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RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2020, de la Gerencia de Sector de Barbastro, por la que se convoca procedimiento de provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto vacante de Jefatura de Sección de Personal del Sector de Barbastro.

Publicado el 08/02/2021 (Nº 26)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

De conformidad con lo dispuesto en el título III del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, la Gerencia de Sector de Barbastro, en ejercicio de la competencia atribuida en el artículo 71.1 de dicha norma reglamentaria, efectúa convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto vacante de Jefatura de Sección de Personal del Sector de Barbastro en la plantilla orgánica de personal del Hospital de Barbastro, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.- Características del puesto.

Denominación: Jefatura de Sección de Personal del Sector de Barbastro.

Sistema de provisión: Libre designación.

Adscripción orgánica y funcional: Con dependencia orgánica y funcional de la Jefatura de Servicio de Personal del Hospital de Barbastro y de la Dirección de Gestión y Servicios Generales del Sector de Barbastro, y adscripción a la plantilla orgánica del Hospital de Barbastro Atención Primaria de Barbastro.

Jornada de Trabajo: Mañana, tardes, y/o noches, según las características del puesto y la organización establecida por la Dirección competente.

Nivel de complemento de destino: 24.

Funciones:

Bajo la dependencia de la Jefatura de Servicio de Personal, ejercerá funciones de planificación y ordenación de recursos humanos, distribución de tareas, estudio y desarrollo de propuestas de mejora y toma de decisiones relativas al servicio de personal.

Proporcionará soporte administrativo y técnico en la gestión de recursos humanos, nóminas, seguridad social, trámites administrativos internos y externos del servicio y cualesquiera actividades que le sean encomendadas en el ámbito de sus competencias.

Colaborará en las relaciones directas y comunicaciones con los órganos directivos de la Gerencia, Servicios Centrales del Salud, otras administraciones públicas, organizaciones sindicales y responsables sanitarios y no sanitarios del Sector de Barbastro.

Colaborará en los procedimientos de provisión y selección convocados por la Gerencia del Sector de Barbastro y asumirá funciones de coordinación en las que sean competencia del Salud.

En su caso, ejecutará aquellas funciones de apoyo que sean precisas y que le sean encomendadas por el personal responsable competente.

Desempeño: Temporal en régimen de dedicación exclusiva al Servicio Aragonés de Salud, y su ejercicio estará sujeto a evaluación periódica.

Retribuciones: Las correspondientes al personal estatutario del puesto convocado.

Causas de cese en el puesto: Las establecidas en el artículo 60 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, antes citado.

Segunda.- Requisitos de participación.

Podrá participar en este procedimiento el personal estatutario fijo, funcionario de carrera o laboral fijo siempre que reúna los requisitos generales especificados en el apartado 5 del artículo 30 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud y se encuentre prestando servicios en plaza de alguna de las categorías de personal estatutario de Gestión y Servicios de los grupos A1, A2 o C1 en centros dependientes de la Gerencia del Sector de Barbastro.

Igualmente podrá participar el personal temporal que cumpla los requisitos generales señalados en el apartado anterior y esté prestando servicios en dicha categoría profesional en centros dependientes del Sector de Barbastro.

Los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

Tercera.- Solicitudes.

Las personas interesadas en participar en la presente convocatoria, deberán formular su solicitud según modelo que se adjunta en anexo I, dirigida a la Gerencia del Sector de Barbastro. Las solicitudes podrán presentarse en las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Junto a su solicitud, las personas aspirantes aportarán la documentación acreditativa de los requisitos exigidos, y breve currículum académico, profesional y formativo. No será necesario aportar aquellos documentos acreditativos de estar en posesión de requisitos exigidos que ya consten en el expediente personal del Sector de Barbastro.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".

Cuarta.- Comisión de Selección.

El proceso de provisión será evaluado por una Comisión de Selección, cuya composición se determinará mediante Resolución de la Gerencia del Sector de Barbastro, de conformidad con los criterios y especificaciones dispuestos por el artículo 73 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud. La composición de la Comisión de Selección se publicará en el tablón de anuncios del Sector, situado en la 1.ª planta del edificio de Administración del Hospital de Barbastro, junto al Servicio de Personal, una vez haya finalizado el plazo de presentación de solicitudes.

La Comisión de Selección verificará que las personas candidatas reúnen los requisitos mínimos exigidos en esta convocatoria, y elevará a la Gerencia del Sector de Barbastro la relación nominal de quienes los cumplan, y la propuesta de la persona que se considere más idónea para el puesto cuya provisión ahora se convoca. Las personas aspirantes podrán ser requeridas en cualquier momento por la Comisión de Selección, al objeto que aclaren o documenten aspectos de su currículum, y si lo considera oportuno podrá mantener entrevistas personales a fin de determinar su idoneidad al perfil del puesto.

Quinta.- Resolución de la convocatoria y efectos.

En el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón", la Gerencia de Sector correspondiente dictará Resolución del procedimiento que será publicada también en dicho diario oficial. La provisión del puesto convocado podrá declararse desierta, mediante Resolución motivada, cuando no concurran candidaturas idóneas para su desempeño. Transcurrido el plazo citado de seis meses sin que se haya publicado Resolución alguna, las personas interesadas en el presente procedimiento de provisión mediante libre designación, podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo. Contra la Resolución expresa o la desestimación presunta podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud.

Sexta.- Nombramiento.

En su caso, mediante la Resolución de la Gerencia del Sector de Barbastro que ponga fin al procedimiento, tendrá lugar el nombramiento de la persona aspirante designada para ocupar el puesto convocado.

El nombramiento para el puesto convocado tendrá carácter temporal, y la continuidad en el desempeño del cargo estará supeditada a la superación de las oportunas evaluaciones, de conformidad con el procedimiento que en su momento se implante.

Séptima.- Publicaciones sucesivas e impugnación.

Todos aquellos acuerdos, resoluciones o anuncios sucesivos que se deriven de la presente convocatoria, excepto el acto resolutorio del procedimiento que se hará público en el "Boletín Oficial de Aragón", se publicarán en el tablón de anuncios oficial del Sector, de conformidad con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.2 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Barbastro, 3 de diciembre de 2020.- El Gerente de Sector de Barbastro, por Orden de 4 de abril de 2017, el Gerente de Sector de Huesca, José Ignacio Castaño Lasaosa.