordenar su inclusión en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Huesca con las siguientes características:

Número de Catálogo: 569.

Denominación: Puybayeta

Comarca: Sobrarbe.

Partido Judicial: Boltaña.

Término municipal: Aínsa-Sobrarbe.

Pertenencia: Comunidad Autónoma de Aragón.

Especies principales que lo pueblan: Quercus faginea, Quercus ilex, Pinus sylvestris, Pinus nigra

Cargas y servidumbres: se desconocen.

Datos Registrales: Registro de Boltaña, Tomo 364, folio 23, finca 492

Datos Catastrales: Se presume compuesto por la totalidad o gran parte de las parcelas 14 a 17, 82, 85, 140 del polígono 8 de Aínsa-Sobrarbe y de las 62, 63, 71, 76, 77, 87 y 272 del polígono 7 de Aínsa-Sobrarbe en su anejo de Guaso

Cabidas: (Pendiente de determinación definitiva en tanto no se lleve a cabo el deslinde total administrativo del monte).

Pública: 157 ha.

Enclavados: no constan.

Total: 157 ha.

Límites:

Norte: Fincas en el término municipal de Aínsa-Sobrarbe.

Este: Fincas en el término municipal de Aínsa-Sobrarbe.

Sur: Fincas en el término municipal de Aínsa-Sobrarbe.

Oeste: Fincas en el término municipal de Aínsa-Sobrarbe.

Declarar de utilidad pública el monte denominado "Morcat" (H1172) y agruparlo simultáneamente al monte catalogado número 378 denominado "Luparuelo", ordenar también la modificación correspondiente del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Huesca con las siguientes características:

Número de Catálogo: 378.

Denominación: Morcat y Luparuelo.

Comarca: Sobrarbe.

Partido Judicial: Boltaña.

Término municipal: Boltaña

Pertenencia: Comunidad Autónoma de Aragón.

Cargas y servidumbres: se desconocen.

Especies principales que lo pueblan: Quercus faginea, Quercis ilex, Pinus nigra

Cargas y servidumbres: se desconocen.

Datos Registrales (hasta su actualización): Registro de Boltaña, Tomo 169, libro 3 de Sieste, folio 71, finca 430 (monte Luparuelo) y las que consten en sendas adquisiciones de 30 de julio de 1968 (Heredad de José Campo Cavero y Carolina Bellosta Bellosta), de 12 de febrero de 1971 (Heredad de Francisca Allué y otros), de 10 de abril de 1973 (Heredad de José Valero Campo y Agapita Buil Solano) y de 23 de octubre de 1973 (Heredad de Hnos. Allué Sánchez y Pilar Riazuelo Escartín)

Datos Catastrales: Se presume compuesto por bastantes parcelas, que en conjunto suman más de la mitad de los polígonos 4 y 5 de Boltaña en su anejo de Sieste, todas ellas colindantes excepto la parcela 1 del polígono 5, distante 1 km del conjunto

Cabidas: (Pendiente de determinación definitiva en tanto no se lleve a cabo el deslinde total administrativo del monte).

Pública: 828,5175 ha.

Enclavados: no constan.

Total: 828,5175 ha.

Límites recinto A:

Norte: Fincas de Campodarbe y monte de utilidad pública número 128 denominado "La Magdalena y Santa Cruz", todo el en término municipal de Boltaña.

Este: Fincas en el término municipal de Boltaña.

Sur: Fincas en el término municipal de Boltaña.

Oeste: Fincas en el término municipal de Boltaña.

Límites recinto B:

Norte: Límite del antiguo término de Sieste, hoy Boltaña.

Este: Fincas en el término municipal de Boltaña.

Sur: Fincas en el término municipal de Boltaña y monte de utilidad pública número 113 denominado "Selva de Capramote", en el término municipal de Aínsa-Sobrarbe.

Oeste: Fincas en el término municipal de Boltaña.

Atendiendo a lo que contempla el artículo 69 del vigente Reglamento de Montes, se deberá comunicar al Registro de la Propiedad la descripción de los montes contenida en la presente orden, así como esta misma, con el fin de perfeccionar las inscripciones vigentes e inmatricular aquellas partes de los montes que aún no han accedido al Registro.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa y se dicta en uso de competencias delegadas por el Gobierno de Aragón, cabe recurso de reposición ante el Gobierno de Aragón en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación o notificación, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación o notificación, sin que puedan simultanearse ambos procedimientos, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 28 de marzo de 2017.

El Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, JOAQUÍN OLONA BLASCO