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ORDEN CDS/548/2022, de 21 de abril, por la que se modifica la Orden CDS/268/2022, de 25 de febrero, por la que se convocan ayudas a jóvenes que participen en actividades juveniles de tiempo libre durante los meses de marzo a septiembre del ejercicio 2022.

Publicado el 04/05/2022 (Nº 84)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES

Texto completo:

La Comunidad Autónoma de Aragón, según establece el artículo 71. 38 de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, tiene atribuida la competencia exclusiva en materia de juventud. Asimismo, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 79, corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón la actividad de fomento en las materias de su competencia, a cuyos efectos podrá otorgar subvenciones con cargo a fondos propios regulando o, en su caso, desarrollando los objetivos y requisitos de otorgamiento y gestionando su tramitación y concesión.

En el artículo 11 de la Ley 6/2015, de 25 de marzo, de Juventud de Aragón, se establecen las competencias del Instituto Aragonés de la Juventud, y entre ellas se encuentra el favorecer la inserción social de la juventud, potenciar el desarrollo de actividades de tiempo libre, promover la inclusión social de las personas inmigrantes, discapacitadas o en riesgo de exclusión social y cualesquiera otras competencias, que, en materia de juventud, correspondan a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Por otra parte, la Ley 19/2001, de 4 de diciembre, por la que se crea el Instituto Aragonés de la Juventud, relaciona entre sus funciones la de favorecer la autonomía personal y la inserción social de la juventud o potenciar el desarrollo de las actividades de tiempo libre.

El Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Ciudanía y Derechos Sociales para el periodo 2022 a 2025, aprobado por Orden de 24 de enero de 2022, de la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, prevé, con cargo fondos propios, una línea de subvención destinada al fomento y promoción de actividades inclusivas con el objetivo de ayudar a jóvenes con escasos recursos o en riesgo de exclusión para que puedan integrarse en las actividades juveniles.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que las subvenciones se regirán por sus bases reguladoras. A estos efectos, las subvenciones del Instituto Aragonés de la Juventud se rigen por la Orden CDS/514/2019, de 8 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de juventud, modificada mediante la Orden CDS/176/2021, de 4 de marzo.

Con fecha 16 de marzo de 2022 se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 52, la Orden CDS/268/2022, de 25 de febrero, por la que se convocaron las ayudas a jóvenes que participen en actividades juveniles de tiempo libre durante los meses de marzo a septiembre del ejercicio 2022.

En la citada Orden se establecía en la base decimocuarta que la resolución se notificará a las personas interesadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y que dicha práctica de la notificación se realizará de forma individual.

En aras de una mayor garantía y seguridad jurídica y con el fin de facilitar la notificación de las mismas, se considera adecuado modificar la forma de notificación de dichas resoluciones.

Por todo lo anterior, en el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden CDS/268/2022, de 25 de febrero, por la que se convocan ayudas a jóvenes que participen en actividades juveniles de tiempo libre durante los meses de marzo a septiembre del ejercicio 2022.

Uno. Se modifica el apartado 4 de la base decimocuarta, que queda redactado de la siguiente forma:

"4. La resolución se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", teniendo dicha publicación efectos de notificación de acuerdo con lo previsto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas".

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 21 de abril de 2022.

La Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, MARÍA VICTORIA BROTO COSCULLUELA