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ORDEN de 6 de noviembre de 2015, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte por la que se conceden los Premios Extraordinarios de Bachillerato, correspondientes al curso académico 2014-2015.

Publicado el 30/11/2015 (Nº 231)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Por Orden de 8 de mayo de 2015, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte ("Boletín Oficial de Aragón", número 99, de 27 de mayo de 2015), se convocaron los premios extraordinarios de bachillerato, uno para la provincia de Huesca, uno para la provincia de Teruel y seis para la provincia de Zaragoza. La base normativa para la concesión de estos premios en el ámbito autonómico está reconocida en el artículo 89 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Comprobados que los participantes cumplían con los requisitos para participar en los Premios Extraordinarios de Bachillerato, realizadas las correspondientes pruebas el día 19 de junio de 2015 (simultáneamente en las tres provincias), reunido el Tribunal nombrado conforme con lo establecido en el Punto Séptimo de la orden de convocatoria, calificados los ejercicios conforme con los criterios establecidos en el Punto Sexto y examinada la propuesta de resolución elaborada por el Director General de Innovación, Equidad y Participación, resuelvo:

Primero.- Conceder los Premios Extraordinarios de Bachillerato a los alumnos que a continuación se relacionan, y que han obtenido la mayor puntuación en las pruebas correspondientes:

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3.3 de la Orden EDU/2058/2010, de 13 de julio, por la que se regulan los Premios Nacionales de Bachillerato establecidos por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, podrán optar a los Premios Nacionales de Bachillerato previa inscripción, el alumnado que haya obtenido previamente Premio Extraordinario de Bachillerato en el ámbito de gestión directa del Ministerio de Educación o de la Comunidad Autónoma en que haya finalizado dichas enseñanzas y que cumplan los requisitos previstos en dicho precepto.

Segundo.- Adjudicar a cada uno de los alumnos premiados la cantidad de seiscientos euros (600 €). Los premiados deberán cumplir las obligaciones contenidas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones y en la Disposición adicional segunda de la Ley 13/2014, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2015. Igualmente deberán cumplir con las obligaciones reflejadas en el artículo 10 de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de política educativa y educación permanente, aprobadas por Orden de 9 de mayo de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte.

Tercero.- Hacer constar en el expediente académico y en el historial académico mediante diligencia realizada por el Secretario del Instituto de Educación Secundaria correspondiente la obtención del Premio Extraordinario de Bachillerato.

Cuarto.- Que los alumnos premiados tengan derecho, la primera vez que se matriculen, a la exención total del pago de los precios públicos por matrícula en las asignaturas del primer curso de la Universidad de Zaragoza.

Quinto.- Que si se produjera alguna renuncia al Premio Extraordinario de Bachillerato, ésta será cubierta por el alumno con mejor puntuación de la lista de reserva de la provincia que le corresponda (Anexo I). Que los alumnos que figuran en el Anexo II quedan excluidos al no alcanzar la nota solicitada (NAM) de acuerdo con el punto 6.5 de la Orden de 8 de mayo de 2015, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte ("Boletín Oficial de Aragón", número 99, de 27 de mayo de 2015), o no haberse presentado a las pruebas (NP).

Sexto.- El importe de los premios concedidos asciende a un total de cuatro mil ochocientos euros (4.800 €), que se harán efectivos con cargo a la aplicación presupuestaria 18050/G/4231/480093/91002 del año 2015.

Séptimo.- Contra lo dispuesto en esta Orden cabe interponer en el plazo de dos meses recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte.

Zaragoza, 6 de noviembre de 2015.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte,

MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN

ANEXO I

LISTADO DE RESERVA PROVINCIA DE HUESCA

LISTADO DE RESERVA PROVINCIA DE TERUEL

LISTADO DE RESERVA PROVINCIA DE ZARAGOZA

ANEXO II

LISTADO DE EXCLUIDOS