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ORDEN DRS/931/2019, de 28 de junio, por la que se aprueba el amojonamiento total del monte de utilidad pública número 404 de los de la provincia de Zaragoza y número Z-1024 del elenco de montes propios de la Administración Forestal, denominado "Pata del Caballo", propiedad de la Comunidad Autónoma de Aragón y sito principalmente en el término municipal de Used.

Publicado el 06/08/2019 (Nº 153)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Visto el expediente AMJ 1/19, tramitado para el amojonamiento total del monte de utilidad pública número 404 (antiguo 127-B) de los de la provincia de Zaragoza y número Z-1024 del elenco de montes propios de la Administración Forestal, denominado "Pata del Caballo" (antes, "La Zaida"), propiedad de la Comunidad Autónoma de Aragón y sito principalmente en el término municipal de Used (si bien se extiende en parte también por el término municipal de Santed), resultan de él los siguientes

Antecedentes

Primero.- Mediante Orden DRS/98/2018, de 4 de enero, del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, ("Boletín Oficial de Aragón", número 23, de 1 de febrero de 2018), se aprobó el deslinde total administrativo del monte de utilidad pública número 404 (antiguo 127-B) de los de la provincia de Zaragoza, y número Z-1024 del elenco de montes propios de la Administración Forestal, antes referenciado. Procede recordar que la Orden aprobatoria del deslinde cambió la anterior denominación del monte (que era la de "La Zaida", nombre con el que fue incluido en el Catálogo de los de Utilidad Pública por Orden del Ministerio de Agricultura, de 14 de enero de 1965), para denominarlo, como antes se ha indicado, "Pata del Caballo", cambio fundamentado en un detallado estudio documental contenido en el Informe del Ingeniero operador del deslinde, que demostró que el topónimo de "La Zaida" era en realidad erróneo.

Segundo.- Mediante nota interna de 9 de enero de 2019, la Dirección del Servicio Provincial de este Departamento en Zaragoza remitió a la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, el proyecto de amojonamiento total definitivo del citado monte, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 50.1 del texto refundido de la Ley de Montes de Aragón (en adelante TRLMA), aprobado por Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, en el artículo 138 del Reglamento de Montes, aprobado por Decreto 485/1962, de 22 de febrero, y en el apartado Sexto de la meritada Orden de 4 de enero de 2018.

Tercero.- Mediante Resolución de 18 de enero de 2019, la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca aprobó el proyecto de amojonamiento y autorizó al Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Zaragoza a nombrar Ingeniero operador y a publicar los anuncios de inicio de las operaciones correspondientes.

Cuarto.- El anuncio de inicio de las operaciones de amojonamiento fue publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 36, de 21 de febrero de 2019 y en el "Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza", número 39, de 18 de febrero, siendo igualmente notificado mediante oficios de 5 de febrero de 2019 a los Ayuntamientos de Used y de Santed (por hallarse el monte objeto del expediente sito entre los términos municipales de ambos Ayuntamientos, y además ser el Ayuntamiento de Used propietario del colindante monte de utilidad pública número 127), y al Ayuntamiento de Balconchán (como entidad titular catastral del monte denominado "La Aldehuela", lindante con el monte objeto del expediente). En el anuncio se disponía que el comienzo de las operaciones tendría lugar el día 29 de marzo de 2019, a las 10:00 horas, se fijaba como lugar de reunión el Ayuntamiento de Used, y se designaba para la práctica de las operaciones al Ingeniero de Montes D. Ignacio Pérez-Soba Diez del Corral.

Quinto.- El 29 de marzo de 2019, comenzaron las operaciones de amojonamiento, de acuerdo con lo anunciado. Ese mismo día concluyeron, quedando amojonado de manera definitiva el perímetro exterior del monte objeto del expediente, ya que no se había reconocido ningún enclavado en el previo deslinde. De tales operaciones se levantó la correspondiente acta, que fue suscrita por todos los asistentes sin protesta alguna, y en la que se expresa el itinerario seguido para la colocación de los hitos definitivos que delimitan el monte, de acuerdo con el plano incluido en el proyecto aprobado por la superioridad.

Sexto.- Con fecha 1 de abril de 2019, se emitió informe por el Ingeniero operador, en el que da cuenta de la tramitación seguida y de las operaciones efectuadas, concluyendo con la propuesta de aprobación del amojonamiento.

Séptimo.- Cumpliendo lo dispuesto en el artículo 147 del Reglamento de Montes y en el artículo 50.4 del TRLMA, se procedió a dar publicidad al período de audiencia y vista del expediente mediante anuncio publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 73, de 15 de abril de 2019, en el "Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza", número 82, de 10 de abril, y en el "Boletín Oficial del Estado", número 84 (suplemento N) de 8 de abril. También fue remitido dicho anuncio a los Ayuntamientos de Used y de Santed (por ser los dos Ayuntamientos por cuyos términos municipales se extiende el monte), mediante sendos oficios de 2 de abril de 2019, para que fuera expuesto en sus respectivos tablones de anuncios, durante un plazo mínimo de veinte días hábiles.

Octavo.- Igualmente, mediante oficios de fecha 2 de abril de 2019, se notificó la apertura del período de audiencia y vista a los Ayuntamientos de Used, de Santed y de Balconchán, así como a la Comarca del Campo de Daroca. La notificación a la Comarca correspondiente a los dos términos municipales en los que se ubica el monte se hizo en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 50.4 del TRLMA, en relación con el artículo 40.1 del mismo texto. Adicionalmente, y al ser el monte objeto del expediente propiedad demanial de la Comunidad Autónoma de Aragón, mediante nota interna de 2 de abril de 2019, se dio cuenta del anuncio de apertura de dicho período al Servicio de Patrimonio del Departamento de Hacienda y Administración Pública del Gobierno de Aragón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 4/2013, de 17 de diciembre, del Gobierno de Aragón. A todos los particulares que se identificaron como interesados y tuvieran domicilio conocido se les notificó personalmente dicho anuncio mediante oficios de fecha 15 de abril de 2019.

Noveno.- Durante el período de audiencia y vista del expediente no se manifestó discrepancia ni protesta alguna acerca de las operaciones realizadas, según acredita la certificación del Director del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Zaragoza, de fecha 18 de junio de 2019, obrante en el expediente. Consta también en él la certificación de la Secretaria del Ayuntamiento de Used con el visto bueno del Alcalde, de fecha 28 de mayo de 2019, que acredita la exposición del anuncio en dicho Ayuntamiento durante un plazo aún mayor que el solicitado (del 4 de abril al 20 de mayo de 2019), sin que se hayan presentado alegaciones. Igualmente obra una diligencia expedida por la Secretaria del Ayuntamiento de Santed con el visto bueno del Alcalde, de fecha 4 de junio de 2019, que acredita la exposición del anuncio en dicho Ayuntamiento desde el 16 de abril al 15 de mayo de 2019, sin que tampoco se haya presentado reclamación alguna.

Décimo.- Con fecha 19 de junio de 2019, el Subdirector de Medio Ambiente del Servicio Provincial de este Departamento en Zaragoza emite Informe-propuesta favorable a la aprobación del amojonamiento. Con fecha del día 20 siguiente, la Dirección del Servicio Provincial, de acuerdo con el artículo 148.1 del Reglamento de Montes, manifiesta en nota interna su conformidad con lo actuado y eleva el expediente para su Resolución definitiva, de acuerdo con lo actuado por el Ingeniero de Montes operador del amojonamiento.

Fundamentos jurídicos

Primero.- En la tramitación del expediente se dio cumplimiento a cuanto se previene en la legislación vigente relativa al amojonamiento de montes públicos, en particular a lo que disponen el artículo 50 del texto refundido de la Ley de Montes de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, el artículo 21.9 de la Ley 43/2003, de 21 noviembre, de Montes, y los artículos 138 a 148 del Reglamento de Montes aprobado por Decreto 485/1962, de 22 de febrero. Se han publicado los correspondientes anuncios en el "Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza", en el "Boletín Oficial de Aragón" y, si procedía, en el "Boletín Oficial del Estado", y se ha notificado debidamente a las Administraciones interesadas y a los particulares que resultaran interesados y tuvieran domicilio conocido.

Segundo.- Durante la práctica del amojonamiento no se presentaron alegaciones, según consta en el acta suscrita el día 29 de marzo de 2019.

Tercero.- Transcurrido el periodo de audiencia y vista del expediente no se presentaron reclamaciones.

Vistos el Estatuto de Autonomía de Aragón; el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón aprobado por Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón; la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y sus modificaciones; el Reglamento de Montes aprobado por Decreto 485/1962, de 22 de febrero; el Decreto 317/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón; el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, y demás disposiciones de general aplicación.

De conformidad con las propuestas de la Dirección del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Zaragoza, y del Director General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, resuelvo:

Primero.- Aprobar el amojonamiento total del monte de utilidad pública número 404 de los de la provincia de Zaragoza, y número Z-1024 del elenco de montes propios de la Administración Forestal, denominado "Pata del Caballo", propiedad de la Comunidad Autónoma de Aragón y sito principalmente en el término municipal de Used, de acuerdo con el acta y el plano que figuran en el expediente, quedando el monte con la numeración, descripción, cabidas y límites que constan en la Orden de 4 de enero de 2018, del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, aprobatoria del deslinde total administrativo del monte.

Segundo.- Que se envíe al Registro de la Propiedad certificación por duplicado de la presente Orden, para hacerla constar por nota al margen de la inscripción de dominio del monte, cumpliendo lo dispuesto en el artículo 148.2 del Reglamento de Montes, de 22 de febrero de 1962.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, sin que puedan simultanearse ambos procedimientos, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 28 de junio de 2019.

El Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, JOAQUÍN OLONA BLASCO