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EXTRACTO de la Orden EIE/487/2019, de 10 de mayo, por la que se convocan ayudas complementarias a proyectos industriales en la provincia de Teruel.

Publicado el 17/05/2019 (Nº 94)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

BDNS (Identif.): 454935

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index

Primero.- Beneficiarios.

Solo podrán acceder a la condición de beneficiario las personas físicas y jurídicas privadas con personalidad jurídica, así como las agrupaciones integradas por ellas, las comunidades de bienes y los trabajadores autónomos, con un proyecto de inversión beneficiario en 2017 de ayudas en el marco de los siguientes regímenes, o ayudas que puedan reemplazarlas:

- MINER.

- IER.

Segundo.- Finalidad.

Tiene como finalidad complementar proyectos de inversión situados en la provincia de Teruel que hayan sido beneficiarios en 2017 de ayudas en el marco de los regímenes MINER e IER.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden EIE/743/2016, de 4 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas complementarias a proyectos industriales en la provincia de Teruel.

Cuarto.- Importe.

El importe total de la convocatoria es de quinientos mil euros. El porcentaje máximo de ayudas a conceder sobre la inversión subvencionable es:

- Hasta el 15% para grandes empresas.

- Hasta el 25% para medianas empresas.

- Hasta el 35% para autónomos, microempresas y empresas de pequeño tamaño.

El importe total de las ayudas recibidas para la misma actividad subvencionable no podrán superar el límite de 200.000 euros durante el ejercicio fiscal actual y los dos ejercicios fiscales anteriores, tal y como establece el Reglamento número 1407/2013 de la Comisión Europea, relativo a las ayudas de minimis, con las condiciones y requisitos establecidos en los artículos 3 y 5 de dicho Reglamento número 1407/2013.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

Quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 10 de mayo 2019.- La Consejera de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón, Marta Gastón Menal.