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ORDEN de 22 de junio de 2015, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Clúster de la Automoción de Aragón (CAAR), para la financiación del proyecto "CAAR: Agrupando pymes para competir en México".

Publicado el 24/07/2015 (Nº 142)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2015/7/0156 el convenio suscrito, con fecha 3 de junio de 2015, por el Consejero de Economía y Empleo del Gobierno de Aragón y el Presidente de CAAR, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 22 de junio de 2015.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y EL CLÚSTER DE LA AUTOMOCIÓN DE ARAGÓN (CAAR), PARA LA FINANCIACIÓN DEL PROYECTO "CAAR: AGRUPANDO PYMES PARA COMPETIR EN MÉXICO"

En Zaragoza, a 3 de junio de 2015.

De una parte: El Excmo. Sr. D. Francisco Bono Ríos, Consejero de Economía y Empleo, en nombre y representación del Gobierno de Aragón, facultado para este acto por Acuerdo del Gobierno de Aragón de fecha 22 de mayo de 2015.

De otra: El Sr. D. Benito Tesier Sierra, en calidad de Presidente del Clúster de la Automoción de Aragón (CAAR), en virtud de nombramiento efectuado el 26 de junio de 2012, hallándose en el pleno ejercicio de las funciones representativas que le asigna el artículo 14 de los estatutos de la asociación.

Reconociéndose ambas partes capacidad jurídica para formalizar el presente convenio,

El artículo 71.32.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón competencia exclusiva en el fomento del desarrollo económico de la Comunidad. En el mismo sentido, el Decreto 19/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Economía y Empleo, contempla, entre sus competencias la de planificación, coordinación y ejecución de la política económica de la Comunidad Autónoma de Aragón. En particular, corresponde al Departamento de Economía y Empleo la gestión de ayudas destinadas al crecimiento empresarial y a la mejora y modernización de la gestión empresarial.

El Gobierno de Aragón tiene entre sus objetivos el impulso de la promoción económica y el desarrollo empresarial de Aragón, orientado hacia el equilibrio territorial y la creación de empleo, consiguiendo para la Comunidad Autónoma un desarrollo económico duradero y sostenible.

La Estrategia Aragonesa de Competitividad y Crecimiento reconoce el tamaño de las empresas como uno de los factores determinantes de su competitividad y, por consiguiente, de la economía aragonesa.

El aumento de la dimensión de las pymes aragonesas constituye una condición imprescindible para la obtención de economías de escala en sus costes, así como para afrontar desde una posición más razonable y con mayores posibilidades de éxito en el proceso de internacionalización y de mejora de su financiación.

Asimismo, contempla la internacionalización como una de las palancas más importantes de competitividad para la Región, buscando fortalecer el músculo exportados de las empresas aragonesas.

La implementación durante el año 2015 de esta estrategia se contempla en el título séptimo: "De los créditos y acciones para el fomento del empleo y la competitividad", de la Ley 13/2014, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2015.

El Gobierno de Aragón consciente de la difícil situación por la que atraviesa la economía mundial, así como la española y aragonesa, considera necesario establecer medidas que contribuyan a suavizar el proceso de crisis, así como orientadas a la dinamización de proyectos empresariales.

Las pequeñas y medianas empresas aportan un valor añadido a la economía en su conjunto, ya que, por su naturaleza, presentan una estructura organizativa más flexible, lo que permite una adaptación a cambios profundos de las condiciones económicas. Hay que destacar, además, el relevante papel que tiene este tipo de empresas desde el punto de vista de la generación de empleo, lo que hace aconsejable llevar a cabo desde los poderes públicos políticas de apoyo a las mismas, tendentes a favorecer su desarrollo y potenciar su crecimiento, toda vez que se ha constado un alto nivel de impacto de estas actuaciones en la economía en general.

El 8 de abril de 2015, el Clúster de la Automoción de Aragón (CAAR) presenta al Gobierno de Aragón una propuesta de convenio para el apoyo al proyecto "CAAR: Agrupando pymes para competir en México", que se llevará a cabo, dentro del año 2015, entre el Clúster de Automoción de Aragón y 6 pymes del sector de la automoción, de tal manera que se les facilite la posibilidad de abrir nuevas vías de negocio a través de la internacionalización de su producción.

El Gobierno de Aragón ha colaborado, durante el ejercicio de 2013, en la financiación del proyecto "Mapa de oportunidades de crecimiento corporativo", habiéndose constatado el perfecto cumplimiento de los objetivos y actuaciones previstas y ha justificado adecuadamente las cantidades subvencionadas. El Clúster de la Automoción de Aragón es una de las organizaciones referentes en el ámbito económico e industrial en Aragón. También está presente en la mayoría de foros socioeconómicos e industriales sectoriales de relevancia a nivel nacional y se encuentra desarrollando una planificación de actividades concretas para reforzar su posicionamiento y visibilidad europea.

El tamaño y posición de liderazgo en los sectores de su actividad de muchos de los socios del CAAR les permiten disponer de conocimientos, recursos y metodologías que pueden beneficiar significativamente a su cadena de valor, si se extienden a ella, en un esfuerzo que debe repercutir en la creación de actividad económica y riqueza, para lo que se solicita la colaboración del Gobierno de Aragón.

Reconociendo el interés de la oportunidad ofertada, el Gobierno de Aragón desea colaborar con el Clúster de la Automoción de Aragón mediante su apoyo en la planificación, desarrollo y financiación del programa contemplado en el presente convenio, que considera beneficioso para el conjunto de la Comunidad Autónoma, al fortalecer la competitividad de las empresas aragonesas en un escenario de globalización.

No cabe duda de que la singular posición del Clúster de la Automoción de Aragón como beneficiaria de la subvención, permite utilizar la potencialidad de los recursos de una entidad que, por su carácter representativo de las empresas aragonesas de un sector económicamente tan relevante como es la automoción, se encuentra en las mejores condiciones para alcanzar el objetivo perseguido. En este sentido, el Clúster de la Automoción de Aragón está capacitado para desarrollar las actuaciones contempladas en este convenio, siendo difícil encontrar otra entidad pública o privada que ofrezca tales condiciones.

De ello se deduce, con toda evidencia, el interés económico y social que justifica la utilización del régimen de concesión directa de esta subvención, al ser la única entidad que por sus condiciones objetivas y de representatividad puede en este momento desarrollar el programa analizado.

El Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Economía y Empleo, contribuirá al desarrollo de este programa mediante el otorgamiento de una subvención al Clúster de la Automoción de Aragón (CAAR), al quedar acreditado el interés social y económico de las actuaciones propuestas para las medianas empresas aragonesas y su impulso económico, ayuda que será objeto de concesión directa, al cumplirse los requisitos excepcionales contemplados en el artículo 28 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

En el presente convenio se determinarán las condiciones y compromisos de esta subvención, de acuerdo con lo enunciado en el artículo 28 de la citada ley.

Asimismo, la Unidad de Control de la Gestión Pública, en sesión celebrada el 7 de mayo de 2015, ha informado favorablemente la propuesta del Departamento de Economía y Empleo, relativa a: convenio de colaboración, para el año 2015, entre el Gobierno de Aragón y el Clúster de Automoción de Aragón (CAAR), para acciones de internacionalización (por importe de 50.000 €, de los que la aportación del Gobierno de Aragón asciende a 40.000 €) (partida presupuestaria: 15060/6122/480014/91002. Importe: 40.000 €).

La presente subvención, prevista en régimen de concesión directa, está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Economía y Empleo, aprobado por Orden de 15 de febrero de 2012, del Consejero de Economía y Empleo, en cumplimento del punto 90 del apartado III del Plan de Racionalización del Gasto Corriente, aprobado por el Gobierno de Aragón, en sesión de 13 de septiembre de 2011.

Considerando que el Gobierno de Aragón ha acordado la aprobación de este texto en su reunión de 22 de mayo de 2015, por cuanto antecede, se formaliza el presente convenio de colaboración que se regirá por las siguientes

Primera.- Objeto.

El objeto de este convenio es establecer mecanismos de cooperación entre el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Economía y Empleo, y el Clúster de la Automoción de Aragón (CAAR) que permitan el desarrollo, organización y gestión del proyecto "CAAR: Agrupando pymes para competir en México", entre el Clúster de Automoción de Aragón y 6 pymes del sector de la automoción, de tal manera que se les facilite la posibilidad de abrir nuevas vías de negocio a través de la internacionalización de su producción.

Segunda.- Programa.

Las actuaciones propuestas por el Clúster de la Automoción de Aragón (CAAR) irán dirigidas a facilitar la internacionalización de las pymes del sector de la automoción en Aragón sobre dos áreas muy específicas: área comercial y área de marketing.

Tercera.- Compromisos del Clúster de la Automoción de Aragón (CAAR).

Con la firma de este convenio, el Clúster de la Automoción de Aragón (CAAR) declara que cumple los requisitos para obtener la condición de beneficiario y se compromete a la realización de las siguientes actuaciones, complementarias entre sí:

Acciones comerciales.

- Fase 1. Análisis previo de cada una de las empresas para tener la radiografía completa de su cartera de productos, perfil de cliente, experiencia en el país, en el sector, etc.

- Fase 2. Realizar un estudio de mercado en México a partir de la información recopilada en fase 1.

- Fase 3. Identificar los puntos fuertes para potenciar el valor conjunto de las empresas: productos/servicios; perfil de cliente; mensajes a transmitir (a determinar y desarrollar conjuntamente con las acciones de marketing).

- Fase 4. Elaboración de agenda comercial para realizar primeros contactos comerciales y visitas al país.

- Fase 5. Identificar eventos, ferias, etc. del sector en México, a los que poder asistir durante la realización del proyecto para identificar oportunidades de negocio.

Acciones de marketing.

- Fase 1. Creación del nombre y marca que represente a las 6 empresas que participan en el proyecto.

- Fase 2. Elaboración de un manual de identidad corporativa.

- Fase 3. Protección de la marca, a nivel comercial y jurídico, en México.

- Fase 4. Marketing de contenidos: elaboración de los mensajes comerciales a transmitir.

- Fase 5. Diseño y programación de una página web.

- Fase 6. Diseño y desarrollo de un catálogo.

Se acompaña anexo en el que, de modo estimativo y sujeto a eventuales variaciones que no alteren su contenido sustancial, se determinan las partidas de gasto que cubren la financiación de las acciones previstas.

Asimismo, el Clúster de la Automoción de Aragón (CAAR) asume, mediante la firma del presente convenio, y sin perjuicio de cualesquiera otras obligaciones impuestas en la normativa estatal y autonómica aplicable en materia de subvenciones, las siguientes obligaciones:

a) Cumplir la finalidad para la que se concede la ayuda y ejecutar las acciones descritas en la cláusula tercera, así como destinar la cuantía aportada por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón a los fines propios previstos en este documento.

b) Comunicar al Departamento de Economía y Empleo, por escrito o de forma fehaciente, la obtención de cualquier tipo de subvención o aportación económica de otros organismos o instituciones públicos o privados para la misma finalidad, inmediatamente si ya estuviesen reconocidas a la fecha de la firma de este convenio, o, en el plazo máximo de diez días desde la constancia fehaciente de su concesión. Asimismo, deberá comunicar las alteraciones que puedan producirse en las circunstancias que han motivado la realización del convenio. En este sentido, deberá comunicar al órgano concedente cualquier circunstancia que provoque una modificación en los términos de la actuación subvencionada, en el plazo de un mes desde que se produjo la modificación.

c) Justificar ante el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.

d) Someterse a las actuaciones de seguimiento y control a efectuar por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como admitir la presencia de persona o personas designadas a este efecto para realizar el seguimiento y evaluación de la actividad financiadas y facilitarles cuanta información, contable o de cualquier tipo, sea solicitada a tal efecto. Asimismo tendrán la obligación de facilitar a la Cámara de Cuentas de Aragón y al Tribunal de Cuentas la información que les sea requerida por éstos en el ejercicio de sus funciones.

e) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

f) Aplicar criterios de economía y racionalidad en el gasto, siguiendo las sugerencias que al respecto pueda realizar el Departamento de Economía y Empleo.

g) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos previstos en la normativa aplicable.

Cuarta.- Información y publicidad.

La logomarca del Gobierno de Aragón, Departamento de Economía y Empleo, figurará en todas las acciones de comunicación, publicidad e identificación, que se realicen en ejecución del presente convenio, tal y como se desprende de lo dispuesto en el Manual de Identidad Visual Corporativa del Gobierno de Aragón y normativa reguladora aplicable.

La autorización para la utilización del identificador corporativo del Gobierno de Aragón en cualquiera de sus manifestaciones deberá solicitarse a la Comisión de Comunicación Institucional, de acuerdo con las instrucciones establecidas en la página web del Gobierno de Aragón (www.aragon.es). El beneficiario solicitará, con carácter previo a su utilización, el preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, tal y como se dispone en el Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.

Esta obligación de solicitud de informe previo se extenderá, en su caso, a la creatividad y plan de medios de las actividades de promoción y publicidad en las que figure el identificador corporativo del Gobierno de Aragón o cualquier de sus variantes, con objeto de su revisión y comprobación del cumplimiento de los objetivos de comunicación y de la adecuada distribución entre los diferentes medios y soportes.

Quinta.- Compromisos del Gobierno de Aragón.

El Gobierno de Aragón cooperará económicamente en este proyecto mediante la aportación económica al Clúster de la Automoción de Aragón (CAAR) por un importe máximo de cuarenta mil euros (40.000 €), equivalente al 80% de una inversión a justificar por importe de 50.000 €, de conformidad con lo establecido en la medida 95 del Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón, de 13 de septiembre de 2011.

La financiación correspondiente al Gobierno de Aragón se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 15060 G/6122/480014/91002, del Presupuesto de gastos del Departamento de Economía y Empleo del Gobierno de Aragón para el ejercicio 2015.

En todo caso, la financiación por parte del Gobierno de Aragón de las actuaciones previstas en el presente convenio quedará subordinada a las disponibilidades presupuestarias.

El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, de otras Administraciones Públicas o entes privados o públicos, nacionales o internacionales, supere el coste de la actuación subvencionada ni, en su caso, los límites del Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón. De este modo, si percibe más ayudas públicas, la suma de las mismas no puede suponer más del 80% del coste de funcionamiento. En caso contrario, la aportación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón se reducirá hasta ese porcentaje de conformidad con el Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón.

En el supuesto de que se produzca un exceso de los recursos percibidos respecto al coste total de la actividad subvencionada, se estará a lo dispuesto en la normativa aplicable en materia de subvenciones.

Cualquier otra cantidad que, aun estando referida a los costes anteriores, supere las cuantías máximas mencionadas en esta cláusula no será computada para ser asumida por la Administración de la Comunidad Autónoma.

Sexta.- Justificación.

1. La modalidad de justificación de la subvención toma la forma de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto, de acuerdo con el artículo 32 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

2. Conforme a dicho precepto, para acceder a la financiación aportada por el Gobierno de Aragón, el Clúster de la Automoción de Aragón (CAAR) deberá justificar la ejecución de una inversión de, al menos, 50.000 €, mediante la aportación de la siguiente documentación:

a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.

b) Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá:

- Una relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago.

- Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior y, en su caso, la documentación acreditativa del pago.

- Una declaración jurada sobre la obtención o no de otras ayudas para la misma actuación. En los casos en que las actuaciones hayan sido financadas, además de con la subvenión, con fondos propios u otras subvenciones o recurso, dicha declaración se acompañará de una relación detallada de esos otros ingresos o subvenciones que hayan financado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia y deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actuaciones subvencionadas.

- Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones, deba haber solicitado el beneficiario cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley de Contratos del Sector público (actualmente, texto refundido de la Ley de contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre), para el contrato menor. En estos casos, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención.

La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la jusitificación, o, en su caso, en la solicitud de la subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria a elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.

2. El plazo para la justificación finalizará el 20 de septiembre de 2015.

3. Las facturas emitidas por entidades vinculadas directamente con la beneficiaria requerirán autorización, previa a la justificación, del órgano gestor del Gobierno de Aragón.

4. La no justificación en plazo o de forma indebida supondrá, respecto de las cantidades no justificadas en tiempo o forma, la pérdida de eficacia del compromiso de financiación asumido por el Gobierno de Aragón.

Séptima.- Pago.

El pago por el Gobierno de Aragón se ajustará a lo dispuesto en el Decreto 186/1993, de 3 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, sobre pago de subvenciones concedidas con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como a lo establecido por la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

Octava.- Vigencia del convenio.

El plazo de vigencia del presente convenio finalizará con el cumplimiento, justificación y pago de las actuaciones y, en todo caso, el 20 de septiembre de 2015. Podrán imputarse al presente convenio los gastos originados como consecuencia de actuaciones realizadas desde el 1 de enero de 2015.

Novena.- Otras causas de extinción.

1. El presente convenio podrá ser resuelto, previa comunicación con un mes de antelación, por incumplimiento de los compromisos recogidos en él.

En caso de resolución del convenio por incumplimiento por parte del Clúster de la Automoción de Aragón (CAAR), se estará a lo dispuesto en la la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, en relación con el reintegro de subvenciones.

2. El presente convenio también podrá resolverse por mutuo acuerdo de las partes, así como por imposibilidad sobrevenida.

Décima.- Normativa aplicable.

Sin perjuicio de cualquier otra normativa que resulte aplicable, será de aplicación a este convenio: la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ley 4/1998, de 8 de abril, de medidas fiscales, financieras, de patrimonio y administrativas; el Decreto 186/1993, de 3 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, sobre pago de subvenciones concedidas con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón y la Ley 13/2014, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2015.

Undécima.- Naturaleza y jurisdicción competente.

1. El presente convenio, que tiene naturaleza jurídico-administrativa, constituye el instrumento por el que se canaliza la concesión directa de una subvención, sin amparo en ninguna otra convocatoria gestionada por el Departamento de Economía y Empleo, encontrando su fundamento en el artículo 28 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

2. La resolución de las controversias y diferencias que puedan surgir en relación con la interpretación, ejecución, cumplimiento y extinción del mismo serán resueltas de acuerdo con la normativa aplicable en materia de subvenciones y conforme a los procedimiento previstos en ella, sin perjuicio del control por el orden jurisdiccional contencioso-administrativo de las decisiones que se adopten en vía administrativa.

3. Las partes, con renuncia expresa al fuero que les pudiera corresponder, se someten a la jurisdicción y competencia de los juzgados y tribunales de la ciudad de Zaragoza.

Duodécima.- Plan de Racionalización del Gasto Corriente.

El presente convenio se acoge a los puntos que le son de aplicación recogidos en el apartado III del Plan de Racionalización del Gasto Corriente, aprobado con fecha 13 de septiembre de 2011, por el Gobierno de Aragón.

Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio, por triplicado, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.