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RESOLUCIÓN de 11 de mayo de 2018, del Director General de Personal y Formación del Profesorado, por la que se reconoce como actividad de formación permanente del profesorado el "Máster en competencias digitales del profesorado".

Publicado el 28/05/2018 (Nº 101)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

El articulo 34 de la Orden de 18 de mayo de 2015, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado, establece que la Dirección General competente en formación permanente del profesorado podrá reconocer actividades formativas realizadas por entidades colaboradoras que, ajustándose al desarrollo de la previsto en la citada orden, no hayan suscrito convenio ni presentado solicitud en la convocatoria de entidades, cuando se justifique que no existe actividad similar y esté dirigida por mismo perfil de interesados entre las ofertadas para el mismo curso escolar por la Administración o por las entidades colaboradoras.

Con fecha 20 de abril de 2018, se presenta por parte de la Facultad de Educación de la Universidad de Zaragoza la solicitud de reconocimiento como actividad de formación permanente del profesorado el Máster en competencias digitales del profesorado organizado por UNIZAR.

Evaluados los contenidos y competencias profesionales del Máster por parte de la Comisión Autonómica de Valoración de actividades y en virtud del artículo 25 de la citada orden, así como de lo dispuesto en el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, resuelvo:

Primero.- Reconocer con 300 horas de formación al profesorado que haya completado en su totalidad el Máster en competencia digital para el profesorado organizado por UNIZAR.

Segundo.- Alternativamente al punto primero señalado anteriormente y en caso de profesorado que no haya cursado la totalidad de los contenidos del Máster, reconocer con 50 horas de formación al profesorado por cada uno de los módulos que haya completado en su totalidad de cuantos configuran la estructura del Máster.

Tercero.- El reconocimiento de horas de formación determinado en los puntos primero y segundo son incompatibles entre sí, de modo que quien vea reconocido el Máster en su totalidad con 300 horas no podrá a su vez ver reconocidos módulos parciales, y paralelamente, quien obtenga la certificación de horas por módulos parciales, no podrá ver reconocido la totalidad del mismo en caso de que lo finalizara. En ningún caso, el reconocimiento podrá superar las 300 horas de formación.

Cuarto.- El profesorado que desee el reconocimiento de horas de formación por esta actividad deberá solicitarlo en los Servicios Provinciales de Educación, Cultura y Deporte.

Quinto.- Publicar la presente resolución en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón y en el "Boletín Oficial de Aragón".

Sexto.- Esta resolución tendrá efecto desde el día siguiente de su publicación en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 11 de mayo de 2018.

El Director General de Personal y Formación del Profesorado, TOMÁS GUAJARDO CUERVO