RESOLUCIÓN de 9 de febrero de 2016, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se modifica la autorización del centro privado "Nuestra Señora del Carmen y San José" Zaragoza.
Examinado el expediente administrativo instruido a instancia de la representante de la entidad titular del Centro Privado de Educación infantil, Primaria y Secundaria "Nuestra Señora del Carmen y San José", con domicilio en la calle Santa Inés, 1 de Zaragoza, solicitando la modificación de la autorización para la implantación del Ciclo Formativo de Formación Profesional Básica "Peluquería y Estética" (FPB08).
Vistos los informes emitidos por la Unidad Técnica de Construcción del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, sobre el cumplimiento de la normativa vigente, en cuanto a espacios mínimos se refiere, y con relación a la adecuación de las instalaciones a los planos aprobados.
De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 11 del Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, el Director General de Planificación y Formación Profesional, resuelve:
Primero.- Modificar la autorización, con efecto desde el inicio del curso 2015-16, del centro docente privado que se describe a continuación:
Denominación genérica: Centro Privado de Educación infantil, Primaria y Secundaria
Denominación específica: "Nuestra Señora del Carmen y San José"
Titular: Compañía Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl
Código: 50007157
Domicilio: C/ Santa Inés, 1
Localidad: Zaragoza
Municipio: Zaragoza
Provincia: Zaragoza
Enseñanzas que se autorizan:
- Ciclo Formativo de Formación Profesional Básica "Peluquería y Estética" (FPB08), 2 grupos (uno para 1er curso y otro para 2.º / 30 pp.ee.
La configuración jurídica resultante de la modificación de la autorización del centro, para el curso 2015/16, es la siguiente:
- Ciclo Formativo de Formación Profesional Básica "Peluquería y Estética" (FPB08), 2 grupos (uno para 1er curso y otro para 2.º / 30 pp.ee.
- Educación Infantil de 1er Ciclo, 5 unidades / 74 pp.ee.
- Educación Infantil de 2.º Ciclo, 3 unidades / 75 pp.ee.
- Educación Primaria (LOMCE), 8 unidades / 200 pp.ee.
- Educación Secundaria Obligatoria, 4 unidades / 120 pp.ee.
Segundo.- La modificación de la autorización no implica concierto educativo para las nuevas enseñanzas autorizadas.
Tercero.- El Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, previo informe de la Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.
Cuarto.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.
Quinto.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente resolución.
Sexto.- Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción establecida por la Ley 4/1999, y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.
Zaragoza, 9 de febrero de 2016.
El Director General de Planificación
y Formación Profesional,
RICARDO ALMALÉ BANDRÉS