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EXTRACTO de la Orden DRS/1105/2018,de 11 de junio, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones dirigida a entidades locales para impulsar actuaciones relativas a la mejora de la depuración de aguas residuales en Aragón, que gestionará el Instituto Aragonés del Agua.

Publicado el 28/06/2018 (Nº 124)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

BDNS (Identif.): 403496

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley de 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index)

Primero.- Beneficiarios.

Las entidades locales de Aragón.

Segundo.- Finalidad.

Promover actuaciones encaminadas a la dotación o mejora de infraestructuras de depuración de aguas residuales urbanas.

Se establecen dos Líneas de ayuda:

Línea 1: Nuevas EDAR o acondicionamiento y mejora de EDAR existentes.

Línea 2: Construcción o renovación y mejora de redes de saneamiento municipales, siempre que supongan mejoras justificadas en parámetros de depuración.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden PRE/571/2016, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al Fondo Local de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 116, de 17 de junio de 2016).

Cuarto.- Importe.

La cuantía total prevista para esta convocatoria es de 4.400.000 €, con cargo a la partida presupuestaria G/5121/760132/91002 del Presupuesto del Instituto Aragonés del Agua, distribuida en las siguientes anualidades:

2018: 2.300.000 €

2019: 100.000 €

2020: 2.000.000 €

Cada entidad local podrá solicitar ayuda exclusivamente para una actuación y el porcentaje de ayuda a conceder será, para la Línea 1, el 95% del gasto a realizar con un límite máximo de 300.000 € por ayuda. Para la Línea 2 el porcentaje de subvención se ajustará considerando el número de habitantes de la entidad local solicitante conforme al último padrón publicado por el INE previo a la publicación de la convocatoria. ( Hasta 1.000 habitantes el 95% del gasto a realizar, con un límite máximo de 150.000 € por ayuda. De 1.001 habitantes en adelante, el 75% del gasto a realizar, con un límite máximo de 150.000 € por ayuda).

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 45 días naturales a partir del día siguiente al de publicación de la convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 11 de junio de 2018.- El Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, Joaquín Olona Blasco.